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PROYECTO DE TP


Expediente 8731-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS AL CONTROL DE POLICIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, EN BUQUES QUE OPERAN CON HIDROCARBUROS EN LA LOCALIDAD DE CALETA CORDOVA, PROVINCIA DE CHUBUT.
Fecha: 08/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 199
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicita al Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio de los organismos competentes, informe con la mayor urgencia posible los siguientes puntos:
Cuáles son las empresas o buques que se encuentran inscriptos en el registro de la Dirección de la Policía de la Seguridad de Navegación de la Prefectura Naval Argentina que operan en la carga o descarga de hidrocarburos o sus mezclas en las costas cercanas a la localidad de Caleta Córdova, Provincia de Chubut.
Informará las inspecciones realizadas por la Prefectura Naval Argentina a las empresas y buques que realizan las cargas o descargas de hidrocarburos o sus mezclas durante el período 2005/2010. Remitirá copia de las inspecciones.
Informará el estado de las monoboyas, los controles que se realizaron y a qué distancia exacta de la costa se encuentran ubicadas las monoboyas que actualmente operan.
Si las empresas NATE S.A., TERMAP S.A. y el buque petrolero GENMAR SPYRIDON se encuentran registradas en la Prefectura Naval Argentina para realizar la carga o descarga de hidrocarburos o sus mezclas.
Si la Prefectura Naval Argentina habilitó a las empresas NATE S.A., TERMAP S.A. y del buque petrolero GENMAR SPYRIDON, para la carga o descarga de hidrocarburos o sus mezclas. En caso afirmativo, remitirá copias de las habilitaciones y certificaciones.
Si la Prefectura Naval Argentina realizó las investigaciones e informes sobre los derrames de hidrocarburos en diciembre 2007/2008/2010 ocurridos en las costas de Caleta Córdova. En caso afirmativo, remitirá copia.
Si la Prefectura Naval Argentina inició un sumario administrativo correspondiente a los derrames ocurridos en Caleta Córdova, Provincia de Chubut y remitirá copia del mismo.
Si la Prefectura Naval Argentina aplicó sanciones a las empresas involucradas en los derrames de hidrocarburos ocurridos en las costas cercanas de Caleta Córdova. En caso afirmativo, remitirá copias E INFORMARÁ ACERCA DEL ACATAMIENTO DE LAS MISMAS.
Cuál fue el Plan de Saneamiento que realizó la Prefectura Naval Argentina junto con las empresas privadas para contener y mitigar los efectos del derrame ocurridos en aguas sometidas a su jurisdicción. Remitirá copia del plan.
Informará el estado actual de la remediación de las aguas y playas afectadas por los derrames de hidrocarburos.
Informará el grado de afectación a la flora y fauna marítima que ocasionaron los derrames de hidrocarburos.
Informará cuáles fueron los disolventes utilizados por la Prefectura Naval Argentina para limpiar las aguas y playas de petróleo en la zona de Caleta Córdova.
Informará si la utilización de dichos disolventes provocó algún daño al medio ambiente y la población. Asimismo, informará cuáles son las enfermedades que puede provocar en las personas el uso de los disolventes utilizados.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ciudad de Caleta Córdova de la provincia de Chubut, es una población portuaria donde se desarrolla una importante actividad pesquera; sus principales capturas son el pejerrey, la merluza común, langostino, centolla, pulpos y muchas otras especies. Es zona de cría de estas especies de interés alimentario. A lo largo de la costa son frecuentes los avistajes de orcas, delfines, marsopas, zifios y lobos marinos.
Un gran porcentaje de la población tiene el sustento económico en la actividad pesquera. La ciudad tiene una vieja tradición en la pesca costera artesanal, que se desarrolla con la utilización de 7 botes aproximadamente, redes, trasmallos, entre otros, involucrando alrededor de 28 pescadores, pero la cantidad de personas varía ya que tanto niños, adolescentes y vecinos de Caleta, como de otros barrios aledaños pescan con pequeñas redes o trasmallos, destinando el fruto de la pesca para su consumo familiar o la venta.
Asimismo, en la Caleta Córdova se desenvuelve la flota tradicional de Chubut, denominada la flota amarilla que, según la temporada, opera con la cantidad de 5 a 20 barcos y necesita aproximadamente entre 20 a 100 marineros y 20 personas en la estiba.
En este sector el factor de riesgo de mayor importancia lo provoca la actividad petrolera. Caleta Córdova está ubicada en el Golfo San Jorge a 20 km. al norte de la ciudad de Comodoro Rivadavia y es el tercer puerto del país en volumen de hidrocarburos desplazados por año (más de 5.500.000 metros cúbicos anuales). Las instalaciones de operación de hidrocarburos consisten en una playa de tanques sobre la costa con capacidad de almacenaje para 219.000 m3 de petróleo crudo y una recepción de 20.000 m3 por día, y en un amarradero de carga costa afuera con una monoboya de cargamento (amarradero de punto único), se encuentra conectada con la terminal por una cañería. Actualmente, está zona sigue afectada por los derrames de los hidrocarburos ocasionados, principalmente, por las empresas NATE Y TERMAP en diciembre de los años 2007/8.
Los vecinos de la ciudad han realizado numerosos reclamos por la falta de acción en el saneamiento de las aguas afectadas por los derrames que dañan severamente el ecosistema en general. Asimismo, los pescadores reclaman la pérdida de prestigio en la calidad de sus productos y la pérdida de antiguos clientes.
La Prefectura Naval Argentina tiene delegada la competencia para intervenir en los derrames de hidrocarburos dentro de las aguas de su jurisdicción, por el artículo 5º, inciso a), subinciso 23 de la Ley Nº 18.398, Ley Orgánica de la Prefectura Naval Argentina: "Entender en lo relativo a las normas que se adopten tendientes a prohibir la contaminación de las aguas fluviales, lacustres y marítimas, por hidrocarburos u otras sustancias nocivas o peligrosas, y verificar su cumplimiento".
La Ley Nº 22.190 asignó a la Prefectura Naval Argentina importantes funciones, entre ellas:
Establecer el régimen a que deberán ajustarse las descargas de hidrocarburos y sus mezclas. (Ordenanza marítima Nº 1/93, ordenanza Nº 5/99 y ordenanza Nº 02/03)
Determinar las reglas de equipamiento y diseño de buques.
Reglamentar las normas operativas para la prevención y lucha contra la contaminación.
Investigar los hechos contaminantes, instruir los sumarios y aplicar las sanciones que correspondan.
Exigir fianza real o personal por pago de las multas y solicitar al Juez interviniente el pago por los gastos de limpieza.
Realizar las tareas descontaminadoras en las aguas de su jurisdicción.
El presente proyecto de resolución tiene como objetivo conocer si desde los ámbitos de gobierno nacional se controló a las empresas en el cumplimiento de las reglamentaciones de carga y descarga de hidrocarburos, si cumplen en el equipamiento y diseño de los buques y si las empresas informan sobre las descargas propias y ajenas de hidrocarburos. Asimismo, se requiere conocer el grado de avance en el saneamiento de las aguas contaminadas y determinar la afectación de los derrames en la fauna marina.
Por estas razones, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)
ENERGIA Y COMBUSTIBLES