Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 7643-D-2014
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LA PRETENSION DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA DE DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION EL INMUEBLE PROPIEDAD DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA - UNLP , UBICADO EN EL DISTRITO SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO CHILECITO, DENOMINADO "SAMAY HUASI".
Fecha: 29/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar su rechazo categórico frente a la pretensión de la provincia de La Rioja de declarar de utilidad pública y expropiar el inmueble de propiedad de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), ubicado en el distrito San Miguel, departamento Chilecito, denominado "Samay Huasi" (Circunscripción VII, Sección A, Manzana 1, Parcela 1, superficie: 17 has) que fuera casa de descanso del Dr. Joaquín V. González y que por ley N° 12.674 del año 1941 impulsada por el entonces senador nacional Dr. Alfredo L. Palacios, se le cedió el predio a la Alta Casa de estudios platense con el objeto de instalar allí una casa de descanso para artistas y científicos, además de establecer un museo dedicado al fundador de la UNLP.
Expresar su coincidencia con la posición sustentada por la Universidad Nacional de La Plata y hacer llegar su solidaridad a los empleados de la finca "Samay Huasi", que se encuentran en riesgo de pérdida de su fuente de trabajo.
Instar al Poder Ejecutivo de la Provincia de La Rioja para que como agente natural del gobierno federal (art. 128 de la Constitución Nacional) haga uso de la facultad del veto que le confiere el art. 107 de la Constitución de la Provincia de La Rioja y no promulgue una norma de menor jerarquía que se halla en abierta contradicción con lo dispuesto por el art. 31 de la Constitución Nacional., ya que desconoce la vigencia de la ley 12.674.
Ofrecer el ámbito de esta Cámara a las partes involucradas a fin de iniciar una vía de entendimiento amigable y de superación del conflicto de intereses planteado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Provincia de La Rioja podría expropiar la finca y el museo Samay Huasi y de concretarse la medida se generará un conflicto judicial con la Universidad Nacional de La Plata (UNLP).
Es que en la sesión del jueves 25 de setiembre en la Legislatura Provincial riojana se aprobó el proyecto de ley declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el distrito San Miguel, departamento Chilecito, denominado Samay Huasi.
El proyecto de ley es autoría del diputado del oficialismo Rodrigo Brizuela y Doria y fue tratado en el recinto de la mano de la Comisión de Vivienda, Urbanismo y Tenencia de la Tierra.
El conflicto con la Casa de Altos estudios platense se podría generar porque Samay Huasi fue la casa de descanso de Joaquín V. González -fundador de la UNLP- y que por una ley nacional de 1941 le pertenece a esa universidad.
La aprobación del proyecto de ley que declara la utilidad pública del inmueble y lo deja sujeto a expropiación no tardó en causar repercusión en el gobierno universitario de la UNLP. Así, el matutino El Día, de La Plata se hizo eco de la noticia y advirtió que la intención de la Provincia de expropiar Samay Huasi provocará "un choque de intereses" con el Congreso Nacional.
"Hasta en La Rioja se advirtió -cuando se conoció el anteproyecto- que la iniciativa implicaba un choque de intereses con el Congreso de la Nación, teniendo en cuenta que la finca Samay Huasi fue cedida a la UNLP por la ley nacional Nº 12.674", destacó El Día en su edición de ayer. El matutino platense destaca que la norma sancionada en 1941 dice en su artículo 2° que "la dirección y administración de este establecimiento (Samay Huasi) estará a cargo de la Universidad Nacional de La Plata, a la que será transferida la propiedad del inmueble".
En este marco, El Día reflejó las repercusiones que la noticia tuvo en los pasillos de la UNLP. "En el Rectorado dijeron que la decisión de la Legislatura riojana es 'un atropello inaceptable', y aseguraron que "más allá de lo estrictamente técnico (en referencia a que por encima de lo aprobado por los legisladores de La Rioja hay una ley nacional) el sentimiento es de indignación, porque la ley fue tramitada en absoluto silencio". "Nadie del Gobierno Provincial, así como tampoco ningún legislador, nos avisó sobre lo que iban a hacer; actuaron por sorpresa", subrayaron en la UNLP según lo publicado por El Día.
El matutino recordó además que en 2011, el gobernador Beder Herrera estuvo en la Universidad y firmó un convenio de colaboración para realizar actividades conjuntas en Samay Huasi. "De este tema haremos una causa invitando a toda la comunidad académica a sumarse a la defensa de un patrimonio de semejante valor para la casa de estudios", dijeron en la universidad platense.
Por su lado, el asesor letrado de la UNLP, Julio Mazzotta, anticipó que "vamos a actuar hasta llegar, si es necesario, a la Corte Suprema". El diario El Día recordó que Samay Huasi perteneció originalmente al minero inglés William Treolar "quien vendió sus 17 hectáreas al doctor González en 1913".
"Llamada en su origen 'La Carrera', la finca posee un museo de arqueología, una biblioteca y una galería de cuadros de artistas de renombre internacional. La casona es de estilo colonial, con amplias habitaciones que dan a una típica galería, y un comedor espacioso y confortable. La rodea un gran patio cubierto de enredaderas y de allí hasta el pie del cerro se llega por un camino que atraviesa un huerto con árboles frutales donde está ubicada la pileta. Desde hace varios años se encuentra a cargo de la Dirección de Servicios Sociales de la Universidad platense".
Las razones por las que se tomó la controvertida decisión son todavía inciertas. El Ejecutivo provincial asegura que el museo que recuerda al fundador de la UNLP, Joaquín V. González, fue reducido a un mero "camping" con fines sindicales. Sin embargo, desde la universidad y diversos sectores de la oposición política sostienen que la medida es una más de las muchas decisiones de Beder Herrera para hacerse con el control de tierras provinciales con gran valor inmobiliario.
Coincidiendo con el colega diputado nacional por La Rioja, Julio Martínez, quien sostuvo que "este Gobierno no tiene la autoridad moral para apropiarse del museo", a la par que remarcó que la institución se encuentra en un perfecto estado de conservación y es la única colección en esas condiciones en todo el territorio provincial, "conozco todos los museos de mi provincia y todos se encuentran en condiciones deplorables, a excepción de Samay Huasi, donde la UNLP hace un trabajo excelente y paga muy buenos salarios".
Martínez explicó además que los motivos "son argumentos inconfesables" y agregó que "lo que se está haciendo es una salvajada". El diputado por la UCR indicó al diario Hoy de La Plata que detrás de la decisión existen intenciones económicas, pues el Gobernador buscaría impulsar en el lugar proyectos inmobiliarios que van desde la instalación de un complejo hotelero hasta un imponente centro comercial.
El H. Concejo Deliberante del Partido de La Plata, rechazó por unanimidad "cualquier intento de expropiación de la casa de Samay Huasi" por parte del gobierno riojano que "pretenda ignorar el derecho que asiste a la UNLP".
Recordemos pues, que luego del deceso del ilustre nonogasteño, el Gobierno Nacional compró la finca "Samay Huasi'' y, don Alfredo Palacios impulsó la Ley Nº 12674 por la que se creó la Casa del Reposo en 1941 para escritores y artistas. Disponiéndose que la Dirección y administración de ese establecimiento estará a cargo de la Universidad Nacional de La Plata, a la que fue transferida la propiedad del inmueble y se estableció que recibirán alojamiento gratuito y temporario los escritores y artistas que por el mérito de sus obras merecieran esta distinción, según la reglamentación dictada por la Universidad.
Una norma provincial no puede derogar una ley nacional, por lo que cabe en primer lugar expresar el repudio de ésta Cámara a la pretensión ilegítima de la Legislatura de La Rioja, tendiente a despojar a la Universidad Nacional de La Plata de lo que por derecho le pertenece inalterablemente y en orden a lo dispuesto por la ley 12.674.
Los pueriles argumentos esgrimidos son carentes de toda recepción, ya que para fundamentar el despojo señalan insólitamente que: "... en 2008 se transfiere la administración de Samay Huasi a la Dirección de Servicios Sociales de la UNLP y se nombra director a un secretario del gremio platense Asociación de Trabajadores de la UNLP (ATULP)", como si la aludida dependencia no fuera un organismo de la propia Universidad Nacional y que con ello se había consumado la transformación en un "bien social sindical" resultando inaceptable que lo hubieran transformado en un "destino turístico".
Asimismo, corresponderá ejercitar las acciones judiciales pertinentes, habida cuenta de la inconstitucionalidad manifiesta e insalvablemente nula de la ley sancionada localmente, como consecuencia del proyecto presentado por el diputado Rodrigo Brizuela y Doria.
El citado artículo 31 debe de ser entendido como aquel que dentro de nuestra Constitución expresa el principio de Supremacía Constitucional que le han otorgado los constituyentes creadores de la misma y no, como bien se ha referido Gregorio Badeni (Tratado de Derecho Constitucional. Tomo II. Edición 2006 La Ley. Páginas 244 a 246), que el art. 31 solo impone la supremacía del derecho federal siempre que el mismo tenga sustento constitucional sobre el derecho provincial. Debe de realizarse una interpretación sistemática de la Constitución toda para poder comprender lo establecido por el Art.31, ya que no cabe duda alguna que consagra genéricamente la supremacía de la Ley Fundamental ante cualquier otra norma. En su articulado la Constitución Nacional establece su supremacía absoluta de sus disposiciones sobre toda: Ley Nacional, Tratado Internacional y Constitución o ley provincial.
Según Kelsen, la norma positiva de mayor jerarquía es la Constitución, la cual se encuentra en la cúspide de la pirámide jurídica y de ella se deriva el fundamento de validez de todas las otras normas que se encuentran por debajo de ella, es decir, que se trata de un sistema de normas jerarquizadas como una pirámide de varios pisos.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho: "Para que resulte incompatible el ejercicio de los dos poderes, el nacional y el provincial,...es menester que haya repugnancia efectiva entre esas facultades al ejercitarse, en cuyo caso y siempre que la atribución se haya ejercido por la autoridad nacional dentro de la Constitución, prevalecerá el precepto federal, por su carácter de ley suprema..." (Fallos: 137:212; 300:402).
Pido por consiguiente el apoyo de mis pares, a fin de aprobar esta iniciativa
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)