PROYECTO DE TP


Expediente 8382-D-2016
Sumario: COMISION DEL FUTURO. CREACION EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO.
Fecha: 25/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 177
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN Y REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE FUTURO
1°.- Creación. Créase, como órgano descentralizado, la Comisión del Futuro en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación.
2°.- Competencia. Compete a la Comisión del Futuro contribuir a la dimensión prospectiva de la labor legislativa de este Honorable Congreso, detectando, describiendo y difundiendo escenarios de futuros probables sobre problemáticas de relevancia estratégica que puedan ser materia de legislación federal.
3°.- Composición. La Comisión del Futuro estará compuesta por tres (3) senadores y tres (3) diputados, los que durarán dos (2) años en sus funciones.
4°.- Designación. Los senadores y diputados miembros de la Comisión del Futuro serán designados por resolución de cada Cámara, con el voto de la simple mayoría de sus miembros y de modo que representen, en cada una de ellas, a bloques diferentes.
La falta de designación de todos o algunos de sus miembros por una de las Cámaras no impedirá la constitución de la Comisión, la que se formará con los miembros designados, siempre que sean uno más que la mitad, hasta que se disponga su integración completa.
5°.- Constitución y elección de autoridades. La Comisión se constituirá inmediatamente después de designados los senadores y diputados integrantes y elegirá por simple mayoría de votos un (1) presidente, un (1) vicepresidente y un (1) secretario, no pudiendo ser todos de una misma Cámara.
6°.- Atribuciones. Para alcanzar su cometido, la Comisión podrá:
1) Sesionar fuera de este Honorable Congreso;
2) Convocar y realizar audiencias informativas;
3) Contratar a expertos reconocidos a los que se le encarguen informes, y disponer que trabajadores de planta de este Honorable Congreso sean asignados a colaborar con ellos;
4) Organizar eventos de difusión y formación en el ámbito de su competencia;
5) Recoger la opinión de organizaciones sindicales, empresarias, profesionales y de la Sociedad Civil en el ámbito de su competencia;
6) Toda otra atribución que sea necesaria para cumplir sus objetivos.
6°.- Agenda de Trabajo. La Comisión deberá elaborar durante sus primeras reuniones de cada año, y aprobar por simple mayoría, una Agenda de Trabajo con los tópicos a estudiar durante el trascurso del mismo, detallando la modalidad de su tratamiento y las acciones de divulgación de sus conclusiones.
7°.- Modalidades de tratamiento. Para el tratamiento de los asuntos de su interés, la Comisión podrá proceder mediante audiencias e informes, lo que decidirá por el voto de la simple mayoría.
8°.- Audiencias. Cuando se defina proceder mediante audiencias informativas, se invitará a los convocados con la antelación suficiente para garantizar la solvencia de la exposición.
Los miembros de la Comisión cursarán invitación al resto de los senadores y diputados de la Nación. Unos y otros podrán hacer preguntas, según el orden y método que la Comisión establezca para el caso, el que deberá ser informado juntamente con la invitación.
Se hará registro taquigráfico de la exposición de los convocados y las preguntas de senadores y diputados.
9°.- Informes. Cuando se defina proceder mediante informes, cada uno de ellos deberá contar con las ponencias de tres actores destacados de la temática en estudio y estar encabezado por una descripción del estado actual de la cuestión.
Los informes serán encomendados a término expreso, el que finalizará siempre dentro del mismo año de encargado.
Los informes recibidos no requieren aprobación de la Comisión.
10.- Carácter prospectivo. Las exposiciones en las audiencias y los informes buscarán inspirar el debate legislativo sobre las cuestiones de que se trate, de manera que se cuidará que no revistan el carácter de conclusiones inexorables sino más bien el de una anticipación, tan detallada como sea posible, de los distintos escenarios de futuro que puedan considerarse probables a partir del estudio de las tendencias existentes en la actualidad.
