PROYECTO DE TP


Expediente 8052-D-2013
Sumario: CREACION DEL FONDO DE REPARACION Y SANEAMIENTO ECONOMICO PARA LAS VICTIMAS DE LOS SAQUEOS OCURRIDOS DEL 9 AL 11 DE DICIEMBRE DE 2013 EN LA PROVINCIA DE TUCUMAN.
Fecha: 27/12/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 191
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°:- Creación. Créase el Fondo de Reparación y Saneamiento Económico, con el objeto de brindar asistencia financiera a las víctimas de los saqueos consumados durante los días 9, 10 y 11 de diciembre de 2013 en el ámbito de la provincia de Tucumán.
Artículo 2°:- Financiación. El Fondo de Reparación y Saneamiento Económico se integra con los fondos constituidos por el tres por ciento (3%) de las retenciones aplicadas a las exportaciones de productos originados en la provincia de Tucumán.
Artículo 3°:- Beneficiarios. Los beneficiarios del Fondo de Reparación y Saneamiento Económico son todas aquellas personas físicas o jurídicas, que acrediten sumariamente haber sido víctima y resultar damnificada en su persona, en su fuentes de ingresos, en sus bienes, como consecuencia de los hechos de saqueos o violencia consumados durante los días 9, 10 u 11 de diciembre de 2013 en el ámbito de la provincia de Tucumán.
Artículo 4°- Ámbito temporal. La distribución de los beneficios a los damnificados debe planificarse, de tal que no supere el plazo improrrogable de uno (1) año a contar desde la entrada en vigencia de la presente.
Artículo 5°:- Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación del Fondo de Reparación y Saneamiento económico será la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, quien tendrá las siguientes facultades y deberes:
a) Otorgar subsidios directos e indirectos a los damnificados mencionados en el artículo 3°.
b) Conceder bonificaciones de tasas de interés en líneas de crédito especiales del Banco de la Nación Argentina destinadas a los damnificados mencionados en el artículo 3°.
c) Contribuir en la rehabilitación de las obras de infraestructura urbana básica que resultó dañada en virtud de los hechos descriptos en el artículo 1°.
d) Informar mensualmente al Honorable Congreso de la Nación la ejecución del Fondo de Reparación y Saneamiento Económico, precisando el número de beneficiarios, procedimiento de sustanciación del sumario, beneficios otorgados, criterios escogidos para el reparto y demás circunstancias pertinentes.
Artículo 6°:- Tutela de los damnificados. El Defensor del Pueblo de la Nación debe tutelar los derechos e intereses de los beneficiarios del Fondo de Reparación y Saneamiento Económico.
Artículo 7°:- Habilitación. Encomiéndese al Poder Ejecutivo Nacional a implementar regímenes especiales de pago por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) que contemplen expresamente a los contribuyentes afectados en el marco de los artículos 1º y 3º de la presente.
Artículo 8°:- Difusión. La presente ley será objeto de difusión pública suficiente para que los beneficiarios mencionados en el artículo 3° puedan acceder a los beneficios otorgados por el Fondo de Reparación y Saneamiento Económico.
Artículo 9°:- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa parlamentaria pretende crear un Fondo de Reparación y Saneamiento Económico, con el objeto de brindar asistencia financiera a las víctimas de los saqueos consumados durante los días 9, 10 y 11 de diciembre de 2013 en el ámbito de la provincia de Tucumán. Durante esas dolorosas jornadas, la sociedad tucumana vivió horas de tensión, angustia, pena, desazón e impotencia. El caos y el vandalismo se apoderaron de las calles de nuestra provincia, donde sucedieron una ola de saqueos y violencia generalizada en supermercados, distribuidoras mayoristas, casas de electrodomésticos, heladerías, pinturerías, entre otros comercios. Esta triste situación provocó el cierre de establecimientos educativos, oficinas públicas, entidades bancarias, comercios, quienes decidieron no abrir sus puertas ante la imposibilidad de garantizar la seguridad de su personal y público concurrente. Del mismo modo, el transporte público provincial no brindó servicio y fue suspendida la provisión de combustible en las distintas estaciones de expendio. En consecuencia, durante el transcurso de estos días, la vida, la integridad física, la libertad y el patrimonio de los tucumanos corrían peligro ante la amenaza latente de nuevos focos de violencia y la consumación de posibles delitos.
El acuartelamiento policial en procura de un aumento salarial marcó el puntapié inicial de estos lamentables sucesos. El descontrol, la incertidumbre y el temor colectivo se extendieron en cada rincón de la provincia. Así, los vecinos formaban barricadas para defender su propia vida, la de su familia y sus hogares. Asimismo, la ausencia de las fuerzas de seguridad obligó a los comerciantes a formar sus propias murallas armadas a fin de salvaguardar su fuente de trabajo.
Al atardecer del miércoles 10, miles de tucumanos profundamente indignados y dolidos marcharon a la Plaza Independencia, a los efectos de exteriorizar su reclamo por la situación de angustia e indefensión que estaban sufriendo. Sin embargo, esta manifestación también resultó teñida por la violencia y la represión. La policía provincial disparó balas de goma y arrojó gases lacrimógenos contra los vecinos que protestaban.
Según datos ampliamente difundido por los medios de comunicación, estos graves sucesos se cobraron la vida de seis personas y varios heridos, aunque el gobierno provincial todavía no dio a conocer la cifra exacta del número de víctimas. En cuanto a los perjuicios económicos, la Confederación Argentina de la Empresa (CAME) estima que unos 250 comercios fueron saqueados y las pérdidas materiales rondan los $ 75 millones.
Bajo estas premisas, el Fondo de Reparación Económica y Saneamiento estará compuesto por el dinero resultante de los fondos constituidos por el tres por ciento (3%) de las retenciones aplicadas a las exportaciones de productos originados en la provincia de Tucumán.
El proyecto legislativo define exclusivamente quienes serán los beneficiaros que podrán acogerse a la asistencia financiera que brindará el Fondo de Reparación y Saneamiento Económico. En efecto, el artículo 3° establece como beneficiarios a las personas físicas o jurídicas, que acrediten sumariamente haber sido víctima y resultar damnificada en su persona, en sus fuentes de ingresos, en sus bienes, como consecuencia de los lamentables sucesos descriptos precedentemente.
Por otra parte, el artículo 5° prevé como autoridad de aplicación la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y regula sus facultades y deberes, entre las que se destacan el otorgamientos de subsidios directos e indirectos; conceder bonificaciones de tasas de interés en líneas de crédito; contribuir en la rehabilitación de las obras de infraestructura urbana básica y el informe mensual al Honorable Congreso de la Nación sobre la ejecución y marcha del Fondo de Reparación y Saneamiento Económico. Además, el artículo 7° contempla la posibilidad que el Poder Ejecutivo Nacional implemente regímenes especiales de pago por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) que contemplen expresamente a los contribuyentes víctimas de los lamentables sucesos vividos en la provincia de Tucumán.
Asimismo, el proyecto legislativo contempla que la distribución de los beneficios emanados del Fondo de Reparación y Saneamiento Económico no puede superar el plazo de uno (1) año a contar desde la entrada en vigencia del mismo. Por su parte, el artículo 6° atribuye al Defensor del Pueblo la tutela de la defensa de los derechos e intereses de los beneficiarios del Fondo de Reparación y Saneamiento Económico.
Por último, el artículo 8° prescribe que una vez sancionada la ley que crea el Fondo de Reparación y Saneamiento Económico debe garantizarse su difusión pública amplia y suficiente a fin de que los potenciales beneficiarios puedan acudir a los beneficios que otorga dicho fondo.
En el día de la celebración del ciclo democrático más largo y continuado de la historia institucional argentina, Tucumán vivía sucesos tristes y dolorosos que rompían su tejido social, alteraban su tranquilidad pública y amenazaban la convivencia pacífica entre sus habitantes. En este marco, la sociedad argentina necesita emprender el camino hacia el cultivo de valores democráticos, como el respeto, la solidaridad, la empatía, la pluralidad y, sobre todo, la ejemplaridad. Por lo tanto, resulta imperioso que la creación de un Fondo de Reparación y Saneamiento Económico para las víctimas de los lamentables sucesos vividos en la Provincia de Tucumán. De esta forma, lograríamos atenuar las gravísimas consecuencias que estos hechos tuvieron sobre la vida social y la convivencia pacífica de los tucumanos.
En virtud de las razones esgrimidas, pido a mis pares que me acompañen con la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CANO, JOSE MANUEL TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA