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PROYECTO DE TP


Expediente 8757-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ERRADICACION Y SANCION DEL TRABAJO ESCLAVO EN NUESTRO PAIS.
Fecha: 11/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 202
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través de los organismos que corresponda informe, acerca de los siguientes puntos:
Medidas implementadas por parte de las autoridades laborales para prevenir, erradicar y sancionar el trabajo esclavo en nuestro país. Detallar el grado de ejecución y resultados alcanzados.
Si se han suscripto Convenios con las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para implementar acciones en común. En ese caso, cuál es el grado de ejecución de los programas y si se han evaluado resultados.
Cantidad de inspecciones llevadas a cabo por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por su cuenta o en concurrencia con las autoridades provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallando los resultados obtenidos.
Cantidad de denuncias judiciales formuladas por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Detalle contra quiénes y avance de las mismas.
Cantidad de inspecciones realizadas respecto de la existencia de trabajo infantil, indicando cuáles han sido las medidas tomadas por el Ministerio de Trabajo y qué rol desempeña la CONAETI (Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil) en tal sentido.
Si el Estado Nacional se ha presentado como querellante en las causas penales sustanciadas a raíz de las denuncias interpuestas por particulares, asociaciones y organismos defensores de los derechos humanos o de la Defensoría del Pueblo de la Nación.
Medidas implementadas para asistir a las víctimas, ya sea física, emocional y legalmente, como en su reincorporación al mercado laboral, detallando también su grado de ejecución y resultados.
Si se han concertado acciones comunes o suscripto convenios con sindicatos de trabajadores rurales, la Defensoría del Pueblo de la Nación y demás asociaciones y/u organizaciones de la sociedad civil comprometidas con la lucha contra el trabajo esclavo. En caso afirmativo, informe sobre su contenido, ejecución y resultados.
Si se ha evaluado realizar campañas de difusión masiva para que los consumidores ejerzan su poder de compra con responsabilidad, conociendo cuáles son las firmas que certifican a través del INTI que sus productos están elaborados y comercializados respetando los derechos laborales vigentes.
Cualquier otra información que sirva al presente.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Si bien el trabajo ilegal, esclavo e insalubre no es una novedad en nuestro país ni en el mundo, los numerosos casos detectados en las últimas semanas en distintas zonas rurales del país advierten sobre la urgente necesidad de disponer intervenciones directas sobre esta situación que violenta sin tapujos normas laborales, así como tratados de jerarquía constitucional.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detectó en los últimos meses trabajo ilegal y condiciones laborales "infrahumanas" en varios establecimientos agrícolas pertenecientes a grandes firmas nacionales y multinacionales.
El último caso visibilizado transcurrió en el partido bonaerense de Tornquist, en un establecimiento perteneciente a la firma "Satus Ager S.A.", durante un operativo de control de empleo registrado junto al Ministerio de Trabajo bonaerense. El organismo radicó la denuncia ante la Fiscalía Federal N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del Doctor Antonio Horacio Castaño.
La AFIP emitió un comunicado en el que señala que se trata de "otra firma agropecuaria líder en su mercado que tiene sus empleados en condiciones infrahumanas" y ofreció detalles sobre cómo eran alojados los trabajadores.
El texto indica que eran 31 personas reclutadas en Santiago del Estero por un "cabecilla", que trabajaban doce horas diarias y eran alojados encasillas de chapa con capacidad.
"En la explotación trabajaban 31 personas durante doce horas diarias en el desflore de maíz y vivían bajo condiciones indignas: sin energía eléctrica, ni agua potable, con baños precarios y durmiendo hacinados en grupos de hasta 18 personas en un mismo trailer de chapa", agrega el comunicado del organismo.
Según informó la AFIP, del testimonio de los mismos empleados se desprende que la firma los reclutaba a través de un "cabecilla" en la provincia de Santiago de Estero y los trasladaban masivamente al campo ubicado a unos 20 kilómetros de la localidad de Sierra de la Ventana.
Los directivos de la empresa Satus Ager S.A. ya tienen una causa abierta en la que próximamente deben declarar como imputados, por estar sospechados de cometer los delitos de "trata de personas" y "reducción a la servidumbre" de peones traídos desde la provincia de Santiago del Estero y Tucumán para el desflore del maíz.
Hace algunas semanas, la AFIP y la cartera de Trabajo detectaron que esta empresa mantenía unas 274 personas cumpliendo tareas laborales bajo condiciones ilegales en tres campos de la provincia de Buenos Aires.
De acuerdo con el informe oficial, las personas encontradas en un campo ubicado cerca de la localidad bonaerense de Ramallo y que explota la firma Satus Ager SA., "estaban reducidas a la servidumbre" y vivían "en casillas de chapa a pleno sol, sin instalaciones eléctricas" ni "elementos de seguridad". En el lugar se constató que había "comida en mal estado en una jaula para guardar carne, colgada por encima de recipientes para fumigación". En otro campo, en tanto, se localizaron tres cuadrillas de trabajadores que aseguraron que no recibían alimentos desde el día anterior, no tenían asistencia médica alguna y "debían lavar sus pertenencias en envases de agroquímicos". En el lugar incluso se hallaron adolescentes de entre 14 y 18 años con permisos adulterados, documentos que no les correspondían y sin tutores responsables. Se revela así una doble explotación, en clara violación de la Ley N° 26.364, de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas y la Ley Nº 26.390 de Prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente. La ausencia de controles estatales garantizan la impunidad de este accionar desde el sector privado.
La firma Status Ager está involucrada en otras causas por reducción a la servidumbre, producto de operativos realizados en Tandil, Miramar, San Pedro y Arrecifes.
De este modo, ya suman cinco los casos de trabajo esclavo que informó la AFIP en la última semana: dos de la firma Pioneer -controlada por la multinacional DuPont-, uno en Córdoba, con más de 140 trabajadores en condiciones infrahumanas, otro en Salto, provincia de Buenos Aires, y el de una empresa forestal de capitales españoles en Entre Ríos.
Respecto a las tres últimas, afrontan una causa en el Juzgado Federal de San Nicolás, a cargo de Carlos Villafuerte Ruzo, Juez que citó a sus directivos, quienes deberán comparecer en calidad de imputados los próximos 2, 3 y 4 de marzo.
En la Argentina, según datos de la Organización Internacional de Migraciones, en 2009 había más de 500 mil personas en situación de servidumbre, situación que tomó relevancia pública ese año a partir de lo que ocurría en la industria textil, que explotaba 40.000 personas bajo régimen de esclavitud en 3.000 talleres clandestinos de la ciudad de Buenos Aires.
Esta repudiable situación que representa el trabajo esclavo, además de dar por tierra con la dignidad de los trabajadores al imposibilitar el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales, favorece la competencia desleal, perjudicando severamente a aquellos fabricantes y productores agropecuarios que tienen a sus trabajadores en regla y cumplimentan con la totalidad de sus obligaciones impositivas. En el actual marco socioeconómico, de no existir una intervención vigorosa por parte del Estado destinada a erradicar el trabajo esclavo, sólo es esperable que este flagelo se multiplique.
La misma implica no sólo la detección de espacios de trabajo ilegales y el rescate de quienes son reducidos a la servidumbre, sino también la posterior reinserción de estos individuos en el circuito formal de la economía.
Asimismo, resulta en este contexto necesario, además de implementar programas de prevención y asistencia, la profundización de líneas de fiscalización e investigación ante el fraude laboral y la comisión de delitos que se encuentran íntimamente relacionados con la trata y esclavitud de personas. En este aspecto resulta relevante destacar, como señalamos más arriba, la reciente reglamentación de la Ley N° 26.364, de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas, que en su artículo 4° define las diferentes formas de explotación, incluyendo al trabajo esclavo e insalubre.
La existencia del delito de trata de personas ha sido puesta en evidencia a través de un informe que fuera elaborado por la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia nacional. El mismo denuncia las prácticas sistemáticas de las empresas multinacionales que explotan a los "trabajadores" (las comillas son utilizadas en el informe para destacar que "en verdad son víctimas del delito de trata de personas" y no se los puede considerar trabajadores en el verdadero y digno sentido de la palabra), demostrando cómo son reclutados en su lugar de origen a partir de engaños y falta de información.
Como dijéramos anteriormente, es en sus lugares de origen de los "trabajadores" donde comienzan sus penurias. El informe de la Oficina de Rescate consigna que es en pueblos muy pobres de la provincia de Santiago del Estero como Río Hondo, Pozuelos, Ycaña, Añatuya, Herrera, Loreto y Colonia Dora donde los trabajadores son reclutados.
"Con respecto a la información recibida por parte del 'contratista', todos comentaron que sabían que iban a desflorar el maíz, pero indicaron que desconocían las condiciones de trabajo, de vivienda y el destino o lugar de trabajo, como tampoco fueron informados acerca de la cantidad de días de trabajo, la extensión de la jornada laboral, la remuneración final, la modalidad de cobro y otras condiciones", sostiene el informe.