11.- Difusión. La versión taquigráfica de las audiencias celebradas, sistemáticamente ordenadas, y los informes recibidos, deberán ser difundidos por la Comisión del modo como ella disponga, pero es obligatoria su publicación en un apartado específico de los sitios Web de ambas Cámaras de este Honorable Congreso, en un formato tal que puedan ser utilizados directamente para el trabajo legislativo y el debate parlamentario.
12.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto que presento, que tiene como objeto la creación, como órgano descentralizado, de la Comisión del Futuro, se fundamenta en la necesidad de incorporar en la dinámica del trabajo parlamentario, una instancia de reflexión sistemática sobre el futuro de los grandes temas estratégicos que puedan ser objeto de legislación federal.
Para auxilio de tan importante tarea propongo recurrir, como se observa en general en la legislación comparada, a la prospectiva, disciplina que mediante el análisis minucioso de las tendencias actuales de la sociedad, busca exponer metodológicamente sus posibles proyecciones futuras.
Los parlamentos de varios países ya han avanzado en un sentido semejante, optando por diferentes formas, según lo reseñamos a continuación:
El caso más destacado tal vez sea el de Finlandia, que creó la Comisión del Futuro de Finlandia, que con diecisiete miembros tiene como función “pensar el mejor futuro posible para el pueblo finlandés” y en cada período de gobierno debe elevar al Parlamento un “Informe sobre el Futuro del País” y trabajar en temas como el desarrollo tecnológico, el cuidado del medioambiente, las energías renovables y la educación pública. También se ocupa del fortalecimiento de la democracia en Finlandia y en el mundo.
En Chile, el Senado de la República ha optado en 2010 por asignar la reflexión sobre el futuro a la Comisión de Ciencia y Tecnología, que pasó a llamarse Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación.
Como iniciativa de la Comisión de Desafíos del Futuro, conjuntamente con el Gobierno chileno y la Academia Chilena de las Ciencias, desde el año 2011 se celebra el denominado Congreso del Futuro, definido como “un espacio único de intercambios de ideas entre los chilenos y los líderes del pensamiento mundial”.
En el año 2013, se creó la Comisión de Futuro del Senado de Brasil, cuya misión, en los términos del Reglamento Interno de esa Cámara, es la de “promover discusiones sobre los grandes temas del futuro del país y adelantar la actuación del Senado en esas cuestiones”.
En México, en el año 2006, se aprobó la creación de la Comisión Especial de Prospectiva para la Definición del Futuro de México, con la función de “coadyuvar a diseñar responsablemente el futuro del país”.
Independientemente de la fisonomía institucional que cada país haya dado a las comisiones que reseñamos, nos queda la convicción de que la institucionalización del análisis prospectivo en el ámbito legislativo es una asignatura pendiente en nuestro país. En este sentido, porque no se trata de dictaminar proyectos legislativos, no la hemos concebido como una comisión especial o permanente de asesoramiento en los términos del artículo 61 del Reglamento de la HCDN, sino en carácter de Organismo de apoyo a la Función Legislativa, como es el caso de la Biblioteca del Congreso.
Un conocimiento anticipado de los escenarios que puedan caracterizar el futuro de los distintos temas que son objeto de la labor de este Honorable Congreso, contribuirá doblemente al fortalecimiento de la misma: de un lado, ensanchará el horizonte de las propuestas que los senadores y diputados de la Nación formulen para leyes; de otro, enriquecerá el criterio con el que se ejerza la función de control sobre las políticas y acciones de los restantes poderes, al estar más conscientes de sus eventuales consecuencias y derivaciones.
La consideración anticipada de las distintas posibilidades del futuro, constituye un elemento inestimable en la elaboración de cualquier plan estratégico de calidad y debería ser un esfuerzo común a todos los poderes del Estado. Sin embargo, esto se hace aún más imperativo para el Poder Legislativo, que de los tres poderes del Estado es el que más orienta su vista hacia adelante, avizorando los escenarios para los que legisla. Siendo que semejante responsabilidad requiere de investigación metódica y sostenida solicito a los señores diputados que tengan a bien acompañar el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PATIÑO, JOSE LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA