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PROYECTO DE TP


Expediente 8038-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ANUNCIADAS POR EL TITULAR DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ARQUITECTO JULIO DE VIDO, EN LA GIRA REALIZADA A RUSIA Y CHINA DURANTE EL MES DE DICIEMBRE DE 2013.
Fecha: 17/12/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 190
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, o el área que corresponda, proceda a informar lo siguiente:
1. Acerca de una serie de obras de infraestructura anunciadas por titular de dicha cartera ministerial, Julio De Vido, en la gira realizada a Rusia y China durante los primeros días de diciembre con el propósito de atraer inversiones su financiamiento, las que, según fuentes periodísticas, incluirían 11 centrales hidroeléctricas, 3 acueductos y una torre de comunicaciones. Describa el estado de avance de cada uno de los proyectos.
2. En particular, corrobore la veracidad o exactitud de aquellas versiones que indican que estaría proyectada la construcción de una represa en el río Paraná, más precisamente en el tramo conocido como Paraná Medio entre las provincias de Corrientes y Santa Fe. Y en tal caso, si ello importaría reflotar el viejo proyecto conocido como represa "Paraná Medio" que hace más de una década y media preveía un Cierre Norte a la altura de Goya (Corrientes) y un Cierre Sur en El Chapetón cercano a Paraná (Entre Ríos), o bien si está previsto activar otro proyecto similar para el aprovechamiento hidroeléctrico del Paraná.
3. Si se encuentra vigente un llamado a licitación para la realización de un estudio de inventario y prefactibilidad del Río de Llanura para el aprovechamiento hidroeléctrico y si se refiere específicamente a dicha área. En tal caso si se han tenido previamente en cuenta las Recomendaciones de la Comisión Mundial de Represas sobre mega represas, precisamente, en ríos de llanura.
4. En cualquiera de los casos indique la envergadura del/los proyecto/s, extensión, localización, así como todo avance en las tramitaciones o contratación de servicios tendientes a su ejecución.
5. Si se han adoptado o está previsto implementar los recaudos legales pertinentes para cumplimentar el procedimiento de consulta y participación ciudadana en cuanto a los efectos negativos y significativos que pueda generar la obra en el ambiente y la difusión de las opiniones u objeciones.
6. Si se ha observado por parte del Estado Nacional el deber de garantizar el libre acceso a la información ambiental respecto al emprendimiento en cuestión.
7. Si está prevista la realización de una evaluación del impacto ambiental de manera global, estratégica y acumulativa, habida cuenta de los efectos que pueda tener la concentración de diversas actividades y emprendimientos económicas, productivas, recreativas, en el ecosistema de la cuenca.
8. Si han tomado parte en el proceso decisorio todas las jurisdicciones que integran la cuenca, a quienes corresponde la gestión integrada de los recursos hídricos y que se verían afectadas por un emprendimiento de esta magnitud, en un proceso de concertación federal.
9. Si ha tomado intervención en el proceso de concertación de políticas de gestión integrada el gobierno de la provincia de Entre Ríos y cuál ha sido su participación a la luz de la Ley provincial Anti-represas (Nº 9092), la Constitución local en lo que refiere a la gestión compartida de los recursos hídricos.
10. Si se ha tenido en consideración el antecedente judicial del fallo del juez federal de Paraná, Dr. Aníbal Ríos, del 2 de mayo de 1997 que declaró la inconstitucionalidad del decreto presidencial que impulsaba el proyecto de represa "Paraná Medio" en la zona en cuestión.
11. Si se ha contemplado la existencia de "sitios Ramsar" en el área del proyecto, zonas protegidas de importancia internacional que conforman un sistema de humedales de más de un millón de hectáreas en total, de relevancia nacional e internacional y el grado de afectación a la biodiversidad biológica presente en la zona.
12. Si se ha tenido en cuenta la voluntad política expresada por el Senado de la Nación a través de la reciente media sanción -por unanimidad- de un proyecto de ley de presupuestos mínimos ambientales de protección de los humedales que, entre otras medidas, propone el desarrollo de un proceso de "inventario nacional de humedales" a través de la articulación interjurisdiccional con las provincias, con el fin de promover la conservación y el uso racional de los humedales, mantener los procesos ecológicos y culturales de los humedales, garantizando los servicios ambientales que brindan, y proteger y conservar la biodiversidad de los humedales.
13. Si atento ello no considera que resultaría aconsejable la previa implementación de los mecanismos previstos en el proyecto de ley con media sanción.
14. Cualquier otra información que sirva al presente.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La preservación de un recurso natural esencial como el agua es un deber irrenunciable de los Estados y de la sociedad en pleno. Argentina tiene una organización política federal en la que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos hídricos, por lo que la gestión del agua es una responsabilidad de los gobiernos provinciales.
Pero, a su vez, cada una de las decisiones que se adopten con relación a los recursos compartidos ha de ser coordinada entre los distintos estamentos y jurisdicciones. No es posible asumir la gestión de los recursos hídricos en forma autónoma, sino que deben delinearse estrategias para la gestión integrada del agua. Es esta dimensión interjurisdiccional la que ha de primar para una gestión eficiente, tendiendo a la concertación de políticas y resolución de problemas que afectan a un sistema de cuenca y con ello trascienden a cada jurisdicción.
Tanto la gestión integrada de los recursos hídricos como la articulación de la gestión hídrica con la gestión ambiental son principios rectores de la política hídrica. Tales han sido los lineamientos que han definido las provincias a instancias de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación (verhttp://www.cohife.org.ar/PrincipiosRPH.html).
La incorporación de la dimensión ambiental en la gestión de los recursos hídricos implica establecer pautas de calidad ambiental, realizar evaluaciones de riesgo e impacto para proyectos específicos, evaluaciones estratégicas para preservar el equilibrio del ecosistema, y auditorías ambientales a los proyectos en ejecución. Se trata de abordar la problemática ambiental desde la concepción misma de los proyectos y programas hasta su materialización y continua evolución, garantizando en forma acabada la consulta y participación social, así como el pleno acceso a la información pública ambiental.
En estos días ha cobrado estado público la presunta promoción de varios proyectos de inversión por parte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, que incluirían, la construcción de una serie de represas en territorio argentino entre las que se encontraría la curiosamente llamada "río de llanura", conocida en ensayos anteriores como Paraná Medio.
En su paso por Rusia durante los primeros días de diciembre, en una "gira en búsqueda de inversiones" el ministro Julio de Vido presentó 15 obras de infraestructura ante un centenar de empresarios de dicho país. Luego se sumó a la cruzada por el continente asiático, el Ministro de Economía, Axel Kicillof, con el propósito de captar inversiones en China.
Fuentes periodísticas informan que las 15 obras -11 centrales hidroeléctricas, 3 acueductos y una torre de comunicaciones que en conjunto superarían los 19.000 millones de dólares- estaría previsto el aprovechamiento hidroeléctrico "Río de Llanura" entre las provincias de Corrientes y Santa Fe. Ello importaría reflotar el viejo proyecto conocido como represa "Paraná Medio" -que hace más de una década y media fuera desechado-, o activar otro proyecto nuevo similar para el aprovechamiento de una larga traza del río Paraná con potencial hidroeléctrico.
Como bien reseña el periodista Luís María Serroels, "el proyecto de la Represa de Paraná Medio fue planteado por los rusos en la década del '80 y acogido por organismos argentinos con centro en la Gerencia Paraná Medio de Agua y Energía. Se diluyó tras la guerra de Malvinas. En 1996 irrumpió una propuesta del consorcio norteamericano EDI (Energy Developers International) que entusiasmó al presidente Carlos Menem y se trasladó al gobernador de la provincia de Entre Ríos, Jorge Busti. En aquel momento una amplia movilización por parte de la sociedad civil y un fallo judicial que acogió un amparo contra la iniciativa, llevaron a que el propio mandatario provincial propicie una ley (la actual 9092) que declara a Entre Ríos libre de represas".
En el año 2003 la legislatura de la Provincia de Entre Ríos sanciona la Ley 9485/03 que declara Área Natural Protegida al sector del Paraná Medio de la Provincia de Entre Ríos. En ella se define un área que tendría como límite norte la provincia de Corrientes, al este las barrancas del Paraná, al oeste la provincia de Santa Fe y al sur el inicio del Delta, cerca de la ciudad de Diamante. El área comprende 267 kilómetros de largo y ancho variable, y abarca el corredor fluvial más importante del Litoral Argentino. "En 2008 se llegó más lejos aún al reflejarse todo este empeño en el artículo 85 de la nueva Constitución entrerriana (que protege al agua en tanto recurso esencial y obliga a la provincia a concertar con las restantes jurisdicciones el uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes), debiendo recordarse que en la reforma de la Ley Suprema en 1994, fue incluido el artículo 41 que garantiza un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano", dice Serroels. El subrayado es nuestro.
Continúa exponiendo "estas obras, presentadas como la panacea del desarrollo energético, cuando constituyen una verdadera amenaza para la biodiversidad y el medio ambiente. No sólo se dejan de construir represas en ríos de llanura -por sus efectos negativos y el elevado costo de reparación de los daños originados en su entorno, sino que, al igual que las plantas nucleares, las que están funcionando van siendo progresivamente desmanteladas". (1)
Reiteradamente se han opuesto objeciones a la instalación de represas en ríos de llanura, basadas en antecedentes, opiniones y criterios autorizados que provienen de especialistas de indubitable capacidad y solvencia técnica.
Un estudio de la Organización Mbiguá alerta sobre los considerables cambios que vienen experimentando las comunidades bióticas del río Paraná producto de las acciones de represamiento que se vienen llevando a cabo hace 50 años. Estas represas se encuentran establecidas sobre todo en la alta cuenca (Paraná Superior), pero afectan también considerablemente a los tramos inferiores de llanura, especialmente en el Alto Paraná, Paraná Medio e Inferior. Dado que la construcción de represas continúa desarrollándose, se experimentan constantes cambios negativos en función de las modificaciones introducidas por éstas, lo que hace muy difícil estudiar las comunidades bióticas.
En el Paraná reside el sistema de humedales tal vez más grande del mundo. No podemos ignorar la existencia en el área del proyecto, de dos sitios Ramsar (áreas naturales protegidas de humedales) de más de un millón de hectáreas en total. Las mismas forman parte de la lista de la Convención Internacional de Protección de los Humedales de Importancia Internacional.
Cabe recordar que debido a la construcción y llenado de la represa Yacyretá, el humedal que existía antiguamente ha desaparecido en gran parte bajo las aguas de dicha represa.
El escenario se agrava cuando, según información difundida recientemente por medios locales, existiría un llamado a licitación que data del mes de julio de este año con el propósito de avanzar en los estudios de Inventario y Pre Factibilidad de este mega proyecto, financiados por la Corporación Andina de Fomento (CAF). De ello se desprende que la Subsecretaría de Energía Eléctrica, del Ministerio de Planificación Federal, eligió destinar los fondos a estudios de inventario y prefactibilidad del aprovechamiento hidroeléctrico sustentable de un río de Llanura, que se orienta a reactivar el proyecto Paraná Medio Norte o un proyecto similar en esa zona.
El desconocimiento y la desinformación por parte de los habitantes de las provincias afectadas y el estado de preocupación que ello genera, habida cuenta de experiencias anteriores en el Paraná Medio, llaman imperiosamente a esclarecer la cuestión y disipar cualquier sospecha o suspicacia.
Es de suma trascendencia que cada una de las provincias afectadas tome la intervención necesaria, ya que cualquier obra que se propiciare en el Paraná, primero, afectaría sus recursos naturales, luego tratándose de un recurso compartido y esencial como el agua, ha de gestionarse en forma integrada, y por último, tendría impactos que habría que evaluar cuantitativa y cualitativamente debido al desequilibrio ambiental y ecológico que podrían generar en la cuenca interjuridiccional.
No se puede dar un paso en esta iniciativa sin la intervención obligatoria de las provincias de Santa Fe, Corrientes, Entre Ríos y Chaco, atento ser un río de aguas y gestión compartida.
La comunidad entrerriana en particular, que fuera protagonista de la lucha que dio origen al lema "¡Entre Ríos sí, entre represas no!", observa con recelo cualquier emprendimiento que pudiera menoscabar imperativos legales y constitucionales (ya describimos el proceso de sanción de la ley local N°9092 y el fallo de declaración de inconstitucionalidad de la época menemista).
"Por último, teniendo en cuenta que los ríos forman parte de la cuenca, (...) el monitoreo de las problemáticas ambientales, tales como la deforestación, conservación del recurso hídrico o conservación de la fauna deberían hacerse respetando las fronteras que imponen los ecosistemas afectados". (2) Y esto no sólo trasciende a las provincias sino también a las naciones.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia)