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PROYECTO DE TP


Expediente 7827-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA DEJAR SIN EFECTO LA CONTRATACION DEL "ESTUDIO DE ABOGADOS CLEARY, GOTTLIEB, STEEN & HAMILTON LLP.", RADICADO EN LA CIUDAD DE NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, QUIENES REPRESENTAN Y ASESORAN A LA REPUBLICA ARGENTINA EN TODO LO RELACIONADO CON LA DEUDA EXTERNA, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 02/11/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 158
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, que por intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, proceda a dejar sin efecto la contratación del Estudio de Abogados Cleary, Gottlieb, Steen &Hamilton LLP. de la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, que representan y asesoran a la Argentina, en todos los juicios y negociaciones relacionadas con la deuda externa del país, que se sustancian en los Estados Unidos y en otras jurisdicciones.
Además, de lo anteriormente peticionado, solicitar al Poder Ejecutivo, para que por intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas públicas, proceda a llamar a una licitación internacional a los efectos de contratar nuevos consultores jurídicos externos a los efectos de actuar en todos los procesos en los cuales la Argentina ha sido demandada en los tribunales extranjeros, como así también prestar servicios de asesoramiento en todo lo relacionado con las referidas ejecuciones. A los efectos de la referida contratación, será un requisito fundamental, que los profesionales elegidos no hayan actuado en representación de instituciones financieras que hayan tenido litigios con ninguna nación por la ejecución de deuda soberana.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


De acuerdo a las informaciones que se conocen, los abogados que representan a la Argentina, en los juicios que se llevan a cabo en los Estados Unidos y en otras jurisdicciones son Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton LLP. En el caso planteado recientemente sobre el embargo y detención de la Fragata Libertad, también han intervenido, subcontratando a profesionales que actúan en Ghana, lo que supone la confianza del gobierno argentino en la actividad profesional de los referidos letrados.
A través de las investigaciones que hemos realizado, tomamos conciencia de una realidad sustancialmente distinta que hace aconsejable, dejar sin efecto la contratación de tales abogados, y la necesidad de llamar a una licitación internacional, para que en un proceso transparente se puedan elegir profesionales, cuyos antecedentes los hagan más confiables para enfrentar cualquiera de los procesos judiciales que se llevan a cabo en el exterior de la Argentina, teniendo como requisito no haber representado a instituciones financieras en litigios por la ejecución de deuda soberana.
El Estudio de Abogados Cleary, Gottlieb, Steen y Hamilton LLP, fue fundado en Nueva York en 1946 por Henry J. Friendly, que fue Juez de la Corte de Apelación para el Segundo Distrito de Nueva York; George Ball, que actuó como Subsecretario de Estado y Embajador en las Naciones Unidas; y, Fowler Hamilton, que ocupó la dirección de la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID, por su sigla en inglés). Luego de fusiones y transformaciones el bufete adoptó el nombre con el que actualmente se lo conoce.
Su prestigio comenzó a aumentar debido a una especial vinculación con Jean Monnet, arquitecto-jefe de lo que sería la Unión Europea, y en 1971 la apertura de las oficinas en Londres lo ubicaron en una posición de liderazgo en Europa. Empero, su real posicionamiento comenzó cuando se estructuró el Plan Brady entre 1990 y 1995 en
distintos países, y el bufete se encargaría de todas las negociaciones, asesorando a los países deudores como México, Argentina, Chile, Uruguay, Ecuador. Luego continuaría con su asistencia profesional a estos países, a Brasil y Bolivia.
Han asesorado -y continúan haciéndolo- a empresas multinacionales y a las más importantes instituciones financieras, como el Citibank, ABN AMRO, Citigroup Global Markets, Bank of America, HSBC, Goldman Sachs, Royal Bank of Canada, Deustche Bank, BN Paribas, Crédit Suisse, Crédit Lyonnais, BBVA, Société Générale, contando entre sus especializaciones, la defensa de ejecutivos involucrados en delitos financieros.
Sus abogados desempeñaron importantes cargos públicos, como: Secretario de Política Tributaria del Tesoro de Estados Unidos, Director de División Financiera Corporativa de la SEC, Juez de la Corte Suprema de los Estados Unidos, Abogados del Tribunal de la Comunidad Europea, ejecutivos del New York Times, miembros del organismo de apelación de la Organización Mundial de Comercio.
Además de la sospechosa aparición simultánea en países que debían restructurar o refinanciar su deudas durante la década del 90, fueron contratados por la República Argentina en el año 1990, participando en todos los procesos que dieron lugar al Plan Financiero 1992, llamado comúnmente Plan Brady, que determinó la más grande restructuración de la deuda externa de la década del 90. Ese Plan que determinó que la deuda externa siguiera creciendo de manera exponencial, contó con clausulas violatorias del ordenamiento jurídico del país, participando esos abogados en asesorar a la Nación para que esta renunciara a todo tipo de inmunidades, se sometiera sin limitaciones a la legislación extranjera, declinando toda posibilidad de cualquier cuestionamiento contractual que le otorgara la legislación vigente, y aun la que pudiera dictarse en el futuro. Es decir que tales profesionales no prestaron al país el asesoramiento que resultaba aconsejable, sino que lo impulsaron a abdicar su condición soberana, estableciendo con minuciosidad clausulas de renuncia a todo derecho que pudiere tener al emitir los bonos Brady y firmar los contratos que se formalizaron con la banca extranjera, a quien se le dio la administración de la deuda entre los años 93 al 95, cuestión esta que no tiene antecedentes en nuestra historia independiente.
Los abogados Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton, siempre se limitaron a enviarle al gobierno argentino los contratos y proposiciones de los acreedores, sin cuestionar las
exigencias improcedentes de estos. El Poder Ejecutivo firmó todo aquello que se le hizo llegar, debido a que la Procuración del Tesoro, que desconocía la legislación norteamericana, también aceptó las exigencias de los banqueros, confiando en la manifestación que le hicieran los abogados norteamericanos, respecto a la legislación aplicable.
Estas particulares formas de asesoramiento externo, también la realizaron estos abogados en la República del Ecuador, hasta el año 2008, en que la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC) elevó una nota al Presidente Rafael Correa para que se dejara sin efecto esa contratación, por todas las irregularidades e ilegalidades advertidas en los procesos de restructuración de la deuda de ese país. Debido a esa presentación el gobierno dio por terminadas las funciones de los abogados.
Cuando en el año 2004, el Presidente Néstor Kirchner emitió el Decreto 319, para sentar los lineamientos del canje que se efectuaría en el 2005, hizo constar que:" Que por el Artículo 3° del Decreto N° 749 de fecha 3 de mayo de 2002, se aprueba la contratación del estudio CLEARY, GOTTLIEB, STEEN & HAMILTON para desarrollar, entre otras, tareas de asesoramiento jurídico en las negociaciones con los acreedores externos, teniendo en cuenta para ello que desde el año 1989 -comienzo de las negociaciones que derivaron en el Plan Financiero 1992 ("Plan Brady")- la REPUBLICA ARGENTINA es asesorada por el mencionado estudio jurídico; tarea que ha incluido servicios en todas las operaciones de crédito público realizadas en los mercados financieros de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y EUROPA, desde el año 1992 hasta la fecha. La referencia del Presidente Kirchner al decreto suscripto por el Presidente Eduardo Duhalde se debía a que en ese Decreto 749, se hizo constar que "desde el año 1989, comienzo de las negociaciones que llevaron a lanzar el Plan Financiero 1992 ("Plan Brady"), la REPUBLICA ARGENTINA es asesorada jurídicamente por el estudio de abogados estadounidense CLEARY, GOTTLIEB, STEEN & HAMILTON; tarea que ha incluido servicios en todas las operaciones de crédito público realizadas en los mercados financieros de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y EUROPA, desde el año 1992 hasta la fecha.
Que además de su extenso conocimiento de la deuda argentina por las razones invocadas precedentemente, el estudio CLEARY, GOTTLIEB, STEEN & HAMILTON, tiene una profunda experiencia en el asesoramiento de estados soberanos.
Que en tal sentido, la firma CLEARY, GOTTLIEB, STEEN & HAMILTON, reúne las condiciones requeridas por el gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA para el cumplimiento de los objetivos propuestos dado su trayectoria y prestigio internacional y su conocimiento de la deuda pública argentina, en particular.
A partir del Decreto de Kirchner, los abogados Cleary, Gottlieb, Steen &Hamilton fueron los encargados de todo el proceso relacionado con el canje del 2005, actuaron después en el del canje del 2010, materia de una denuncia que presentáramos en la justicia en lo Criminal y Correccional Federal; y actualmente son los que intervienen en la acción judicial llevada a cabo por el fondo de inversión NML.
Los antecedentes sobre la actuación de estos abogados en defensa de la Argentina, evidencian que no cumplieron con lo que cabe esperar de profesionales comprometidos en defender los intereses de una nación, sino que muy por el contrario, solo ejercieron una representación convencional, sometiéndose sin objeciones a las presiones y exigencias de la banca acreedora desde 1989 hasta la fecha. La actuación que llevan a cabo actualmente en los juicios que se desarrollan en Nueva York, tiene nada más que el propósito de eludir el embargo de bienes, pero no realizaron ninguna acción importante para cuestionar los títulos de deuda que se ejecutaron en esa jurisdicción. Por otra parte el ser asesores de importantes bancos que fueron acreedores de la Argentina y que todavía lo son a través de los bonos de deuda emitidos a partir del año 2005, revela una clara incompatibilidad defensiva, que solo perjudica los derechos de nuestro país, al encontrarse con una asistencia profesional acotada a evitar perjudiciales medidas cautelares.
Tenemos la plena convicción que la permanencia de los abogados mencionados, como representantes legales de la Argentina, no resulta conveniente y es necesario, sustituirlos por profesionales con una concepción distinta de los que representa un Estado soberano como el nuestro. No es posible seguir admitiendo renuncias que afectan la dignidad de la República, contradicen su tradicional doctrina sobre la jurisdicción, y la imposición de clausulas contractuales humillantes. Es necesario recuperar la voluntad de plantarse frente a los acreedores, utilizando todos los recursos legales que se disponen, para terminar con décadas de sometimiento y claudicación.
Por lo anteriormente expuesto, solicito a mis pares se sirvan acompañar este Proyecto de Resolución
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
COMI, CARLOS MARCELO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)