Una vez en el lugar, los "trabajadores" se enteran de que no tendrán sábanas ni frazadas para dormir ni materiales de trabajo, y que deberán comprarlos. Asimismo, los "trabajadores" contaron que se les asignan 24 o 25 pesos "en crédito por día para alimentos y elementos de higiene, refirieron que el importe total sería descontado del pago final, sin recibir el dinero mencionado en mano". Al proveedor, siempre según el informe, lo elige la empresa y cobra el doble por los productos ofrecidos (un par de alpargatas a 60 pesos, por ejemplo).
Respecto al caso de que algún "trabajador" quiera volver a su lugar de origen, el informe destaca que las víctimas son presionadas para no hacerlo. Según lo recabado a partir de las declaraciones de los "trabajadores", en la estancia El Algarrobo el capataz les habría señalado: "El que pase los límites del predio o cruza a campo traviesa puede recibir un tiro", siendo que en otras estancias les dicen que los vecinos de otros campos dispararán si traspasan la propiedad. Pero la amenaza más común es económica: "Ante la solicitud de retirarse, deberían abandonar el lugar todos los integrantes de la cuadrilla, con el consecuente perjuicio para el resto de los 'trabajadores'; esta amenaza conlleva enfrentamientos entre quienes 'trabajan' confiando en que se les pagará lo prometido y quienes manifiestan sus deseos de retirarse por las malas condiciones. El enfrentamiento entre las víctimas es una modalidad frecuente en este tipo de organizaciones delictivas". Asimismo, según declararon varias víctimas, la empresa Adecco les cobraba la suma de 600 pesos si querían irse antes del desflore "en concepto de traslado a sus lugares de origen, desconociendo si les abonarían los días trabajados".
"Se observó en muchos de los 'trabajadores' actitudes de sumisión y de resignación -prosigue el informe-, como consecuencia del entorno abusivo al que se encuentran expuestos. Se puede inferir una relación directa entre estos rasgos de personalidad y determinadas prácticas habituales propias de la explotación de jornaleros rurales: mala alimentación, hacinamiento, falta de descanso, de higiene, de privacidad, de esparcimiento, etcétera". Y agrega: "La mayoría no pudo precisar la ubicación de la estancia, ni la localidad en la que se encontraban. En algunos casos ni siquiera conocían que estaban en la provincia de Buenos Aires".
"Hay una ausencia total de autonomía de las personas que se hallaban en las estancias", concluye el informe. A los pocos que "viajaron" con dinero encima y pudieron guardar cierta cantidad no les alcanza para volverse. "De este modo, se torna evidente que la promesa de pago al final de la temporada resulta de vital importancia para retener a los trabajadores en el lugar", explica el informe. Es por la captación en el lugar de origen, el engaño en la contratación, el traslado y explotación posterior que la Oficina de Rescate considera probado el delito de trata de personas.
En este punto nos vemos obligados de señalar que la existencia de numerosos casos y formas de trabajo esclavo tiene como garantía el debilitamiento permanente de los organismos de control estatales, ya sean nacionales como provinciales, y en particular el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Llama poderosamente la atención la dificultad de los trabajadores de lograr una verdadera y transparente representación gremial en este tipo de situaciones. Los sectores empresarios saben bien cuánto vale impedir la organización sindical en los lugares de trabajo, así como "negociar" y comprar el silencio de los principales sindicatos. La historia ha demostrado el valor histórico para el movimiento sindical de las comisiones internas y de los cuerpos de delegados, así como de los dirigentes que hacen verdadero honor a la representación que les es legítimamente conferida, y eso es algo que debemos recordar permanentemente.
Esta Honorable Cámara no puede mirar para otro lado cuando se atacan los Derechos Humanos fundamentales, y es por ello que debemos repudiar con vehemencia y sin eufemismos la explotación de personas de cualquier tipo. Nuestro país ha asumido obligaciones activas en derechos humanos al suscribir Pactos y Convenciones que incorporó además a la propia Constitución Nacional. No sólo tiene la obligación como Estado de evitar la violación de los mismos, sino que asume la obligación de ser un activo promotor de derechos para todos los habitantes de nuestro país, sin discriminación alguna. Estas no son meras declaraciones para mañana, sino compromisos para hoy, que no pueden esperar más que su inmediato cumplimiento. Por ello decimos: nuestro país no puede tolerar la existencia de trabajo esclavo y debe actuar decididamente para erradicarlo, asistir a las víctimas y sancionar a los responsables.
Por todo lo expuesto anteriormente, invito a los Sres. Diputados y Sras. Diputadas de la Nación acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO VIALE (A SUS ANTECEDENTES) 16/03/2011