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PROYECTO DE TP


Expediente 8553-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR JEFE DE GABINETE DE MINISTROS SOBRE LAS PRESIONES AL PODER JUDICIAL DE LA NACION.
Fecha: 14/12/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar al Señor Jefe de Gabinete de Ministros a efectos de que, conforme lo dispone el artículo 71 de la Constitución Nacional, concurra al pleno de esta Cámara a fin de brindar las explicaciones que se le requieran en relación a las presiones que el Poder Ejecutivo Nacional viene realizando sobre el Poder Judicial y en especial sobre los fueros Federal Civil y Comercial y Federal de la Seguridad Social.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La independencia del Poder Judicial de la Nación, como uno de los órganos del Estado está siendo amenazada en hechos y en palabras por parte de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo nacional. La remoción de fiscales y jueces para influir en determinadas causas que le interesan al gobierno federal, ya sea para que no se investigue supuestos ilícitos cometidos por funcionarios, ya sea para que las decisiones judiciales se dicten en determinado sentido, se han venido incrementando de manera preocupante durante los últimos meses.
Nunca antes el Gobierno nacional había objetado a todos los miembros de una cámara de apelaciones ni había recusado a un juez de cámara en todas las causas en que le cupiera dictar sentencia.
Días atrás, la Comisión Nacional de la Independencia Judicial, a través de las asociaciones que la integran, emitió un comunicado por medio del cual hizo pública la preocupación de una importante cantidad de jueces y juezas de todo el país, referida a hechos que agreden institucionalmente a un Poder del Estado y, como consecuencia de ello, a todos los ciudadanos de la Nación.
Ante ello, esa Comisión valoró que era necesario reiterar que la Independencia del Poder Judicial se encuentra protegida por la Constitución Nacional y es un principio fundamental del Estado de Derecho que es sustancial para el funcionamiento de la democracia, y constituye una garantía fundamental para la defensa de los derechos de los ciudadanos;
Los jueces que suscribieron el comunicado exhortaron al Poder Ejecutivo Nacional a cumplir estrictamente con el artículo 109 de la Constitución Nacional y a ejercer sus facultades como poder del estado dentro del marco de las reglas procesales, evitando el uso de mecanismos directos o indirectos de presión sobre los jueces que afecten su independencia.
La persistencia de las actitudes denunciadas contradice nuestra constitución que, como afirmara Bidart Campos, ha acogido el sistema clásico de la llamada división de poderes, consistente en el reparto de órganos y funciones dentro de la tríada que la constitución formal compone con las denominaciones de poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. A su vez, siguiendo al citado constitucionalista, creemos que es importante reconocer que la estructura divisoria debe interpretarse en torno de la finalidad básica que persigue: evitar la concentración que degenera en autoritarismo y resguardar la libertad de las personas.
La doctrina de la limitación de los poderes es de la esencia de nuestro sistema de gobierno; si no respetamos la institucionalidad democrática, si los órganos de gobierno -que deben actuar coordinadamente y dentro de la esfera de sus específicas competencias- avasallan las potestades de los otros, no sólo la constitución, sino la República están en aprietos.
El Sr. jefe de Gabinete de Ministros, refiriéndose a la reciente resolución de la Cámara Federal Civil y Comercial, ha dicho que "... era obvio que esa Cámara de mierda iba a hacer lo que había hecho."
Estas desagradables e impropias expresiones, en boca nada menos que del principal ministro del país, no hacen sino socavar los principios democráticos en los que se inspirara nuestra constitución nacional. El jefe de Gabinete de Ministros tiene a su cargo el ejercicio de la administración general del país (art. 100 inc. 1º), lo que conlleva un grado de responsabilidad funcional y política superior al de los otros miembros del gabinete. Esta responsabilidad política se traduce en que es el único ministro que puede ser objeto de una moción de censura.
Las expresiones que ha vertido el Sr. Juan Manuel Abal Medina, sumadas a las del Ministro Julio Alak al utilizar el término de "alzamiento" al referirse a un posible fallo contrario a los deseos de la Presidenta, nos motivan a requerirle al Sr. jefe de Gabinete de Ministros que informe cuál es la política del Poder Ejecutivo para afianzar la independencia del Poder Judicial y explique las razones por las que se refirió de esa forma en relación a los miembros de la Cámara Federal Civil y Comercial de la Capital Federal.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ZABALZA, JUAN CARLOS SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DONDA PEREZ (A SUS ANTECEDENTES)