PROYECTO DE TP


Expediente 8501-D-2014
Sumario: OTORGAR UN PAGO EXTRAORDINARIO PARA LAS CLASES ACTIVAS Y PASIVAS.
Fecha: 28/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


OTORGAR UN PAGO EXTRAORDINARIO PARA LAS CLASES ACTIVAS Y PASIVAS
ARTICULO 1°: Otórguese con carácter de excepción, un pago extraordinario equivalente a medio salario anual complementario, para todos los trabajadores activos que perciban hasta una suma equivalente a 2 (DOS) salarios mínimos. Igual beneficio será otorgado a todos los jubilados y pensionados pertenecientes al Sistema Integrado Previsional Argentino.
ARTICULO 2°: Otórguese con carácter de excepción, un pago extraordinario equivalente a un haber mensual, para todos los beneficiarios de planes de asistencia social otorgada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación o por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
ARTICULO 3°: El pago dispuesto en los artículos 1° y 2° se abonará de manera conjunta al salario de Diciembre de 2014.
El beneficio otorgado por el Artículo 1° de la presente norma, se mantendrá hasta tanto se actualicen los haberes pasivos y/o se produzca una nueva negociación colectiva en los sectores que corresponda o se produzca algún acuerdo entre privados que implique una mejora equivalente en el ingreso de los trabajadores activos.
ARTICULO 4°: El monto total correspondiente a este pago extraordinario correspondiente a la clase pasiva y beneficiarios de planes sociales será cubierto con cargo a la jurisdicción 850, dentro de las partidas presupuestarias del Programa 16.
ARTICULO 5°: El monto correspondiente a las erogaciones de los empleados del sector público nacional será atendido con recursos de las Rentas Generales del Tesoro Nacional.
ARTICULO 6°: La Administración Federal de Ingresos Público tomará los recaudos necesarios a los fines que los empleadores del sector privado puedan computar como pago a cuenta de impuestos nacionales las sumas que impliquen dar cumplimiento al Artículo 1° de la presente Ley.
ARTICULO 7°: Se invita a las Provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás jurisdicciones locales a adoptar iniciativas similares para con los empleados públicos de sus respectivas jurisdicciones.
ARTICULO 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En los últimos tiempos el aumento de precios al consumidor crea un problema para todos los ciudadanos, pero especialmente se ven más perjudicados los trabajadores y la clase pasiva, quienes perciben ingresos bajos que en la mayoría de los casos ni siquiera cubren sus necesidades básicas.
En este sentido, la importante aceleración de la inflación que informó el Poder Ejecutivo en los que va del año, hace imperativo una recomposición mayor a la determinada por la Presidente para las pasividades y una correspondiente actualización en las percepciones de asistencia social.
Consideramos indispensable un paliativo urgente, si bien de corto plazo, para todos los ciudadanos que se encuentran en los tramos de menores ingresos, en el entendimiento que este ha sido el sector social permanentemente relegado por las decisiones económicas del Poder Ejecutivo; fundamentalmente por la constante erosión en sus ingresos, producto de una inflación desbocada más allá de las erróneas estadísticas efectuadas por el INDEC.
Este pago extraordinario sabemos que no resuelve la grave problemática de nuestros conciudadanos, pero en algo aliviará su situación hasta tanto el Gobierno Nacional tome una acción concreta y definitiva para solucionar los errores de política económica que nos están llevando sin pausa a una profunda caída en el empleo y una aceleración en la inflación, poniendo en riesgo la paz social.
Por otra parte, es importante tener en claro que este pago será destinado en su totalidad a gastos de consumo, algo tan necesario para intentar recuperar el crecimiento de la economía, o al menos poner algún freno a la caída de la actividad, en estos tiempos en los que los graves errores de política económica están pasando la factura completa de la supuesta "década ganada".
Recordemos, además, que este sector de la población, que es claramente una mayoría de nuestra sociedad, dedica el total de los mismos a los productos comestibles y de subsistencia básica, por lo que tendrá un efecto multiplicador importante sobre el resto de la economía.
De este modo, es dable entender que esta medida ayudará a sostener el empleo en el sector de producción de alimentos, bebidas, y otros productos básicos, ayudando también a los comercios y, en particular, ayudará a las economías provinciales que se encuentran grandemente afectadas en los últimos años.
Por todo lo expuesto, Señor Presidente, y por la importancia del presente proyecto, es que solicito a mis pares me acompañen en su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
TOLEDO, SUSANA MARIA SANTA CRUZ UCR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA