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PROYECTO DE TP


Expediente 6686-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LOS CAMBIOS EFECTUADOS A PARTIR DEL 23 DE ENERO DE 2012 EN LA ESTRUCTURA DEL ORGANISMO "REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATRE - RENATEA)", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 27/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y demás dependencias que juzgue pertinente, informe:
- Cambios efectuados a partir del 23- 01-2012 en la estructura del organismo RENATRE-RENATEA, haciendo hincapié sobre la cantidad de recursos humanos utilizados, con corte al 30-06-2014, gerencias, subgerencias, delegaciones, subdelegaciones, en forma general (total) y desagregado por dependencias. Acompañe organigrama e indique misiones y funciones de cada una de las áreas, desagregadas dentro del organismo indicado.
- Criterios de designación de los cargos gerenciales (concurso, pruebas de aptitud para el cargo, etc.) y acompañe nivel de remuneraciones del personal por categoría en Sede Central y en el Interior, incluyendo personal jerárquico, desagregados por mes desde el 23-01-2012 hasta 30- 06-2014.
- Altas y bajas de recursos humanos al organismo desde el 23-01-2012 hasta el 30/06/2014, describiendo los motivos de las bajas y las necesidades de las altas.
- Bienes adquiridos incorporados al RENATEA y su destino en el período comprendido entre el 23-01-2012 y el 30-06- 2014. Asimismo, indique si se han enajenado bienes dentro del plazo mencionado.
- Inventario patrimonial de Inmuebles y Bienes Registrables de los períodos 2012 y 2013 y el proporcional de 2014.
- Estados contables correspondientes a los períodos 2012 y 2013.
- Porcentajes efectivamente gastados en Gastos Administrativos y en Servicios Sociales para el Trabajador Rural, de acuerdo a lo prescripto por la Ley 25.191 desde el 23-01-2012 al 30-06-2014.
- Inversiones efectuadas y destino dado a las mismas desde el 23-01-2012 al 30-06-2014.
- Bancos o entidad financiera donde se encuentren depositados a nombre de la entidad Títulos Públicos o Plazos Fijos.
- Montos recaudados por contribución mensual al Fondo de Desempleo y por aportes al Fondo del Seguro por Servicios de Sepelio (Arts. 14 y 16 ter. de la Ley 25.191), desglosado por mes y por año durante el período comprendido entre el 23-01-2012 al 30-06-2014.
- Cantidad de prestaciones por desempleo otorgadas, durante el período 2012, 2013 y 2014 hasta el 30-06, en forma total y desagregado por mes, por regiones, por actividad y modalidad de contratación.
- Aumentos de prestaciones por desempleo otorgados desde el 23-01-2012 al 30-06-2014 y el porcentaje utilizado de la recaudación para hacer efectiva las prestaciones por desempleo. Asimismo, indique todos los beneficios adicionales a esta prestación otorgados a los trabajadores en cumplimiento de la Ley 25.191.
- Grado de cumplimiento efectivo de la Unidad Prestacional (Salud, Asignaciones Familiares, Seguro de Sepelio, etc.) desagregado por mes desde el 23-01-2012 al 30-06-2014.
- Si se están realizando capacitaciones de trabajadores desempleados y/o empleadores. En caso afirmativo, informe cantidad de trabajadores capacitados y /o empleadores, desagregado por mes, actividad y región desde el 23/01/2012 al 30-06-2014.
- Cantidad de trabajadores reinsertados al mercado laboral, en cumplimiento del circuito virtuoso establecido por el mecanismo del Seguro por Desempleo de la Ley 25.191.
- Cantidad de Servicios por Seguro de Sepelio otorgados a trabajadores y/o familiares, establecido por el Art. 16 bis de la Ley 25.191, desagregado por mes, desde su implementación hasta el 30-06- 2014.
- Mecanismo y forma de otorgamiento que el organismo aplica para dar cumplimiento al Seguro por Servicios de Sepelio desde su implementación hasta el 30-06-2014.
- Destino del remanente (que no está afectado a beneficios del Seguro de Sepelio) como prestación social establecida dentro del marco de la Ley 25.191.
- Cantidad de certificaciones de servicios que fueron otorgadas a los trabajadores rurales para su jubilación, durante los períodos 2012/2013 y proporcional del 2014.
- Medidas que se han tomado para la realización de la Simplificación Registral, objetivo de la Ley 25.191.
- Cantidad de trabajadores rurales registrados en el organismo, desde el 23-01-2012 al 30-06-2014.
- Estadísticas de trabajo rural de acuerdo a las distintas categorías y modalidades de trabajo, rural y su composición etárea, desagregado por región y por mes. Asimismo, informe trabajadores registrados por actividad y media salarial mensual también desagregada por mes desde 23-01-2012 al 30-06-2014.
- Si se conformó el Consejo Asesor, conforme lo prescribe el Art. 9 de la Ley 25.191, indicando quiénes lo integran.
- Cantidad de empleadores fiscalizados desde el 01-02-2012 al 30-06-2014; estado de los sumarios iniciados por tal concepto; sanciones impuestas desglosadas por empleador en forma anual; y créditos cobrados y a cobrar por multas, contribuciones y aportes adeudados.
- Estado de los expedientes y juicios de apremio existentes.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El pedido de informe que aquí requerimos tiene por objeto que el Registro Nacional De Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en su carácter de organismo de la seguridad social, informe que prestaciones y gestiones realiza gracias a la recaudación mensual que percibe de los aportes y contribuciones que efectúan los trabajadores rurales, según lo prescripto en la Ley 25.191.
Conforme lo expuesto, el fundamento del presente se basa en las denuncias que han efectuado los trabajadores rurales respecto a la falta de actualización del monto de la prestación por desempleo que debe abonar el RENATEA desde enero de 2012, pese al incesante aumento de los índices de precios como consecuencia de la inflación y la pérdida del poder adquisitivo.
A tal fin, es necesario tener en cuenta que esta prestación debe tener relación con el salario del peón rural, brindando un mínimo de sostén al trabajador desempleado. Dicho monto no puede ser inferior al 45% del salario, según el Convenio 102 de OIT, ratificado por Argentina a través de la Ley 26.678.
Asimismo, debemos considerar que los recursos que percibe el RENATEA constituyen un porcentaje del salario del peón rural conforme lo prescripto en los Arts. 14 y 16 ter. de la Ley 25.191, resaltándose que este salario aumentó durante los períodos 2012 y 2013 un 54%. Si bien por este motivo ha aumentado en la misma proporción la recaudación, este incremento no se ha trasladado al monto de la prestación económica por desempleo.
Por otra parte, los trabajadores rurales también han denunciado una prestación deficiente del Seguro de Sepelio, ya que el monto fijado por este organismo ha resultado en muchos casos insuficiente y sólo opera por reintegro, que -según lo informado por los trabajadores- se realizan entre los 30 y 60 días después de la presentación del trámite y que muchas veces no pueden costear por sus propios medios.
Cabe agregar que, a partir de la modificación de la Ley 25.191 por la Ley 26.727, se excluyó al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) de una actividad que venía desarrollando en forma regular, continua y eficaz, para reemplazarlo por el ente estatal RENATEA, en el cual no tienen participación las organizaciones de trabajadores y empleadores del sector agrario, afectando la libertad de asociación que garantiza la Constitución Nacional en su Art. 14.
Con ello, se configuró una ruptura del equilibrio que se había obtenido a través de un fecundo y productivo diálogo entre trabajadores y empleadores, provocando un retroceso que vulnera el principio de progresividad, esencial en materia de derechos sociales y seguridad social.
Desde que ingresaron al RENATRE las autoridades del Ministerio de Trabajo de la Nación, desde el 23/01/2012 a la fecha, no se ha publicado informe alguno que dé a conocer cómo se están utilizando los fondos recaudados; la cantidad y calidad de los beneficios sociales otorgados a los trabajadores rurales; y en definitiva, si se está cumpliendo con el mandato impuesto por la Ley 25.191.
Con el objeto de garantizar a este sector de trabajadores las prestaciones básicas que les aseguren condiciones dignas de trabajo, y teniendo en cuenta las razones aquí expresadas, solicito a mis pares que pongan a consideración la aprobación del presente pedido de informe.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BROWN, CARLOS RAMON BUENOS AIRES FE
PLAINI, FRANCISCO OMAR BUENOS AIRES CULTURA, EDUCACION Y TRABAJO
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
TORRES DEL SEL, MIGUEL IGNACIO SANTA FE UNION PRO
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN SANTA FE UNION PRO
JUAREZ, MYRIAN DEL VALLE CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
MOYANO, JUAN FACUNDO BUENOS AIRES CULTURA, EDUCACION Y TRABAJO
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO BUENOS AIRES UNION PRO
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
PASTORI, LUIS MARIO MISIONES UCR
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
COBOS, JULIO MENDOZA UCR
ALEGRE, GILBERTO OSCAR BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)