Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 7662-D-2010
Sumario: EXIGIR LA INMEDIATA DESIGNACION DEL CONSEJO ASESOR DEL INCAA, CREADO POR LA LEY 17741 Y DE LOS RESPECTIVOS COMITES DE SELECCION DE PROYECTOS ANTE EL RIESGO DE PARALIZACION QUE PODRIA SUFRIR GRAN PARTE DEL CINE ARGENTINO.
Fecha: 19/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Exigir la inmediata designación del Consejo Asesor del INCAA, creado por la Ley 17.741, y de los respectivos comités de selección de proyectos, ante el riesgo de paralización que podría sufrir gran parte del cine argentino.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 17.741, del 14 de mayo de 1968, más conocida como la "Ley de fomento de la actividad cinematográfica nacional", creó el Instituto Nacional de Cinematografía, como un ente autárquico dependiente de la Secretaría de Difusión y Turismo de la Presidencia de la Nación. Su función concreta era el fomento y la "regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo a las disposiciones de la presente ley". Asimismo, se le otorgaba la conducción del organismo a un Director Nacional de Cinematografía y un Subdirector.
Posteriormente, el 28 de septiembre de 1994, el Congreso de la Nación logró sancionar la Ley 24.377, modificatoria de la Ley 17.741, otorgándole al INCAA el carácter de ente autárquico dentro de la Secretaría de Cultura del Ministerio de Educación de la Nación. A su vez, modificó la estructura de gobierno del Instituto, creando la Asamblea Federal integrada por "los señores secretarios o subsecretarios de Cultura de los poderes ejecutivos provinciales y los de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires" y el Consejo Asesor, "integrado por 11 miembros designados por el Poder Ejecutivo: de los cuales cinco (5) serán propuestos por la Asamblea Federal, nombrando personalidades relevantes de la cultura, uno (1) por cada región cultural, y los restantes seis (6) serán propuestos por las entidades que, con personería jurídica o gremial, representen a los sectores del quehacer cinematográfico enumerados a continuación, las que propondrán personalidades relevantes de su respectivo sector de la industria. Si existiese en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial, dicha propuesta será resuelta en forma conjunta, quedando vacante el lugar respectivo hasta tanto no se produzca el acuerdo entre ellas, las entidades propondrán: dos (2) directores cinematográficos; dos (2) productores, uno de los cuales deberá ser productor de series, miniseries, telefilmes o películas destinadas a la exhibición televisiva o por medio de videocassettes; un (1) técnico de la industria cinematográfica y un (1) actor con antecedentes cinematográficos."
Como consecuencia de esta reforma, los deberes y funciones del Director del INCAA pasaron a ser, entre otras: a) Inspeccionar y verificar por intermedio de sus funcionarios debidamente acreditados, el cumplimiento de las leyes, reglamentaciones y resoluciones que rigen la actividad cinematográfica y la exhibición de películas. Para el desempeño de esa función podrá inspeccionar los libros y documentos de los responsables, levantar actas de comprobación de las infracciones, efectuar intimaciones, promover investigaciones, solicitar el envío de toda la documentación que se considere necesaria, ejercer acciones judiciales, solicitar órdenes de allanamiento y requerir el auxilio de la fuerza pública; b) Designar jurados, comisiones o delegaciones, que demande la ejecución de la presente ley; c) Proyectar y someter a resolución de la Asamblea Federal, los estudios económicos y técnicos que sirvan de base al plan de acción anual; d) Proponer a la Asamblea Federal las reglamentaciones necesarias para la aplicación de la presente ley.
La Asamblea Federal se creó con las siguientes funciones y atribuciones, entre otras: a) Formular las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales; b) Recepcionar anualmente la rendición de cuentas del Consejo Asesor y del Director del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales; c) Elevar a la Auditoría General de la Nación los estados, balances y documentación que establece la Ley de Administración Financiera y Control de Gestión del Sector Público; d) Designar anualmente a cinco (5) miembros para integrar el Consejo Asesor.
Por último, el Consejo Asesor se creó con el fin de aprobar o rechazar los actos realizados por el director, ejercidos de acuerdo a las atribuciones conferidas en el artículo 3º, en los incisos a), g), k), l), y n), y designar comités de selección para la calificación de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta ley; los que se integrarán con personalidades de la cultura, la cinematografía y artes audiovisuales.
Una vez rediseñado el sistema de gobierno del INCAA, a través del Decreto N° 552 de fecha 19 de abril de 1995 se procedió a designar los titulares del CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES. Se designó a propuesta de la ASAMBLEA FEDERAL del organismo mencionado, al señor León Ernesto REPETUR (L.E. N° 8.159.111) por la ZONA CUYO, al señor José Mario CARRER (L.E. Nº 7.067.139) por la ZONA NOROESTE, a la señora Norma Haydeé DURANGO (DNI. Nº 10.286.681) por la ZONA PATAGONIA, al señor Raúl Alberto BERTONE (DNI. Nº 10.189.493) por la ZONA NORESTE, al señor Luis Rodolfo VERDI (DNI. Nº 8.502.001) por la ZONA CENTRO; y a propuesta de las entidades representativas del quehacer cinematográfico, al señor Oscar BARNEY FINN (DNI. Nº 5.175.706) por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE DIRECTORES DE CINE, al señor Juan Bautista STAGNARO (L.E. Nº 4.513.034) por DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRÁFICOS, al señor Carlos Roberto MILLER (L.E. Nº 8.489.208) por el SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRÁFICA ARGENTINA y al señor Juan BORRAS (DNI. Nº 1.912.632) por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES.
Es muy importante destacar que en dicho momento, no se había logrado acuerdo en las entidades de "producción", por lo que se procedió a dejar vacante su representación. Así lo establecían los "considerando" del Decreto: "Que atento no haberse resuelto en forma consensuada la propuesta de las entidades de la producción, y a efectos de no dilatar el nombramiento de los restantes integrantes del mencionado Consejo, corresponde propiciar la presente medida, y dejar vacante el lugar respectivo hasta tanto se produzca el necesario acuerdo entre ellas, de conformidad a lo establecido en el anteúltimo párrafo de la norma aludida."
Al año siguiente, el 30 de Abril de 1996, se llegó a un consenso dentro de las entidades de la producción cinematográfica, y en consecuencia, se dicta el Decreto 466/1996 por el cual se designó a propuesta de dichas entidades al señor Osvaldo Jorge PAPALEO (D.N.I. Nº 5.190.018) y al Doctor Juan Carlos GARATE (L.E. N° 255.800).
Cumplidos una vez los mandatos, el Ejecutivo Nacional procedió a renovar los miembros del Consejo Asesor del INCAA, para lo cual se firma, el 13 de enero de 1997, el Decreto 10/1997.
En 1998, a la hora de renovar el Consejo Asesor, no se logró, por segunda vez en la historia del Consejo Asesor, el consenso entre las entidades vinculadas a la producción cinematográfica. Por ello, a través del Decreto 629/1998 se procede a designar a los restantes miembros del órgano de co-gobierno y dejar vacante los lugares de dicho sector.
Desde entonces no hay registros de nuevas designaciones para renovar la integración del Consejo Asesor del Instituto Nacional de Cines y Artes Audiovisuales. Entonces, cabe preguntarnos si hubo intentos de constituir el Consejo Asesor. Claro que sí, ante la presión de varios productores y organizaciones, el ex presidente del INCAA, Jorge Álvarez, firmó la Resolución 1058/2006, convocando a las entidades del quehacer cinematográfico para la conformación del Consejo Asesor, en los términos del artículo 2º de la "Ley Nº 17.741. En los considerandos de la resolución se afirma que "la Asamblea Federal concretó la propuesta de los cinco miembros de cada región cultural para que conformen el Consejo Asesor y aprobó el mecanismo adoptado a tal fin" y que "la integración del Consejo Asesor no puede verse demorada por la falta de acuerdo entre los representantes de determinado sector del quehacer cinematográfico". En este sentido, se intima a los distintos rubros de la industria del cine a que elijan sus representantes al Consejo Asesor en un plazo de 30 días corridos, "bajo apercibimiento de enviar la propuesta de designación del resto de los miembros al Poder Ejecutivo Nacional, dejándose vacante los cargos aludidos." ¿Qué pasó vencido el plazo? Se enviaron casi todos los representantes por consenso, salvo cuatro que no lograron la unanimidad de sus sectores. ¿Se conformó el Consejo Asesor dejando vacante los lugares que no se lograron acordar como en otras oportunidades? No! Pasó un año, y ya con Liliana Mazure al frente del INCAA se envía el 14 de septiembre de 2009 una nota a todas las ramas de la industria confirmándoles que el Expediente Nº 2283/2006 (expediente de designación de los integrantes del Consejo Asesor) se ha remitido a la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación. ¿Se firmó entonces el decreto para poner en marcha el Consejo Asesor? No, tampoco. Desde septiembre de 2009, el expediente sigue estancado en la Secretaría Legal y Técnica.
Ante este eterno retraso, como ciudadano he presentado una nota de Acceso a la Información Pública (Decreto 1172-2003) ante el INCAA solicitándole me envíe el listado de integrantes del Consejo Asesor. Dicha nota lleva el número 112140 y fue presentada el 22-9-2010. El 8 de octubre pasado he recibido una respuesta firmada por la presidenta del instituto, la que explica la no-formación del Consejo Asesor y expresa lo siguiente: "La gestión que presido ha trabajado intensamente en conformación definitiva del Consejo Asesor, lo cual ha sido sumamente complejo, ya que la Ley Nº 17.741 establece el consenso y la unanimidad en el sector de Directores y Productores, donde existen numerosas entidades, que luego de intensas negociaciones, no han logrado el acuerdo exigido por Ley". Esta respuesta es, por cierto, inconsistente y preocupante. ¿El Consejo no se designó por que se necesita unanimidad en el sector productores y directores? ¿No era que en 2006 se había intimado a entregar los representantes y si no quedaban vacantes para que el Consejo pudiera funcionar? ¿El expediente Nº 2283/2006 no está ya hace un año en Legal y Técnica para su firma? ¿Por qué tanto retardo para cumplir con la ley y garantizar la representación de toda la industria del cine en el gobierno del INCAA?
Quizás debamos buscar la respuesta en la naturaleza del funcionamiento que el INCAA ha tenido desde 2002. Desde entonces, hasta la fecha con el transcurso de tres gestiones (Coscia - Alvarez - Mazure), ha habido un funcionamiento bastante irregular del organismo. Porque al no funcionar el Consejo Asesor, no hubo designaciones de los integrantes de los comités de selección para la calificación de los proyectos que aspiraban y aspiran obtener los beneficios de la ley de cine. Es decir, sin Consejo Asesor, no hay CINE: no se pueden otorgar subsidios y créditos para producir el cine argentino. Ahora bien, todos sabemos que se han seguido otorgando estos beneficios. Y por ello se ha producido un manejo irregular de los fondos, otorgándose por fuera de lo estipulado en la ley. Se han distribuido fondos por el inciso 3-J, se han nombrados comités de evaluación a dedo, por resolución de la presidencia del instituto, algo no solo ilegal sino alarmante cuando uno comprueba el destino de los fondos y el manejo presupuestario del área.
En varias oportunidades los dos principales organismos públicos de control, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y la Auditoría General de la Nación (AGN), hicieron llegar al INCAA duras observaciones sobre el desmanejo presupuestario. La SIGEN hasta llegó a advertir que "la calidad de los controles existentes evidencia altas probabilidades de ocurrencia de desvíos, errores o irregularidades". Hay más. Gracias a las observaciones de los organismos de control, hoy la justicia está investigando para establecer si Jorge Coscia, hoy Secretario de Cultura de la Nación, pero titular del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) durante la presidencia de Duhalde, sacó provecho personal del manejo de la millonaria caja del INCAA a través del inciso 3-J, ya que se observó un injustificado aumento patrimonial en sus declaraciones juradas. Esa norma permite la entrega de subsidios directos de parte de las autoridades del INCAA a los cineastas, y los peritos analizan unos 300 expedientes sobre ayudas monetarias, por valores que en cada caso van desde los 500 mil pesos a 3 millones de pesos, indicaron las fuentes.
El juez federal Norberto Oyarbide, con intervención del secretario Guillermo Russo, ahonda la investigación luego de que se lo ordenara la Sala I de la Cámara Federal en la causa número 4500/07, la cual intenta determinar si Coscia se enriqueció ilícitamente o no durante su paso por el INCAA. Oyarbide había sobreseído a Coscia, pero el fiscal Eduardo Taiano se opuso alegando que estaban pendientes medidas de prueba y apeló a la Cámara Federal, donde los jueces Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, en marzo pasado, dieron la razón al acusador y revocaron el sobreseimiento por prematuro, a la vez que ordenaron al juez que profundice la pesquisa.
Esta realidad que se vivió en el Instituto encargado del fomento del cine en nuestro país no se ha modificado. Veamos, ahora, como se ha desempeñado la actual presidenta del INCAA. Liliana Mazure fue fundadora de la cooperativa Kaos Limitada (constituida el 7 de Julio de 1994), cooperativa que en la actualidad dirige Marcelo Schapces y de la cual Oscar Azar es apoderado. Mazure ha designado, por resolución, a varios de los miembros de Kaos en cargos dentro del Instituto. En 2009, designó a Schapces como productor de INCAA TV ((Resol. 2589/2009), y por Res. 1301/10 designó a Azar como miembro del Comité de Evaluación A. Lo llamativo aquí es lo que estos funcionarios han hecho desde sus cargos. En 2009, el INCAA le otorgó a la Cooperativa KAOS un crédito de $ 950.000.- (novecientos cincuenta mil pesos) por el Proyecto Nº 92/07/INCAA. Se le otorgó el crédito a pesar de que la cooperativa sostenía la deuda con el Estado del crédito Industrial, además de deuda en mora de créditos por otras películas.
Otro ejemplo es el de la película O CORPO DO RIO, un documental, coproducción entre Argentina (40%), Brasil (30%) y Francia (30%). El coproductor argentino es la Cooperativa KAOS, que prestó los servicios de un LABORATORIO inexistente "LACSA". Los integrantes del Comité de Películas Terminadas comprobaron que el aporte argentino en los rubros técnico y artístico no se veía reflejado y el costo argentino presentado ($ 1.265.000,00) por el 40% no estaba justificado en ningún rubro. Al detectar estas irregularidades aplicaron las facultades que les otorga la normativa vigente, no dictaminar y redactar un informe dirigido a Jurídicos y Presidencia para que se expidan sobre la nacionalidad de la película (la opinión que es un film brasilero fue casi unánime) y sobre el costo injustificable presentado.
Por último, veamos el caso del Expediente 6042/04 - Cod. INCAA: 201-343, en el cual la Coop. Kaos realiza un aporte de $ 60.000 para la producción. Paralelamente, Luis Barone, presidente en ese momento de la Cooperativa Kaos Ltda y funcionario público integrante del Comité de Preclasificación del INCAA, declara de Interés el Proyecto lo que posibilitó mediante Resolución 2227/05/INCAA que le otorguen subsidios de hasta $500.000, una vez estrenada la película.
Estas irregularidades y tantas otras están pendientes en la justicia. Finalmente, ante la presión de la industria, el pasado 23 de septiembre pasado, Liliana Mazure, decidió desactivar los comités de evaluación de proyectos (a través de la Resolución Nº 2057/2010), los cuales habían sido creados por Resolución 1880/2008 por la presidencia del INCAA y no por el Consejo Asesor, como lo establece la Ley.
Por último, hay que destacar que hoy el cine argentino se encuentra en una grave crisis. No funcionan los Comités, no se nombra el Consejo Asesor (con representación de toda la industria y con la atribución de nombrar los Comités de evaluación s/ Ley 17.741), se han frenado y suspendido todos los pagos y se congelaron los fondos para créditos y subsidios para gran parte del cine argentino.
En razón a lo expresado, solicito al resto de los legisladores acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)