PROYECTO DE TP


Expediente 8430-D-2014
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA LABOR DE DIVERSAS ENTIDADES CULTURALES COMUNITARIAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Fecha: 27/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 153
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de interés de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación la labor de las siguientes entidades culturales comunitarias de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de su arraigo local y de las actividades de fortalecimiento de la identidad cultural, abordadas por estas organizaciones comunitarias y/o medios de comunicación barriales:
Asamblea de Juan B. Justo y Corrientes, Villa Crespo;
Asociación Civil Rodolfo Walsh Cultura y Comunicación Popular, Bajo Flores;
Asociación Madres de Plaza de Mayo;
Centro Cultural Homero Manzi, Nueva Pompeya;
Colectivo La Tribu, FM 88.7, Almagro;
Cooperativa Padre Mugica de Servicios de Comunicación y Consumo, Villa 31;
Cooperativa Vibras Limitada, Boedo;
Cooperativa de Trabajo la Cuña Limitada, Mataderos;
FM La Boca 90.1, La Boca;
FM Riachuelo 100.9, La Boca;
La Milagrosa FM 100.9, Villa Lugano;
Radio Comunidad 88.3, Villa Lugano;
Radio Gráfica 89.3, Barracas - La Boca;
Radio Voces de Cildañez.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las actividades de promoción de la cultura y la comunicación a escala comunal resultan de fundamental trascendencia también en ciudades metropolitanas como la de Buenos Aires.
Mientras algunas políticas públicas locales apelan a ciudadanos ideales, desterritorializados, como individuos a quienes debe resolverse problemas de gestión de trámites en la administración de servicios varios, numerosas organizaciones del complejo entramado social recrean lazos solidarios, atentos a una agenda que no circula por los medios de comunicación de gran escala, sino que tienen anclaje territorial, sobre necesidades o demandas sentidas por generaciones de porteños que se expresan, crean y se reúnen en nuestros barrios.
Las trece entidades a las que alude el presente proyecto que se pone a consideración son el fruto del ejercicio democrático de capacidades de expresión y gestión asociativa. Durante años, a través de emisoras de baja potencia resistieron a condiciones adversas desde lo legal, ya que no podían encuadrar en los parámetros privado-comerciales que imponía el ordenamiento jurídico heredado de la dictadura. Los valores de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual iluminan las actividades que en su gran mayoría, vienen protagonizando artistas, técnicos, periodistas, aficionados o vecinos voluntariosos, en un aprendizaje colectivo de democratización de la palabra, en un ejercicio de mayores capacidades de integración y respeto por la pluralidad de voces.
Las entidades que los nuclear o agrupan, tienen el reconocimiento de su comunidad de origen y del barrio que las contiene. Sus actividades se articulan con el acontecer diario de cientos de hombres y mujeres, y acompañan la realización colectiva de proyectos, consolidando vínculos y difundiendo una diversidad de ideas y expresiones locales.
La manifestación explícita de esta Honorable Cámara acompañará entonces, a esta vocación colectiva de generar mejores condiciones de sustentabilidad para los emprendimientos que ya han trascendido las vocaciones de las personas que iniciaron cada uno de ellos.
Por los motivos expuestos precedentemente, es que solicito a mis pares que acompañen la aprobación del presente proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MAZURE, LILIANA AMALIA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/11/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1540/2014 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 01/12/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 09/01/2015 APROBADO