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PROYECTO DE TP


Expediente 7075-D-2008
Sumario: AUTORIZAR A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE PUBLICO A TRASLADAR SOBRES O PLIEGOS CON PESO INFERIOR A 500 GRAMOS.
Fecha: 23/02/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 190
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Autorízace a las empresas operadoras de transporte público interurbano de pasajeros inscriptas en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte al traslado de sobres o pliegos con peso inferior a 500 gramos.
Art. 2º.- Facultase a la Secretaría de Transporte de la Nación a establecer las condiciones y características que deberán cumplir los envíos mencionados en el Art. 1º.
Artículo 3°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto regular los aspectos relativos al envío de sobres a través de empresas de transporte de pasajeros interurbanos bajo la modalidad "encomiendas".
Las empresas de transporte de pasajeros no se hallan habilitadas para realizar el traslado de sobres o pliegos debido a que a través del transporte terrestre no se pueden realizar envíos de cartas comunes, certificadas o similares. Este tipo de correspondencia es sujeto de otras compañías, las que deben estar inscriptas en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales. Esta normativa no es cumplimentada ni su violación sancionada por la autoridad competente.
Aún cuando las empresas de transporte interurbano poseen referencias indicadoras de la prohibición de enviar sobres, las mismas los aceptan utilizando sistemas de termosellado, embolsado u otros, acompañadas de precintos. Los mismos empleados de estas empresas manifiestan que este accionar les permite evitar la prohibición.
Hemos consultado a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) a través de su línea gratuita y la misma no tiene información suficiente acerca de la normativa vigente para el envío de sobres a través de las empresas fiscalizadas por ella. La CNRT nos derivó hacia la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC).
El Centro de Información Técnica de la CNC nos explicó que, en términos generales, cualquier sobre que no supere los 500 gramos es considerado una carta y sólo puede ser transportado por empresas inscriptas en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Nos hallamos ante la inexistencia de una regulación clara y precisa, la que puede dejar a los usuarios desprotegidos ante la pérdida, destrucción, sustracción, etc, del material enviado. El orden jurídico actual no prevé el caso de sobres enviados a través de empresas de transporte de pasajeros no inscriptas como prestadores de servicios postales.
¿A quién reclama el usuario en caso que el sobre enviado sufra algún daño parcial o total? El fin inmediato de esta norma es protegerlo. En sus consecuencias mediatas, deseamos que los futuros adelantos en técnicas de protección de envíos utilizados por las empresas transportistas no sean obstaculizados.
La Ley de correos Nro. 20.216/73 establecía en su artículo 2 el monopolio del Estado en el transporte y entrega de "todo sobre o pliego cerrado provisto de dirección". La misma fue modificada por los decretos Nros. 214/92 de transformación del sector postal, 2.792/92 de creación de la ex Comisión Nacional de Correos y Telégrafos (modificado por su similar 1163/93 y 1.187/93 de Desregulación de Actividad Postal) y su modificatorio 2.247/93.
Ninguna de estas normas establece taxativamente qué se entiende por sobre o pliego. La Comisión Nacional de Comunicaciones ante una consulta puntual señaló que de acuerdo al Manual de productos y servicios del correo argentino, un sobre es aquel cuyo contenido no supera los 500 gramos.
En esta H. Cámara han existido intentos de suplir este vacío legal, por ejemplo el expediente Iniciado: Diputados Expediente: 2237-D-2004, en numerosas oportunidades reproducido, define concretamente qué se entiende por encomienda. Este proyecto no ha tenido sanción legislativa.
Por lo expuesto solicito a mis pares acompañen con su voto el presente Proyecto de Ley y la aprobación del Señor Presidente.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PAROLI, RAUL OMAR CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
TRANSPORTES