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PROYECTO DE TP


Expediente 7649-D-2014
Sumario: "SEMANA NACIONAL DE LA LITERATURA". SE DECLARA COMO TAL A LA SEMANA QUE INCLUYA LOS DIAS 24 AL 26 DE AGOSTO DE CADA AÑO.
Fecha: 29/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Declárase Semana Nacional de la Literatura, al septenario que incluya los días 24 al 26 de agosto de cada año, en conmemoración de los nacimientos de Jorge Luis Borges (24 de agosto de 1899) y Julio Cortázar (26 de agosto de 1914).
Artículo 2°.- En el marco de esa Semana se efectuará la "Campaña Nacional para la Difusión de la Literatura", convocándose a las escuelas, bibliotecas populares, asociaciones culturales, medios de comunicación y personalidades destacadas a promover la lectura de literatura universal, latinoamericana y nacional.
Artículo 3°.- Invítase a las Provincias a adherir al presente proyecto a través de la realización de actividades conmemorativas y a la activa participación en el marco de la "Campaña Nacional para la Difusión de la Literatura".
Artículo 4°.- Serán autoridades de aplicación de la presente ley el Ministerio de Cultura de la Nación, el Ministerio de Educación de la Nación y sus similares en cada jurisdicción, quienes estarán a cargo de la organización de actividades en las escuelas, convocando a padres y a toda la comunidad educativa con el objeto de fomentar la participación en la "Campaña Nacional para la Difusión de la Literatura".
Artículo 5°.- En el marco de la mencionada Campaña, los presidentes de ambas Cámaras del Congreso de la Nación, invitarán a personalidades de la cultura a sus recintos de sesiones para efectuar lecturas públicas.
Artículo 6°.- La autoridad de aplicación invitará a los propietarios y/o gerenciadores o directores de teatros y sitios de espectáculos en general a que incluyan en su programación las actividades descriptas en el artículo 2º de la presente ley.
Artículo 7°.- La autoridad de aplicación deberá adoptar las medidas necesarias tendientes a la difusión y promoción de la campaña señalada en el artículo 2º en los medios gráficos, radiales y televisivos.
Artículo 8°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Ley, que es tributario del expediente 3285-D-2006 de los ex diputados nacionales Eduardo Macaluse, Susana García, Emilio García Méndez, María F. Ríos, Elsa Quiroz y Marcela Rodríguez tiene por objeto estimular y promover y difundir la literatura y el hábito de la lectura, seriamente amenazado por la generalización de la cultura de la imagen visual.
En su visita a nuestro país durante el año 2004, José Saramago, Premio Nobel de Literatura, manifestó: "Sobre las páginas de un libro se puede llorar, no así sobre la pantalla de una computadora" e instó al público "a leer libros y a reír y a llorar con ellos". El autor defendió la palabra "no sólo como mero instrumento de comunicación sino también como un instrumento para sentir y crecer... Los hombres pensamos con palabras y mejor pensamos cuanto mayor es la cantidad de palabras que manejamos"
Aseguró también haber sido criado en un mundo en el que no había radio, ni televisión, ni Internet, ni Play Station y "gracias a Dios que no había nada, porque eso me obligaba a inventarme las historias y los juguetes".
La palabra como generadora de pensamiento, la lectura como fuente de creación, dos conceptos vertebradores del concepto que ponemos a consideración hoy a través de esta "Campaña Nacional para la estimulación de la lectura". Y nada más apropiado para ello que ubicar esa semana en las fechas de natalicios de Jorge Luis Borges y Julio Cortázar, sin duda los escritores argentinos que alcanzaron mayor proyección universal en el siglo pasado.
Pero nuestra elección no estriba solamente en el reconocimiento de sus méritos literarios por la comunidad especializada sino porque supieron reflejar nuestra idiosincrasia, el alma humana y sus múltiples facetas, y fundamentalmente, usaron la fantasía y la imaginación para acercarnos a los grandes interrogantes filosóficos que el hombre se plantea desde el principio de los siglos.
El éxito de esta campaña estará signado por el grado de compromiso de los distintos actores. Los ministerios de Cultura y de Educación nacionales y provinciales, las Cámaras Legislativas, las Escuelas, Bibliotecas, asociaciones culturales, lugares de espectáculos públicos, medios de comunicación y difusión deberán erigirse en impulsores efectivos de la Campaña Nacional para la Difusión de la Literatura para que esta iniciativa tome vida, promueva el hábito de leer y dé sus frutos.
Un pueblo lector es un pueblo rico en el plano espiritual y estamos convencidos que la riqueza intangible es fuente de la prosperidad material. La mejor manera de acrecentar las reservas monetarias del país será estimular y aumentar las reservas morales.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO