Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 8676-D-2014
Sumario: FABRICANTES DE PURPURINA Y DE BRILLANTINA. OBLIGATORIEDAD DE IDENTIFICAR LOS ENVASES CORRESPONDIENTES CON UN ROTULO, VISIBLE Y DESTACADO, ESPECIFICANDO QUE SE TRATA DE UN PRODUCTO TOXICO.
Fecha: 03/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 158
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


INCORPORAR RÓTULO DE PRODUCTO TÓXICO EN LOS ENVASES DE PURPURINA.
Artículo 1: Créase la obligatoriedad, en el ámbito de la República Argentina, para FABRICANTES DE PURPURINA (Brillantina con partículas más pequeñas) y de BRILLANTINA colocar en los envases correspondientes un RÓTULO, visible y destacado, especificando que se trata de un producto TÓXICO.
Artículo 2: El Ministerio de Salud de la Nación y las oficinas de Defensa del Consumidor, articularán e implementarán en cada jurisdicción, al momento de la aprobación de la presente Ley, los métodos necesarios para su cumplimiento.
Artículo 3: La presente norma será de cumplimiento en toda la Jurisdicción Nacional, con el rótulo preventivo correspondiente, de acuerdo a lo mencionados en el art. 1.
Artículo 4: La autoridad de control y aplicación de la presente norma, será el Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde este jueves próximo pasado, un niño de 7 años se encuentra internado en grave estado en un centro asistencial de la Provincia de Santiago del Estero, tras haber aspirado purpurina en una fiesta infantil.
El bioquímico santiagueño Julian Serrano brindó algunos detalles sobre la composición de la purpurina y los efectos que causa en el organismo cuando ingresa al mismo.
Según Serrano, la purpurina no tiene ninguna declaración que sea tóxica, es decir venenosa. Sus colores suelen ser de origen vegetal pero tienen otros componentes (plomo, cobre, zinc, estaño) que la vuelve sumamente tóxica.
Además describió que "el efecto que causan en los glóbulos rojos, que transporta el oxígeno, se da en la hemoglobina que tiene iones de hierro en estado ferroso con dos cargas positivas. Con la intoxicación el hierro cambia de valencia que se llama +3, ese cambio le impide transportar oxígeno, lo que genera falta del mismo en todo el cuerpo (Hipoxia Progresiva). Además de causar, un compromiso pulmonar y síndrome de "distress" respiratorio (dificultad respiratoria), a causa de una neumonitis química".
La diferencia de la "purpurina" a la "brillantina" es que "la partícula de la purpurina es mucho más pequeña, por lo que aumenta el riesgo de aspiración. Cuando las partículas pasan a la parte final del pulmón y a la sangre del paciente, se produce una intoxicación grave.
Por eso es de suma importancia que tengamos mucha precaución en el manejo de dichas sustancias, la que se encuentran al alcance de todos. La purpurina es un producto de venta libre que se utiliza para realizar manualidades y cosmética, desconociendo que contiene elementos pesados tóxicos, como plomo y cobre, entre otros. Es decir que lo primero que hay que saber es que, en la composición de la purpurina hay metales pesados tóxicos para el ser humano.
El caso del chiquito santiagueño que lucha por su vida luego de aspirar purpurina encendió la luz de alarma sobre los usos de este producto y la falta de información y medidas de prevención adecuada para prevenir una desgracia.
Así como se recomienda mucha precaución a la hora de manipular estos productos, especialmente con los niños que muchas veces no tienen conciencia de su uso adecuado y suelen ser los más afectados, es que solicitamos de inmediato en los envases de purpurina o brillantina se coloque, en forma clara y precisa, el RÓTULO correspondiente destacando que se trata de un PRODUCTO TÓXICO. Es fundamental para poder lograr este objetivo, campañas de difusión masivas; para que la población esté informada y tome conciencia de sus componentes; ya que es el primer eslabón que toma contacto con la sustancia, a través de trabajos prácticos, manualidades, uso de cosméticos, etc.
La necesidad de la presente ley se basa en la concientización respecto al manejo de este tipo de sustancia tóxica, a los efectos de garantizar su uso, a través del conocimiento preciso y claro de su composición.
Por todo lo expuesto es que solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LAGORIA, ELIA NELLY CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
TUNDIS, MIRTA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
ESPER, LAURA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA