Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 7697-D-2013
Sumario: ALIMENTOS Y BEBIDAS SALUDABLES: INCORPORACION PARA SU VENTA EN MAQUINAS AUTOMATICAS EXPENDEDORAS.
Fecha: 28/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


REGULACIÓN KIOSCOS ESCOLARES Y PROMOCIÓN DE ALIMENTACIÓN SALUDABLE
ARTÍCULO 1°: La presente Ley tiene por objeto promover la alimentación saludable y segura de niños, niñas y adolescentes en edad escolar, a través de políticas de promoción y prevención de la educación alimentaria y regulación de kioscos, cantinas o similares en establecimientos educativos.
ARTICULO 2º: A los efectos de esta Ley se considera alimentación saludable y segura aquella que aporta cantidad equilibrada, variada y suficiente de nutrientes y energías.
ARTICULO 3°: La Autoridad de Aplicación de la presente ley será ejercida en forma conjunta por el Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Educación, por medio del organismo que dispongan.
ARTICULO 4°: La Autoridad de Aplicación deberá promover en el marco del Consejo Federal de Salud - CO.FE.SA.-, en articulación con el Consejo Federal de Educación - C.F.E. -, la implementación de la presente ley en el ámbito de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación con el Consejo Federal Legislativo de Salud- CO.FE.LE.SA-.
ARTICULO 5°: La Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes funciones:
a)- Elaborar principios de alimentación saludable específicos para los establecimientos educativos teniendo en cuenta los difundidos por la OMS y bajo la elaboración y seguimiento de profesionales especializados.
b)- Diseñar guías de alimentos y bebidas saludables para difundir en toda la comunidad educativa y promover una alimentación saludable.
c)- Propiciar la inclusión de los alimentos saludables determinados en los principios de alimentación saludable y guía de alimentos y bebidas saludables.
d)- Elaborar y suministrar material para la difusión y para la realización de campañas y talleres permanentes de concientización con criterio pedagógico-educativo acorde a cada nivel, tanto en las instituciones escolares como en los medios masivos de comunicación y las redes sociales.
e)- Controlar que la venta de alimentación saludable se haga efectiva en los kioscos, cantinas o similares de los establecimientos educativos de acuerdo a los principios y a las guías de alimentación.
ARTICULO 6º: Las máquinas expendedoras que se encuentren ubicadas dentro de las instituciones educativas deberán ofrecer posibilidad de adquirir alimentos saludables.
ARTICULO 7°: Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir o a adecuar su legislación a la presente ley.
ARTICULO 8°: El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley dentro de los noventa (90) días de promulgada.
ARTICULO 9°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Si bien el Estado Nacional desde hace tiempo ha tomado múltiples medidas para favorecer los hábitos de alimentación saludable creemos que es necesario sancionar una ley que promueva una alimentación saludable que contribuya a hábitos de vida sana, y una ley que regule todos los kioscos escolares o cualquier lugar de venta de alimentos en los establecimientos educativos.
El expendio de alimentos que se produce en los kioscos de los establecimientos educativos esta dirigido exclusivamente a niños, niñas y adolescentes en edad escolar, y es en esta edad donde uno puede y debe estimular hábitos apropiados en el cuidado de la salud para que se tornen duraderos en el tiempo, y de esta manera lograr un cambio cultural.
Las familias, las instituciones escolares, los medios masivos de comunicación y las redes sociales son muy importantes en la conformación de la cultura alimentaria; de hecho, a través de las intervenciones educativas se condicionan conductas que pueden modificar, incluso, hábitos que las niñas y los niños desarrollaron durante su primera infancia.
Generalmente los kioscos escolares se otorgan en concesión sin contar con parámetros referidos a la salud y nutrición de los consumidores. Olvidándose que los consumidores principales son alumnos entre 6 y 17 años, que se encuentran en plena etapa de crecimiento, por lo cual deberían consumir alimentos un poco más saludables.
En la mayoría de los kioscos se expende comida poco saludable. Esto lleva a imposibilitar al niño, niña o adolescente elegir, ya que no existen las opciones necesarias y entonces se le priva del derecho que tiene toda persona a elegir.
Lamentablemente el lugar físico y la ubicación otorgada a los kioscos en la escuela hace que la mayoría no cuente con un adecuado diseño y lugar que les facilite el expendio de comidas saludables (por ejemplo instalaciones de agua, luz para refrigerador, etc.). Esto sumado a otros contratiempos facilita el expendio de comida "chatarra" o poco saludable, compuesta generalmente por dulces y grasas.
La escuela es uno de los lugares donde la mayoría de los niños, niñas y adolescentes pasan la mayor cantidad de tiempo, sumado a que los hábitos alimentarios se aprenden de chico y es un proceso, por lo cual vemos la necesidad urgente de la implementación de este proyecto.
Consideramos que transformar los hábitos en dirección a una alimentación saludable es un cambio cultural, y como todo cambio cultural implica un proceso paulatino y extendido en el tiempo.
Creemos que un kiosco saludable debería cumplir con determinadas características:
-promover la salud nutricional de la comunidad educativa, ofreciéndoles a los consumidores la posibilidad de optar por alternativas saludables de alimentación.
-permitir reforzar hábitos saludables en términos de consumo de alimentos sanos, compra saludable, porción de alimentos, entre otros.
En resumen, el kiosco saludable permitiría estimular decisiones responsables en los alumnos a través de las alternativas que se les ofrecen, e incorporar a toda la comunidad educativa y las familias en este proceso de promoción de hábitos saludables.
La implementación de la regulación de kioscos saludable y de la promoción de una alimentación saludable es, sin duda, el paso necesario en dirección al fortalecimiento al derecho a elegir que tiene toda persona.
Si el expendio de alimentos saludables se instala en la escuela ofreciendo: frutas, lácteos, cereales, aguas, bebidas reducidas en calorías, los niños podrían ejercer libremente su derecho a elegir y necesariamente en el tiempo cambiarían los hábitos. Sabemos que cuando las conductas se instalan en la escuela, desde el marco de la libertad (y no de la prohibición innecesaria) se van conformando hábitos que tienen mayor probabilidad de ser sustentables toda la vida.
En varias provincias como en el Chaco, Santa Cruz, Catamarca, entre otras, comenzaron a implementarse kioscos saludables. Y también existen algunas leyes sobre la salud nutricional de la población, como la de regulación y creación de kioscos saludables de la Ciudad de Buenos Aires que se tuvo en cuenta para la elaboración del presente proyecto de Ley. Estamos convencidos que todas estas acciones conjuntas con una ley como ésta que regula el funcionamiento llevarán a un cambio de hábitos de alimentación a futuro.
El Dr. Esteban Carmuega, director del CENSI (Centro de Estudios sobre Nutrición Infantil), expresa preocupación sobre esta temática al hacer referencia a que "la mitad de la población adulta de la Argentina tiene sobrepeso u obesidad y la mitad de ellos salieron de la niñez u adolescencia con ese problema. Por lo tanto, el momento oportuno para la prevención es la infancia".
En el año 2005 se realizó la Encuesta de Nutrición y Salud, y los datos arrojados por la misma indican que en el país el sobrepeso de la población alcanza un 31,5%. Un 10% de los niños ingresan a la escolaridad con obesidad y un 21% con sobrepeso.
Este proyecto de Ley pretende garantizar los derechos ciudadanos otorgando la posibilidad de elegir una alimentación saludable.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares me acompañen con su voto favorable.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GUZMAN, OLGA ELIZABETH NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
COMERCIO