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PROYECTO DE TP


Expediente 8798-D-2014
Sumario: UNIDAD ESPECIAL PARA LA INSERCION LABORAL DE PRIMEROS PROFESIONALES DENTRO DEL NUCLEO FAMILIAR. CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Fecha: 06/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 161
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACION DE LA UNIDAD ESPECIAL PARA INSERCIÓN LABORAL DE PRIMEROS PROFESIONALES DENTRO DEL NÚCLEO FAMILIAR EN EL AMBITO DEL MINISTERIO TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
ARTICULO 1º - Créase la UNIDAD ESPECIAL PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE PRIMEROS PROFESIONALES DENTRO DE SU NÚCLEO FAMILIAR, en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, teniendo por objeto:
ARTICULO 2º - DEL OBJETO. La UNIDAD TENDRÁ COMO OBJETO: A) Abonar una compensación dineraria a aquellas personas que sean primeros profesionales en su núcleo familiar hasta conseguir su inclusión en el mercado laboral. B) Proponer al MTSS programas para lograr la inserción laboral inmediata de los beneficiarios. C) Coordinar con empresas, entidades públicas y privadas de todo el territorio nacional, en concordancia con las necesidades y las características expresadas por el profesional, las estrategias y ejecuciones necesarias para proceder a la inserción laboral de los mismos; D) Otorgar exenciones a las empresas privadas que colaboren con el cumplimiento del presente objeto.
El PODER EJECUTIVO NACIONAL incluirá anualmente en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Nacional la partida para la atención de dichos Fondos.
ARTICULO 3º - Créase el REGISTRO DE PRIMEROS PROFESIONALES que funcionará en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, teniendo por objeto:
Recabar de las entidades públicas nacionales, la información necesaria para la conformación del presente registro que permita contener a aquellas personas con título (expedido o en trámite) de: grado, terciario, escuela superior o entidad pública análoga que sea la primera persona dentro de su núcleo familiar en obtener un título de estas características, los cuales serán beneficiarios de la presente institución;
ARTÍCULO 4º - Crease el REGISTRO DE EMPRESAS COLABORADORAS que funcionará en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, teniendo por objeto:
La incorporación de entidades privadas (incluso pequeñas y medianas empresas) que colaboren en el cumplimiento del objeto de la UNIDAD. Una vez incorporada la persona se deberán generar las condiciones necesarias para generar la continua formación del profesional. Los financiamientos que la empresa realice a estos efectos se tendrán en consideración respecto de los montos de las exenciones que se otorguen.
ARTICULO 5º - El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL será la autoridad de aplicación de la presente ley, en cuyo carácter dictará las normas necesarias para la implementación de los regímenes previstos.
ARTICULO 6º - La autoridad de aplicación hará el ofrecimiento de exenciones a las empresas por medios gráficos audiovisuales masivos a los efectos de conformar el registro del artículo 4 de la presente. Tendrá a su cargo la comunicación a la autoridad impositiva correspondiente,
previa evaluación y en concordancia con las prestaciones efectuadas por la entidad privada.
Los beneficios podrán ser publicados en los medios de comunicación escritos, radiales o televisivos, entre otros, por el tiempo que determine la autoridad de aplicación a los efectos de confeccionar el REGISTRO DE EMPRESAS COLABORADORAS.
ARTICULO 7º - El ofrecimiento de las exenciones se realizará por el plazo de DOCE (12) meses a partir de la fecha de la resolución que la establezca, pudiéndose prorrogar sin limitación o restablecer conforme lo considere la autoridad de aplicación.
ARTICULO 8º - La selección de profesionales que cuenten con las mismas características y requisitos para la ocupación de un puesto se llevará a cabo por concurso público, el cual se llevará a cabo en la órbita de la autoridad de aplicación, quien lo redactará y lo ejecutará. A los efectos de garantizar la mayor transparencia se publicarán las notas y el que obtenga el mejor resultado será el adjudicatario del puesto. Los que obtengan las mejores notas pero no alcancen a ser adjudicatarios del puesto en cuestión tendrán un plus adicional para los concursos posteriores.
ARTICULO 9º - El otorgamiento de las exenciones se llevará a cabo cuando la contribución de la empresa fuera determinante para ubicar al profesional en el mercado laboral. Asimismo, la autoridad de aplicación podrá solicitar informe a LA UNIDAD sobre el mérito y la relevancia de las contribuciones de la empresa.
ARTICULO 10º. - Hasta tanto quede habilitada la pertinente partida en la Ley de Presupuesto Nacional, otórguese a la UNIDAD que se crea por el artículo 1º, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) y a los REGISTROS que se crean por los artículos 3º y 4º la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) a cada uno, a cuyo efecto el Jefe de Gabinete de Ministros deberá disponer las adecuaciones presupuestarias pertinentes.
ARTICULO 11º. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Argentina es uno de los países de América con mayor acceso a la educación universitaria en universidades públicas. Mientras en 2003 el presupuesto universitario representaba un 0,53 % del PBI, en el año 2014 supera el 1 % del PBI.
ABRIL 9, 2014
Creación de 9 Universidades y principales políticas en educación superior 2003-2013
Las políticas de educación superior de este gobierno en los últimos años, cuantificables mediante la inversión realizada -entre otros indicadores-, han convertido a la educación universitaria en motor de movilidad social ascendente. Más aún, la educación universitaria pasó a entenderse como un bien social al que todos los ciudadanos tienen el derecho a acceder.
