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PROYECTO DE TP


Expediente 7463-D-2013
Sumario: LEY 25013 DE REFORMA LABORAL: DEROGACION DEL ARTICULO 1, SOBRE CONTRATO DE APRENDIZAJE.
Fecha: 15/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Derógase el Artículo 1 de la Ley 25.013.-
Artículo 2º.- La presente ley rige a partir de su promulgación.
Artículo 3º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 25.013 creó en el derecho individual del trabajo, nuevas fuentes de controversias y posibles litigios, tan prolíferos en la legislación laboral argentina.. Hoy, con una recesión y desocupación crecientes, la reforma laboral sigue siendo, a pesar de la profunda preocupación que políticos, funcionarios y sindicalistas expresan en los medios y en comunicaciones públicas, una asignatura pendiente, En lugar de modificaciones legislativas, una peligrosa "flexibilización de hecho" hace estragos en los derechos más elementales de los trabajadores, tales como la protección de su salud psíco-física.
No dudamos en calificar a la ley 25.013 como un fracaso relativo y en muchos casos un retroceso. Los avances, algunos perfectibles, de la ley 24.465 fueron anulados, conservándose sólo el contrato a tiempo parcial y un brevísimo período de prueba, que por exiguo, desvirtuó su finalidad. En cuanto al Derecho Colectivo, se reforzó el corporativo y monopólico régimen sindical vigente, con todos sus históricos defectos y su normativa plagada de inconstitucionalidades.
Si entonces, para explicar la pretendida reforma, el Poder Ejecutivo se refirió a la creación de instrumentos legales modernos y formuló imputaciones a determinados institutos y a empleadores inescrupulosos por haber causado graves distorsiones, no existe hoy estadística alguna que demuestre que las modificaciones introducidas por la ley redujeron en alguna medida el trabajo "en negro". Por el contrario, la evasión ha aumentado y la ineficacia de los innumerables organismos de control se mantiene inalterable. Los instrumentos legales modernos siguen siendo "la rueda" en el derecho laboral argentino y se ignora sus paraderos. Los empleadores inescrupulosos siguen -confiesan los propios funcionarios- tan incumplidores flagrantes como siempre, aguardando el castigo eterno si lo hay, ya que pareciera que el terrenal les es ajeno, habida cuenta el 40% de "negritud" del mercado laboral.
Así, a más de diez años seguimos sosteniendo que la ley 25.013 era mala para casi todos; y así fue.
Estos fundamentos forman parte de la misma motivación legislativa que hace necesario crear en forma inmediata una nueva Ley de Contrato de Trabajo de Aprendizaje, cuyo proyecto elevo simultáneamente con este que propongo para derogar el obsoleto artículo 1 de esta Ley 25.013, el cual de ninguna forma se compadece con la realidad laboral de nuestro país.
Pido a la Cámara que de respaldo a esta iniciativa de ley
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2059-D-15