Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 6615-D-2006
Sumario: DEFENSA DEL CONSUMIDOR, LEY 24240: MODIFICACION DEL ARTICULO 10 , SOBRE PUBLICIDAD DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES EN LOS CONTRATOS DE CONSUMO Y DEMAS CONTRATOS A TITULO ONEROSO.
Fecha: 03/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 166
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PUBLICIDAD DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES EN LOS CONTRATOS DE CONSUMO Y DEMAS CONTRATOS A TITULO ONEROSO
Art. 1. Incorpórase como inciso g) del Art. 10 de la ley 24.240 el siguiente texto:
“Inciso g): La indicación, en forma detallada y con caracteres legibles en sus productos o en los instrumentos de contratación, del plazo de prescripción de la acción de daños y perjuicios y vicios redhibitorios que pudiere ejercitar el consumidor”.
Art. 2. De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto otorgar mayor publicidad a los plazos de prescripción de las acciones a los efectos de su ejercicio por parte del consumidor en referencia a una posible demanda por daños y perjuicios o vicios redhibitorios. Es de importancia cabal que en todo contrato de consumo los proveedores de cosas o servicios indiquen en forma detallada y con caracteres legibles los plazos de prescripción de las precitadas acciones.
Asimismo, en todo contrato a título oneroso les pesa a las partes el deber jurídico de indicar en forma legible los plazos de prescripción de las acciones que nacen del vínculo contractual y obligacional que las une.
Es necesario agregar que en lo que respecta a las relaciones de consumo, la ley viene a ser tuitiva de los derechos de la parte más débil de la relación contractual de consumo, encontrando lo propuesto fundamento constitucional en el Art. 42 de la Constitución Nacional, toda vez que la misma manda a los poderes del estado de derecho a garantizar una información adecuada y veraz a los consumidores.
Consignar en las relaciones contractuales a título oneroso los plazos de prescripción de las acciones que emanan de las mismas, significa mayor seguridad jurídica y hace a la buena fe que debe primar en toda relación jurídico contractual.
La importancia del tópico legislativo en cuestión radica en que operado el plazo de prescripción de la acción, si bien el vínculo obligacional no se extingue, el mismo deviene por imperio del Art. 515 del Código Civil en natural y se funda sólo en la equidad, no confiriendo acción al acreedor para exigir su cumplimiento. De allí la importancia de la publicidad de los plazos de prescripción en las relaciones contractuales referidas en le presente proyecto de ley.
Por todo lo aquí expuesto, es que solicitamos la aprobación de este proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BINNER, HERMES JUAN SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL