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PROYECTO DE TP


Expediente 6682-D-2013
Sumario: DECLARAR ZONA DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE CLIMATICO A LA REGION DEL NORTE, ESTE, VALLE DE UCO Y SUR (SAN RAFAEL) DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, DEBIDO A LOS DAÑOS DEVASTADORES PRODUCIDOS POR LAS HELADAS Y EL VIENTO ZONDA.
Fecha: 25/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 141
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


DECLARACIÓN DE EMERGENCIA POR CONTINGENCIA CLIMÁTICA
EN LA PROVINCIA DE MENDOZA
Artículo 1º: Declarar Zona de Emergencia y/o Desastre climática a la región del Norte, Este, Valle de Uco y zona sur (San Rafael) de la Provincia de Mendoza, atento a los daños devastadores producidos por las heladas y viento zonda en dicha región.
Artículo 2°: Plazo: la emergencia económica de las zonas indicadas en el artículo 1°, será a partir de la sanción de la presente Ley y hasta el 31/12/2014, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada.
Artículo 3º: Otórguese prórroga del vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, de jurisdicción nacional, cuyos vencimientos se operen durante el período de vigencia de este estado de emergencia.
Artículo 4º: Suspéndase la aplicación de toda norma o las que se creasen en el futuro en lo atinente a las retenciones de las exportaciones de los productos frutícolas y vitivinícolas mientras dure la emergencia económica.
Artículo 5º: Suspéndase el cobro por parte del Poder Ejecutivo Nacional de préstamos otorgados por organismos de carácter nacional tales como Banco de la Nación Argentina, durante la vigencia de la presente ley.
Artículo 6º: Suspéndase hasta ciento ochenta días de finalizado el período de emergencia la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia.
Los juicios ya iniciados deberán paralizarse hasta el plazo fijado.
Por el mismo período quedará suspendido el curso de los términos procesales de la caducidad de instancia y prescripción.
Artículo 7º: Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, que a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, proceda a:
1) Convocar a la Comisión Nacional de Emergencia y Desastre Agropecuario -CNEyDA - prevista en la ley nacional N° 26.509, para que se aboque a la aplicación de dicha ley.
2) Homologar el decreto provincial de la provincia de Mendoza que decreta la respectiva emergencia en tales regiones de la provincia,
3) Hacer efectivo lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley de Emergencia Agropecuaria N° 26.509 y la Resolución 194/2012, el cual establece los requisitos y condiciones para gozar de los beneficios emergentes de la mencionada ley.
4) Implementar las medidas correspondientes al artículo 10º de la Ley de Emergencia Agropecuaria N° 26.509, en relación al periodo posterior a la emergencia o desastre, con implementación de acciones con posterioridad al lapso comprendido en la situación de emergencia y/o desastre agropecuario especialmente para asistir financieramente a la reconstitución del aparato productivo.
5) Efectivizar la ayuda a las zonas contempladas en el presente proyecto aplicando los artículos 20 a 24 de la ley N° 26.509.
Artículo 8º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ponemos a consideración de los señores diputados el siguiente proyecto de ley con el objeto de Declarar Emergencia Económica de la Provincia de Mendoza, en región del Norte, Este, Valle de Uco y Sur (San Rafael) de la Provincia de Mendoza, atento a los daños devastadores producidos por las heladas y viento zonda dicha región.
Es de público conocimiento que se han producido daños importantes, en la parte agropecuaria, producto de una importante helada y viento zonda, muy continua en el tiempo, ocurrida recientemente en los departamentos de la provincia de Mendoza. Según el Ministro de Agroindustria provincial, han sido muy generalizadas y hacia más de dos años que no teníamos este daño por este tipo de contingencia climática.
Según un primer balance de las heladas en la provincia de Mendoza, han provocado un daño significativo y ha afectado a todas las regiones cultivadas por lo que se debe declarar la Emergencia Agropecuaria.
Hasta el momento no hay cifras ni datos oficiales acerca del daño ocasionado por las heladas pero se descarta que serán superiores al 80% en algunos casos de los cultivos, según explico el ministro de Agroindustria, además de mencionar que los sectores más afectados son el frutícola y el vitivinícola. Todavía no puede constatarse cuales son los daños definitivos ya que a medida que van siendo relevados, va aumentando día a día y se siguen recibiendo denuncias y persiste el mal tiempo.
En el Valle de Uco (Tunuyan, Tupungato y San Carlos) perjudicó no solo los cultivos de durazno y la vid, sino también ha afectado plantaciones de pera, manzana, papa, zapallo, tomate, zanahoria, frutilla y bosques autóctonos, en el Sur (San Rafael), afecto cultivos de ciruelas, en el Este (San Martín y Rivadavia) perjudico cultivos de ciruelas, duraznos, damascos y almendras, y en el norte provincial (Lavalle) el cultivo del melón.
El gobierno de Mendoza ha reconocido tal situación como muy grave, por lo que se permite a las zonas afectadas gozar de los beneficios otorgados por la ley provincial de emergencia agropecuaria. Dada la magnitud del fenómeno es meritoria la declaración por parte del Estado Nacional de la Emergencia Agropecuaria, a fin de disminuir los perjuicios que generaron dichos eventos climáticos.
Por el presente proyecto también solicitamos la aplicación de la Ley N°26.509 de Emergencia Agropecuaria, por la cual se crea el Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que dispone los beneficiarios. Beneficios y procedimientos a seguir en caso de la existencia de emergencia o desastre agropecuario.
Gozaran de los beneficios fijados por la citada norma, todos los productores agropecuarios que resulten afectados por eventos climáticos. De tal forma, el Gobierno Nacional contemplará tal situación con asistencia financiera, aportes no reembolsables y otros beneficios a los productores en emergencia, sin perjuicio de otros beneficios y/o asistencia que perciban a nivel provincial.
La crítica situación por la que atraviesan numerosas explotaciones rurales de la Provincia de Mendoza con motivo de fenómenos naturales adversos, como fueron las heladas y posterior viento zonda que azotaron a las regiones en esta provincia, que afectan específicamente a los productores que desarrollan como actividad principal la explotación agropecuaria.
A criterio de este legislador, están dadas todas las condiciones para solicitar a través de este proyecto se declare a la zona de la provincia de Mendoza en desastre y emergencia climática y económica, lo cual le permitiría paliar de alguna manera la crisis, ya que se vería afectada toda la cadena productiva y económica de la región.
Por estos breves fundamentos y los que oportunamente se darán es que vamos a solicitar el
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA