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PROYECTO DE TP


Expediente 6845-D-2008
Sumario: CODIGO PENAL DE LA NACION: MODIFICACION DEL ARTICULO 261 (PENAS DE PRISION POR MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS).
Fecha: 17/12/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º- Modifíquese en el Libro Segundo, Título XI: Delitos Contra la Administración Pública, Capítulo VII: Malversación de Caudales Públicos, el artículo 261 del Código Penal de la Nación, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Será reprimido con reclusión o prisión de 4 a 12 años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo.
Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública".
ARTÍCULO 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El artículo 16 de la Constitución Nacional establece que, "todos sus habitantes son iguales ante la Ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad..."
Esta reforma se basa exclusivamente en la igualdad establecida constitucionalmente, ya que a toda persona se le exige el fiel desempeño de sus funciones tanto en el ámbito privado como en el público, siendo mayor la responsabilidad cuando están en juego los bienes públicos nacionales, provinciales o municipales.
En la actualidad se puede observar el reclamo de la sociedad para que cada funcionario cumpla debidamente y lealmente sus funciones. Si se viola o se burla la confianza puesta por el pueblo en el desempeño de la función encomendada, que dicho funcionario sea real y severamente sancionado. Esto se logra agravando las penas vigentes, haciéndolas principalmente no excarcelables.
Este delito no solo se caracteriza por la condición del autor o por la naturaleza de los bienes, sino que se agrega como un ingrediente más, que los bienes del objeto del delito hayan sido confiados al funcionario, de modo que esta figura delictual viola la fe o la confianza pública.
En razón de lo expuesto se solicita la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIOJA, JUAN CARLOS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERRA DE BARTOL, MARGARITA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)