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PROYECTO DE TP


Expediente 8318-D-2012
Sumario: HACER PUBLICO Y COMUNICAR A LA EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EN ARGENTINA, EL APOYO IRRESTRICTO DE ESTA HONORABLE CAMARA A LAS DILIGENCIAS LLEVADAS ADELANTE POR EL GOBIERNO ARGENTINO ANTE EL SEÑOR JUEZ FEDERAL DEL DISTRITO DEL ESTADO DE NUEVA YORK, DOCTOR THOMAS GRIESA, EN EL MARCO DEL JUICIO POR LOS FONDOS BUITRES NML.
Fecha: 28/11/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Hacer público y comunicar a la Embajada de los Estados Unidos de América en Argentina, el apoyo irrestricto de la HCDN a las diligencias que lleva adelante el Gobierno Argentino ante el Sr. Juez Federal de distrito del Estado de Nueva York (EUA) D. Thomas Griesa, en el marco del juicio promovido por el Fondo buitre NML por medio de su broker el Sr. Paúl Singer y otros holdouts, en demanda del pago de una deuda externa ilegítima cuyos títulos, sin valor monetario alguno, fueron habidos por los actores de tenedores desanimados, a precio vil.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ante la sentencia del Juez Federal de Distrito del Estado de Nueva York (EUA) D. Thomas Griesa que le exige a la República Argentina el depósito dentro de un plazo exiguo de días, de la suma absurda, sideral de 1.330 millones de dólares, dictada aquella bajo extraños apercibimientos y en contra de la Justicia y de la ley, que incluso pudiera afectar el pago a los acreedores legítimos prontos a cobrar parte de sus acreencias acordadas con el Estado Nacional, la HCDN no puede dejar de expresar su apoyo irrestricto al Poder Ejecutivo Nacional y a la defensa de los intereses nacionales que en dichas actuaciones llevan adelante los apoderados de la República Argentina.
Bien oportuno es señalar que la conducta del pretendido acreedor, el fondo buitre FML, excede todo límite de razonabilidad pues es público que adquirió a los tenedores a precio vil, los títulos cuyo pago demanda. Ello abusando de las necesidades de estos y aprovechándose de que por encontrarse en default la Argentina, dichos bonos carecían de valor monetario.
Sin embargo, la Argentina renacida en el año 2003 ha honrado y honra todos sus compromisos internacionales, llegando a hacerse cargo de deuda externa que no contrajo, a la que reordenó y canjeó por deuda nueva, obteniendo quitas y plazos que la hicieron manejable y le permitieron al país crecer y regularizarse. Los llamados holdouts, grupos de tenedores de bonos que comanda el inescrupuloso Paul Singer decidieron no entrar en el canje y acudieron al juez Griesa en cuyo juzgado, para escarnio de la razón y la justicia, hoy estarían obteniendo lo que ningún juez justo e imparcial les concedería nunca. Una demanda por una deuda de origen espurio cuyos títulos los extendió un país que no podía tomarla y mucho menos pagarla, promovida por un especulador que mediante maniobras tan desvergonzadas como inmorales hoy pretende obtener ventajas patrimoniales desquiciadas, en ningún tribunal serio puede prosperar.
No está de más recordar que quienes diseñaron la Constitución norteamericana y la hicieron modelo civilizatorio indiscutible, establecieron que el poder judicial entenderá en todas las controversias "tanto de derecho escrito como de equidad" (art. III. Sec. 2), y en una suerte de guía permanente para la interpretación constitucional señalaron que "a un tribunal de equidad le toca privativamente mitigar el efecto de los contratos injustos, es decir de aquellos que aunque no impliquen fraude o engaño... se caractericen, sin embargo, por ventajas indebidas o exageradas, logradas por causa de de la necesidad o el infortunio de una de las partes, y que un tribunal de equidad no puede consentir" (Cf. HAMILTON, en HAMILTON, MADISON y JAY, "El Federalista, Ed. FCE, México 1974, p. 342).
El gobierno argentino ha procedido con responsabilidad y diligencia en la defensa de los intereses nacionales, cumpliendo a la vez con lealtad todas sus legítimas obligaciones. La justicia lo acompaña y la razón también. Un tribunal imparcial presidido por un hombre justo no podrá condenar a nuestro país y mucho menos en la forma desatinada en que lo ha solicitado el pretenso acreedor, por más que el magistrado haya podido perder la paciencia o se haya fastidiado por la postura principista de la República Argentina. No se debe olvidar que como también dijo HAMILTON en la obra antes citada, cuando definió que condiciones debían tener los jueces de la Unión, que "Ningún hombre debe ser juez en su propia causa, ni en ninguna en la que tenga el menor interés o prejuicio". (Ob. Cit. p.341).
Por esos motivos solicitamos de la HCD la aprobación de la resolución precedente.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BARRANDEGUY, RAUL ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ELORRIAGA, OSVALDO ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)