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PROYECTO DE TP


Expediente 7452-D-2006
Sumario: CRITERIOS DE DISTRIBUCION DE LOS CENTROS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD (CAPS)
Fecha: 21/12/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 195
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Criterio de distribución de Centros de Atención Primaria de Salud.
Artículo 1º: Establézcase un criterio común que garantice la equidad en la distribución de los centros de Atención Primaria de Salud (CAPS), a toda la población del país.
Artículo 2°: Impleméntese un indicador de medición que contemple los siguientes parámetros:
a) las densidades poblacionales similares en las distintas jurisdicciones nacionales;
b) escenarios de urbanidad, ruralidad o perfiles intermedios, que arroje la cantidad de habitantes que deberá ser asistida en cada CAPS, según el agrupamiento con igual densidad poblacional;
c) tasas de crecimiento vegetativo del grupo poblacional analizado;
d) población sin cobertura de salud promedio por grupo analizado.
Artículo 3°: El número de centros de atención primaria de salud que resulte de los indicadores utilizados deberá ser considerado como la mínima infraestructura de salud aceptable por jurisdicción.
Artículo 4º: La autoridad de aplicación unificará criterios en el marco del Consejo Federal de Salud o ámbito Federal que lo reemplace los requisitos mínimos, especialidades y servicios básicos y disponibilidad horaria de atención que se requieren para el funcionamiento de los centros de atención primaria de salud en las distintas jurisdicciones del país.
Artículo 5º: La autoridad de aplicación reglamentará la actualización periódica de los requerimientos mínimos de infraestructura sanitaria que garanticen accesibilidad al primer nivel de atención en las distintas jurisdicciones del país.
Artículo 6º: Es autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud y Medio Ambiente de la Nación.
Artículo 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La atención primaria de la salud se apoya en los conceptos sostenidos la declaración de Alma Ata, de los años 70: “SALUD PARA TODOS EN EL AÑO 2000”.
Si bien para muchos este objetivo era utópico y su enunciación consistía sólo una declaración para tranquilizar conciencias, el objetivo expresado implicaba un cambio sustancial de las políticas sanitarias existentes, pues se trataba de privilegiar a los más necesitados. En 1978, se adopta la concepción de atención primaria de la salud, estrategia global y revolucionaria que involucra al sistema sanitario, a los gobiernos y las sociedades en su conjunto. Tal filosofía impulsaba un cambio que buscaba promover el desarrollo social y económico, la solidaridad entre países, la equidad y la justicia y que buscaba alcanzar una dimensión social y política .
Los principios sostenidos en Alma Ata, han tenido en América latina distintos ritmos, desarrollos heterogéneos e intensidad diversa.
La Atención Primaria de la Salud se constituyó en la plataforma más importante de política sanitaria en las América entre los 70´ y los 80´, reconocida como estrategia y meta en salud para todos en el 2000 por 134 Países y 67 organizaciones internacionales.
Impulsó la implementación de programas de educación en prevención de enfermedades , la provisión insumos básicos para el tratamiento de las mismas, la promoción de la salud como bien individual y social, el suministro de agua potable, nutrición, la atención materno infantil, programas de inmunizaciones, salud mental, control de enfermedades endémicas locales, emergencias y prevención y tratamiento de traumatismos comunes.
En términos generales, contribuyó a las Políticas Públicas de Salud extendiendo la cobertura de salud a áreas rurales y urbano- marginadas con programas prioritarios y fortalecimiento del primer nivel de atención.
Reivindicó el carácter anticipatorio de la acción sanitaria, priorizando la promoción de la salud.
Fomentó la participación social y comunitaria, y la coordinación social como componentes estratégicos del cambio en salud.
Aun así, la Organización Mundial de la Salud ( OMS ) evalúa que persiste la baja capacidad de respuesta del nivel primario de atención y efectiva transformación de todo el sistema de salud y que los cambios demográficos y epidemiológicos de las poblaciones son superiores a los previstos. Se consideran insuficientes las intervenciones basadas en los principios de prevención y promoción de la salud.
Los Caps ( CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD) o centros destinados al primer nivel de atención, en Argentina brindan control de embarazos, control a niños menores de 1 año, atención médica en traumatismos menores, dificultades respiratorias, diarreas, parasitosis intestinales y algunas patologías crónicas, como diabetes, hipertensión arterial etc. Asimismo, es a través de los Caps que llegan a la población los Programas Nacionales “Remediar”, proveyendo medicamentos ambulatorios en forma gratuita, y “Nacer”, orientado a asistir a las mujeres embarazadas y a niños menores de 6 años con el objetivo de reducir la mortalidad materno-infantil. También funciona a través de estos Centros el Programa “Médicos Comunitarios” orientado a capacitar al personal de los mismos.
Así es que encontramos que el primer eslabón del sistema de salud, implementado a través de los Centros de Atención Primaria (CAPS) está afectado de una serie de falencias básicamente en su distribución, lo cual genera la subutilización de la capacidad de los servicios en algunos casos y la sobre utilización en otros. Asimismo, algunos factores como número de profesionales de los equipos de salud, franja horaria de atención de cada Caps y el perfil epidemiológico de las áreas de influencia, no son datos debidamente tenidos en cuenta a la hora de planificar su funcionamiento.
Destacamos el relevante trabajo de investigación Maceira, D.; Olaviaga, S.; Kremer, P y Cejas, C.: “Centros de Atención Primaria de Salud: radiografía de su distribución en la Argentina”, Documento de Políticas Públicas, CIPPEC, Buenos Aires, julio de 2006, (1) del cual se desprenden resultados como los siguientes: de un promedio nacional de 3.183 habitantes sin cobertura formal de salud (obras sociales o prepagas) por ej. encontramos un Caps para 543 personas en La Rioja, y 1 Caps para 8.325 en el Gran Bs. As.
Estas diferencias se mantienen entre provincias con similar densidad poblacional y también entre jurisdicciones de la misma provincia, por ej. en la Prov. de Bs. As. Coronel Pringles, 1 Caps para 10.869 personas y el Depto. De Pila, uno para 316 personas.
Estas evidentes desigualdades en el acceso a los servicios de salud que afectan al sector más vulnerable de la población y los priva de los Programas que funcionan a través de estos centros, nos obliga a pensar en una política Nacional que unifique criterios jurisdiccionales a fin de salvaguardar el derecho a la salud de todos los ciudadanos, derecho que nuestra misma Constitución Nacional garantiza, tomando en consideración que el articulo 75 inc. 22 establece la jerarquía constitucional del Pidesc (2) , el cual estipula el derecho a la salud con un contenido y alcance más especifico, refiriendo las obligaciones asumidas por el Estado.
Ahora bien, se trata de establecer un indicador dentro de la población sin cobertura formal de salud, que mida con eficiencia, densidades poblacionales similares, contemplando realidades de urbanidad o perfiles rurales por ejemplo, con sus características, que hoy presentan dificultades por saturación en los servicios o dificultades geográficas de acceso respectivamente, y con ese indicador medir la cantidad de habitantes que debe asistirse en cada Caps, homologando criterios.
Si tomamos el estudio antes citado (Cippec) el agrupamiento se realiza en 510 deptos en todo el País, sub-agrupados a su vez en cuartiles según densidad poblacional. El primer cuartil agrupa mayor cantidad de deptos. y habría 1 caps para 1978 habitantes, en el 2º cuartil 109 deptos, 1 caps para 2090 habitantes, 3º cuartil con 56 dptos, y 1 caps para 6386 habitantes y el 4º cuartil 21 dptos, 1 caps para 9098 habitantes.
A partir de la concepción de una geografía medica o Geografía de la Salud, hemos considerado el trabajo presentado por la Universidad Nacional del Nordeste sobre “Estrategias de Planificación sanitaria a partir de la localización óptima de equipamientos hospitalarios en la Provincia del Chaco” (3) que si bien refiere al emplazamiento de Hospitales Públicos, nos es útil para este análisis. El mismo trabaja los criterios a tener en cuenta como el nivel de movilidad de la población, es decir los Kilómetros hasta donde estaría delimitada el área de influencia más efectiva, luego el nivel de accesibilidad espacial, temporal y económica, qué distancias geográficas medidas en kilómetros deben recorrer y cuantificadas monetariamente. Estos factores son insuficientes, sin un modelo de localización territorial con el que trabaje el planificador.
Es sumamente importante la tarea de planificación, de hecho vemos que sin ella, los resultados hacen fallar las mejores iniciativas, pero igualmente importante es la tarea que corresponde al gestor político: la ejecución, el control y la evaluación de los resultados para corregir el rumbo si es necesario.
Nos ocupamos en el presente Proyecto de Ley de una franja de la población que se encuentra desprotegida, desatendida, o mal atendida y que si bien formalmente esta asistida en su salud, las prácticas asistenciales no convalidan estos eventos formales, mas bien, asistimos a una forma de acción u omisión que resulta en desigualdades incomprensibles desde todo punto de vista cuando hablamos de salud.
Por todo lo expuesto, solicitamos a los Sres. Diputados acompañen el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RIOS, MARIA FABIANA TIERRA DEL FUEGO ARI
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE ARI
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES ARI
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES ARI
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
NAIM, LIDIA LUCIA BUENOS AIRES ARI
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO ARI
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES ARI
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA