PROYECTO DE TP


Expediente 7112-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA RESOLUCION DEL BANCO DE LA NACION ARGENTINA QUE LIMITA EL FINANCIAMIENTO A PRODUCTORES DE SOJA.
Fecha: 10/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que considere pertinente, informe ante esta Honorable Cámara diversas cuestiones respecto de las medidas implementadas por el Banco de la Nación Argentina que restringen el financiamiento a quienes cuya actividad principal o secundaria incluya producción de granos de soja:
1. Detalle las razones políticas, financieras y administrativas por las cuáles se ha impuesto la decisión administrativa de restringir el financiamiento del Banco de la Nación Argentina a productores de soja.
2. A raíz de que dicha decisión se aplica desde principios del corriente año, detalle cuál fue su impacto hasta el día de la fecha.
3. La resolución 4762 se encontraba vigente hasta el 28 de febrero del corriente año, sin embargo explique los motivos por los cuales dicha resolución ha sido prorrogada.
4. Informe las razones por las que las medidas adoptadas por la entidad bancaria se refieren de manera exclusiva a productores de soja.
5. Informe cuál es la política nacional en materia de préstamos y financiamiento hacia el sector productor de soja.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva la realización del presente pedido de informes la resolución 4762 y la Circular 1780/13 del Banco de la Nación Argentina la cual limita el financiamiento inversiones y capital de trabajo exclusivamente a productores de soja.
Dicha medida restringe a los productores su capital de trabajo y limita a uno de los grandes sectores que impulsan nuestra economía a crecer y producir de manera más eficiente.
El 18 de diciembre pasado la entidad, presidida por Juan Ignacio Forlón, de emitió la resolución N° 4762, que después se transmitió a sus gerentes con la resolución reservada número 1780. Allí establecía adecuar los límites vigentes para la utilización de líneas de crédito para financiar capital de trabajo y gastos de evolución.
En ese momento, se estableció que la resolución vencía el 28 de febrero pasado. Determinaba que se podían cursar operaciones por hasta 80 y 90 por ciento, según los casos, de la deuda que se registrara en concepto de crédito.
Pero no sólo acotaba el financiamiento, sino que además precisaba que no se podía utilizar cualquier remanente que en ese momento se tuviera disponible. El Banco Nación redobló la apuesta y prorrogó dicha resolución, que desde nuestra visión resulta sumamente errada y discriminatoria.
Una de las misiones de la entidad consiste en otorgar créditos para el sector agropecuario y la financiación de los productores, sin embargo en este caso dicha misión es excluida de un contexto de política nacional que busca constantemente establecer trabajas al crecimiento de los sectores agroindustriales.
Consideramos esta actitud como discriminatoria y queremos acceder a las razones políticas, financieras y administrativas por las cuáles se ha tomado dicha decisión, el impacto que tuvo hasta la fecha la implementación de la misma y el plazo de tiempo por el cual va a continuar vigente, ya que en la actualidad los productores de soja no encuentran facilidades de financiación en el mencionado banco. Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO BUENOS AIRES UNION PRO
MAC ALLISTER, CARLOS JAVIER LA PAMPA UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
TORRES DEL SEL, MIGUEL IGNACIO SANTA FE UNION PRO
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996