PROYECTO DE TP


Expediente 7871-D-2016
Sumario: PROGRAMA DE FORMACION PARA USO RESPONSABLE DE TARJETAS DE CREDITO. CREACION.
Fecha: 08/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA USO RESPONSABLE DE TARJETAS DE CRÉDITO
ARTÍCULO 1°.- CREACIÓN. Créase el Programa de Formación Para Uso Responsable de Tarjetas de Crédito, destinado a quienes soliciten por primera vez una Tarjeta de Crédito.
ARTÍCULO 2°.- OBJETIVO. El presente Programa crea un curso de información financiera, a cargo de los Bancos y Entidades Financieras emisoras de tarjetas de créditos, cuyo objetivo es brindar información precisa y completa sobre el uso responsable de las mismas. La finalidad última del Programa es lograr que los usuarios realicen un consumo razonable y responsable de las tarjetas de créditos, previniendo recurrentes y eventuales inconvenientes por ausencia o deficiencia de información.
ARTÍCULO 3°.- El curso de información financiera deberá contener información contundente con el fin de instruir al futuro usuario del servicio sobre el uso responsable del producto y generar conciencia sobre las operaciones que se proponen. En particular se deberá especificar:
a) Tarifas por gastos y comisiones, con indicación de los supuestos y la periodicidad de su aplicación. Comparación de las comisiones y cargos de las diferentes tarjetas de crédito disponibles en el mercado;
b) La tasa de interés y si es fija o variable, tasas de intereses compensatorios, punitorios o financieros;
c) Los montos mínimos y máximos de las operaciones individualmente consideradas;
d) Montos máximos de compras o locaciones, obras o retiros de dinero mensuales autorizados.
e) Compras en distintos números de cuotas. Su conveniencia. Intereses según el número de cuotas;
f) Modalidad de compra por Internet o en el exterior. Seguridad de los sitios;
g) Operaciones en moneda extranjera;
h) Las comisiones fijas o variables que se cobren al titular por el retiro de dinero en efectivo;
i) Costo financiero total en las operaciones de crédito;
j) Posibles problemas en el uso de la tarjeta de crédito;
k) Denuncia por Robo o Extravío. Procedimiento y responsabilidades;
l) Fecha de cierre contable de operaciones;
m) Plazo para el pago de las obligaciones por parte del titular. Consecuencias del incumplimiento;
n) Beneficios financieros por pago del saldo total al vencimiento, si se concedieran;
ñ) Opción de Pago Mínimo. Intereses. Conveniencia o no de esta modalidad de pago;
o) Posibilidad y proceso de refinanciación de deudas;
p) Causales de suspensión, resolución y/o anulación del contrato de Tarjeta de Crédito. Consecuencias;
q) Informar detalladamente al cliente, sobre los riesgos que conlleva una utilización inadecuada de la tarjeta de crédito. Del mismo modo, explicitar formas correctas de uso, aquellas que mejor se ajusten a la situación económica del usuario y que no afecten, en el presente ni en el futuro, su economía personal.
ARTÍCULO 4°.- Previo a la firma del contrato de las partes entre el Banco u otras Entidades Financieras y quien solicite por primera vez una Tarjeta de Crédito, se constatará que este último haya participado del curso de información financiera en forma fehaciente, según la modalidad optada por el Banco o la Entidad Financiera. Recién constatado tal requisito podrá procederse a la firma del contrato y a su ulterior otorgamiento y autorización de la tarjeta de crédito para su uso.
De otorgarse la Tarjeta de Crédito incumpliendo el requisito mencionado en el primer párrafo del presente artículo, el Banco o Entidad emisora recibirá una sanción o multa estipulada por el Banco Central de la República Argentina y deberá proceder a la inmediata cancelación de la Tarjeta otorgada.
ARTÍCULO 5°.- El curso de información financiera que comprende el presente Programa, será dictado por el Banco o Entidad que otorgue Tarjetas de Crédito. Para el mismo, el Banco o Entidad podrá optar por designar en cada una de sus sucursales un personal de la misma como encargado del dictado del curso cuya designación deberá ser notificada al Banco Central de la República Argentina, o por la realización del mencionado programa de manera virtual mediante un herramienta que esté disponible para su realización en su sitio Web. Esta será creada por el Banco Central de la República Argentina en base a lo dispuesto en el artículo 3°, el que pondrá a disposición de las Entidades y Bancos que presten el servicio de Tarjetas de Crédito.
ARTÍCULO 6°.- El Banco o Entidad que incluya entre sus servicios, la emisión de Tarjetas de Crédito, una vez finalizado el curso de información financiera, deberá remitir al Banco Central de la República Argentina copia de las constancias de asistencia al curso de información financiera de las personas que lo hubieren cumplimentado y se encuentren autorizados por el Banco o Entidad.
En caso de mora o incumplimiento total o parcial del requisito del artículo 6°, el Banco Central de la República Argentina aplicará la sanción o multa que para el caso establezca, intimando al pronto envío de la información requerida.
ARTÍCULO 7°.- El Banco o Entidad que preste servicios de Tarjetas de Crédito debe informar detalladamente al cliente sobre los riesgos que conlleva una utilización inadecuada de la tarjeta mediante anuncios visibles en cada cajero automático en el que pueda operar la tarjeta de dicho banco o entidad, en sus oficinas y en sus páginas web.
En caso de incumplimiento de este requisito se procederá conforme al último párrafo del artículo 6°.
Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto pretende que los bancos y entidades financieras, que dentro de su cartera de negocios tengan la prestación del servicio de tarjetas de crédito, antes de la formalización del contrato y la ulterior entrega de la tarjeta, brinden a aquellas personas que soliciten la misma por primera vez como requisito indispensable, información suficiente por medio de ciclos de formación, proponiendo como modalidad un ciclo con un mínimo de tres clases, las que deberán realizarse en un plazo no mayor a dos meses, o la realización del mismo de en forma virtual, y deberán estar compuestos de información sobre los distintos tecnicismos financieros, modalidades de uso de las tarjetas de crédito y eventuales riesgos que conllevan la mala utilización de la misma.
Las tarjetas de crédito, considerados por muchos como “dinero plástico”, pueden ayudar a salir de un apuro para adquirir en forma inmediata bienes y servicios, o en algunos casos para hacer compras en cuotas haciéndolo de manera más flexible para el consumidor, a la vez que le evita cargar dinero en efectivo.
Pero pueden convertirse en un problema si no se sabe como manejarlas adecuadamente, pues existe el peligro gastar más de lo previsto, o de pagar un precio más alto por un bien adquirido con tarjeta de crédito, debido a los intereses que se cobran, cuestiones que en la mayoría de los casos esta información es pasada por alto por el usuario de la misma por no contar suficiente instrucción sobre el uso adecuado.
Si bien es cierto que la economía de mercado necesita libertad para desarrollarse convenientemente y crear riqueza, no lo es tanto la creencia de que el mercado se regula sólo. Si así fuese, no serían necesarios los organismos de defensa del consumidor.
Dicha libertad de maniobra operativa deja de serlo, pasando a ser libertinaje, cuando los intereses de unos pocos agreden a los de una mayoría. Este es el caso de los costos de las tarjetas de crédito, y los poderes ejecutivo y legislativo deben intervenir, sin demora, para evitar el comportamiento paralelo que están mostrando las distintas entidades financieras generando graves perjuicios en situaciones económicas personales de un gran número usuarios de este importante servicio, situación que se agudiza dada las contingencias económicas actuales.
Por otro lado, los bancos y entidades financieras que prestan el servicio de tarjetas de crédito han fomentado el “carruseles o bicicleta financiera”, conscientes de que es un buen negocio el concederle crédito al consumidor, para que éste pueda cancelar las deudas de sus otras tarjetas de crédito. Todos salen ganando, menos el consumidor que tiene que pagar intereses sobre intereses.
Cuando, finalmente, al consumidor se le agotan las posibilidades de conseguir otra tarjeta de crédito, con la que cubrir las deudas de las anteriores, la rueda se rompe. Las entidades de crédito, gracias a las tasas de interés elevadísimas que aplican a este producto, han recuperado el capital prestado con un rendimiento más que aceptable. Sin embargo, el usuario se encuentra en un callejón sin salida y queda estigmatizado, con un historial crediticio seriamente deteriorado, que le impide acceder a productos financieros más ventajosos para él.
Lamentablemente, muchos ciudadanos se encuentran ya en una situación de atraso en los pagos que ha deteriorado, si no destruido totalmente, su calidad como sujeto de crédito afectando su capacidad de consumo. Muchas de éstas situaciones se producen o se agudizan en momentos en que los recursos de las personas, salarios, se encuentran sumamente debilitados dada la coyuntura económica actual. Es entonces es allí donde más responsables deben ser los usuarios y consumidores en el modo de adquisición de los bienes y servicios que requieran, dotándolos de conocimientos que les sirvan de herramientas para un consumo razonable, sostenible y adecuado.
Los problemas de sobre-endeudamiento se han debido no tan solo al uso irresponsable de las tarjetas de crédito por parte del consumidor, sino también, en gran medida, a la agresividad comercial de las entidades financieras para colocar este producto. Tanto es así, que no solo han facilitado el acceso a personas que por su nivel de ingresos difícilmente podían asumir las deudas contraídas, sino que progresivamente les han ido ampliando el límite del crédito creyendo de este modo el usuario que cuenta con mayor poder adquisitivo, lo que resulta sumamente inadecuado y peligroso para sus finanzas personales.
En resumen, han convertido en necesidad, lo que tradicionalmente era un lujo para un ciudadano medio. Ante ello, es de suma importancia dotar a los usuarios de este servicio, de conocimientos suficientes sobre los distintos aspectos, tanto beneficios como eventuales inconvenientes que pueden derivar de la utilización de una tarjeta de crédito, orientándolos hacia su uso razonable y responsable, a fin de que no comprometan su economía personal, derivando ello en serios inconvenientes en la economía del grupo familiar.
Estimamos que tal vez la medida que mediante el presente proyecto se propone no resulten de total agrado de los bancos y entidades financieras que prestan éste servicio, que podrán argüir que ya brindan información suficiente a sus clientes, que llevar adelante los Ciclos de Formación les generaría un costo a las mismas, entre otras. Lo cierto es que lo que se propone brindaría mayor calidad al servicio prestado, que al evitar inconvenientes financieros de sus clientes les permitiría a estos continuar con sus niveles de consumo cuando éste es adecuado, lo que redundará en la continuidad y mejora de las utilidades provenientes de este servicio.
Son muchas las particularidades de índole técnico financieras que rigen los sistemas de tarjetas de crédito, de las cuales muy pocas se conocen en profundidad por parte de los usuarios de éste servicio. Es por ello que proponemos mediante el presente proyecto algunas medidas que podrían ponerse en marcha, para que las tarjetas de crédito dejen de ser un problema para el consumidor y sean un beneficio tanto para éste, como para los bancos y entidades que presten el servicio de tarjetas de crédito, para los comerciantes y para el movimiento interno de las economías locales, provinciales y nacionales.
Atento a contribuir con la necesidad de un consumo sano, responsable y razonable de los particulares usuarios del mencionado servicio, mediante información certera y de utilidad a tales fines, y velar por los intereses de los usuarios y consumidores, solicito a mis pares el acompañamiento al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
FINANZAS