La distribución territorial de las nuevas universidades para mejorar las posibilidades de acceso, y la ampliación del sistema de becas, son elementos que confluyen en el desarrollo de un sistema universitario cada vez más inclusivo, que permite a más personas acceder a la educación superior. Personas que de no haber sido por estas políticas nunca podría haber accedido a este nivel de formación, muchos son hijos de trabajadores que recuperaron sus puestos de trabajo después de varios años de desempleo. Por ello se emprendieron acciones destinadas a fortalecer la calidad de las opciones académicas y su pertinencia.
Creación de 9 Universidades 2003-2013
Universidad Nacional Arturo Jauretche, Universidad Nacional de Avellaneda, Universidad Nacional del Chaco Austral, Universidad Nacional de José C. Paz, Universidad Nacional de Moreno, Universidad Nacional de Río Negro, Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Universidad Nacional de Villa Mercedes y Universidad Nacional del Oeste.
En el año 2001 el país tenía 1.412.999 estudiantes universitarios; en el año 2013 esa cifra creció a 1.912.406 estudiantes, lo que representa un incremento del 35% de la población estudiantil universitaria, con más de 499.000 nuevos estudiantes universitarios en la Argentina, de los cuales el 78% estudian en universidades públicas y el 22% en universidades de gestión privada, convirtiendo a la Argentina en uno de los países de América con mayor acceso a la educación universitaria en universidades públicas.
Las políticas en los procesos de mejoramiento de la calidad y la pertinencia universitaria, a través de los programas disciplinares impulsados por la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, así como la evaluación y acreditación periódica por parte de la CONEAU (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria), permiten apreciar un conjunto de indicadores que muestran que se ha logrado no sólo más educación universitaria, sino mejor educación universitaria.
Mientras en el año 2001 se graduaron en las universidades argentinas un total de 65.104 nuevos profesionales, en el 2013 la cifra ascendió a 117.374, lo que representa un incremento porcentual interanual 2001-2013 del 80% en la cantidad de graduados por año.
En el mismo período la terminación de los estudios se incrementó en un 80%.
El presupuesto destinado a la educación superior tuvo una sostenida y creciente inversión. En el año 2003 la transferencia a las Universidades Nacionales fue de 2.000 millones de pesos, mientras que en este año 2014 alcanza los 31.781 millones de pesos. Mientras en el año 2003 el presupuesto universitario representaba un 0,53 % del PBI, en el año 2014 supera el 1 % del PBI.
Incremento Presupuestario 2003-2014: 1.489%
A fin de acompañar el crecimiento y desarrollo del sistema universitario, se llevó adelante una inversión en materia de infraestructura universitaria que, entre los distintos programas de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, alcanzó una Inversión Total 2003-2013 de más de $ 1.877.149.477.
Becas
Durante el año 2003 se otorgaron 2.726 becas, mientras que en el año 2013 el número ascendió a 47.296 becas. En el año 2003 se destinaron $ 6.810.000 pesos a becas, en tanto que en el 2013 se superaron los $ 260 millones.
En este año 2014, además de la implementación del nuevo derecho a PROGRESAR, se proyecta el otorgamiento de 50.528 becas, que se traducirán en un incremento porcentual de la inversión en 32 % respecto del 2013 con destino a becas universitarias.
Debe destacarse que la mayor parte del presupuesto asignado a becas universitarias se destina a impulsar el estudio de carreras de interés prioritario para el desarrollo nacional.
La vinculación de las universidades con las necesidades nacionales y regionales constituyen un imperativo en el modelo de desarrollo que llevamos adelante, en particular con los sectores de la producción y del trabajo, con las organizaciones de la economía social, con los gobiernos locales, con los pequeños y medianos productores. En esta línea, se está ejecutando el Plan Estratégico de Formación de Ingenieros 2012-2016, orientado a la generación de propuestas académicas en materia de ingeniería en áreas vacantes en el país. La meta es alcanzar 1 ingeniero cada 4.000 habitantes por año, lo que representaría la tasa de ingeniero/habitantes más alta de América Latina.
En los hechos reales y como resultado de las políticas de gobierno, se está produciendo un verdadero cambio del paradigma universitario en el que se conjuga la integración entre la enseñanza, la investigación y la vinculación tecnológica con los Planes Estratégicos Agroalimentario y Agroindustrial, el Plan Estratégico Industrial y el Plan Estratégico de Ciencia y Tecnología, entre otros. De modo semejante, la intervención social mediante acciones de Voluntariado Universitario constituyen un componente novedoso de este paradigma universitario, en el que ya han participado más de 75.000 estudiantes.
Considerando las manifestaciones precedentes anexamos el dato de que de las 9 universidades nuevas creadas por el gobierno federal de Cristina Fernandez de Kirchner el 72% son nuevos profesionales dentro de su grupo familiar.
Que es de notorio conocimiento, tanto para cualquier legislador que sea primer profesional como para la presidenta, que fue uno de estos casos las complicaciones que se tienen de insertarse en el mercado laboral, en muchos casos obligando a ser pasible de prácticas abusivas por parte de los empleadores, sean públicos o privados, sin distinción, exponiendo su salud a un trabajo arduo para obtener un ingreso que le permita poder sobrevivir y avanzar profesionalmente.
Atento ello consideramos que el estado debe tener como prioridad la contención de este sector vulnerable de la sociedad, a lo cual crear una institución que se encargue de diagramar políticas activas tendientes a evitar o pormenorizar los inconvenientes con los que se encuentran a diario estas personas es para nosotros la mejor manera de palear esta situación.
Es por estos motivos que solicito a esta Honorable Cámara tratamiento y aprobación de este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GERVASONI, LAUTARO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0316-D-16