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PROYECTO DE TP


Expediente 6559-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA RELACION CONTRACTUAL CON LOS REPRESENTANTES LEGALES DEL ESTADO ARGENTINO EN NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) Y LOS HONORARIOS FACTURADOS POR EL ESTUDIO "CLEARY GOTTLIEB STEEN & HAMILTON LLP", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 25/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio de la Procuración del Tesoro de la Nación y demás organismos competentes en la materia, informen a la H. Cámara de Diputados de la Nación sobre los siguientes puntos vinculados a los términos de la relación contractual con los representantes legales del Estado argentino en Nueva York - Estados Unidos de Norteamérica -y los honorarios facturados por el estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP a cargo del caso que perdió la Argentina en todas las instancias legales de la Justicia de Estados Unidos por la deuda reclamada por algunos de los bonistas holdouts.
1.- Remitir copia fiel de todos los instrumentos suscriptos a tenor del decreto 749/2002 por la Procuración del Tesoro de la Nación, mediante los cuales se hayan contratado servicios jurídicos para asesorar, asistir o representar al Estado Nacional frente a los tribunales de Justicia de los Estados Unidos, sean condales o nacionales.
2.- Especificar con la documentación respaldatoria pertinente, cada uno de los pagos trimestrales que se hubieran efectuado al estudio jurídico Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP (CGS&H), con domicilio en One Liberty Plaza New York, NY 10006, Estados Unidos. Al respecto, habrá de discriminarse el valor hora por asistencia o asesoramiento, los viáticos y demás gastos que hayan sido exigidos y rendidos por el bufete citado, a tenor del anexo al decreto 749/2002 (presentación de documentos, cargos de la entrega, cargos de telecomunicaciones, gastos de conferencia, horas extras de estenografía, gastos de viaje, cargo por investigación en la web). Adjuntar cada factura emitida junto con el resumen de los servicios prestados durante el período cubierto por la facturación; el memorándum descriptivo detallando las tareas realizadas durante el período y el detalle de las horas trabajadas por cada integrante del equipo en cada proyecto, señalando el honorario/hora y el valor total por el tiempo de cada uno de los integrantes de CGS&H.
3.- Puntualizar si el gobierno nacional ha efectuado el pago de sus emolumentos profesionales al special master Daniel Pollack, designado por el juez del Segundo Distrito Sur de Nueva York (Manhattan), Mr. Thomas Poole Griesa, en el marco del caso: NML Capital v. Republic of Argentina, 08-cv-6978. En caso afirmativo, acreditar monto erogado.
4.- Remitir un listado actualizado de la totalidad de las causas y controversias que tramiten ante tribunales judiciales extranjeros o internacionales, en los cuales las República Argentina sea parte, adjuntando una breve reseña del estado procesal de las actuaciones y puntualizando de qué modo se ejercita la supervisión y ejecución de la estrategia de defensa de los intereses de la Nación. Al respecto, distinguir entre todas las demandas que se hubieran planteado con motivo de la deuda soberana argentina; los juicios de relevante significación económica (Resoluciones PTN 2/2000, 40/2001, 23/2003, 73/2007); otros juicios ante tribunales internacionales o extranjeros.
5.- Siendo que bajo la dirección del Procurador del Tesoro de la Nación, se representa a la República Argentina en todos los casos arbitrales iniciados ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), o bajo las reglas del Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL) y también se interviene en los arbitrajes que tramitan ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), remitir una nómina de procesos arbitrales actualmente en trámite con sinopsis del estado de cada una de las causas y puntualizando de qué modo se ejercita la supervisión y ejecución de la estrategia de defensa de los intereses de la Nación (Decreto 965/2003, Resoluciones PTN 2/2001, 61/2003, 965/2003).
6.- En relación a la Dirección Nacional de Asuntos y Controversias Internacionales referir la cantidad de dictámenes emitidos durante los años 2007 a la actualidad sobre asuntos de Derecho Internacional Público y Privado, y especificar de qué modo ha tomado intervención en los asuntos que ingresaron, en idéntico plazo, a la Procuración del Tesoro de la Nación que involucran cuestiones de derecho internacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Dirigimos el presente pedido de informes conforme a la Ley 24.667, dado que el Procurador del Tesoro de la Nación, depende directamente del Presidente de la Nación. Tiene jerarquía equivalente a la de los Ministros del Poder Ejecutivo y ejerce sus competencias con independencia técnica.
Siendo sus competencias y funciones: 1- Brindar asesoramiento jurídico al Poder Ejecutivo Nacional y organismos dependientes. 2- Asumir la representación y defensa del Estado Nacional en juicio; Dirigir al Cuerpo de Abogados del Estado. 3- Instruir investigaciones y sumarios administrativos en los casos previstos por el ordenamiento jurídico y cuando así lo disponga el Poder Ejecutivo. 4- Registrar y auditar los juicios en los que el Estado Nacional sea parte. 5- Atender las necesidades de capacitación superior del Cuerpo de Abogados del Estado.
Motiva este pedido de informes que existirían pagos, presuntamente abultados y no informados, para los abogados que representan a la Argentina, ya que no se difunden cifras oficiales, pero en los últimos dos meses habrían facturado más de un millón de dólares por 14 jornadas, aunque perdieron en todas las instancias judiciales.
A modo de contraste, el Banco Central de la República Argentina difunde en su página web los pagos de los estudios que contrata en el extranjero.
Además, no puede soslayarse que se requiere un fuerte control para garantizar que las horas de trabajo facturadas por los representantes legales a sus contratantes se correspondan con el tiempo dedicado a la tarea.
En el caso del gobierno argentino, la falta de transparencia en el contrato con el estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP (CGS&H), a cargo del caso que perdió la Argentina en todas las instancias legales de la Justicia norteamericana por la deuda reclamada por los acreedores que no ingresaron a los canjes de 2005 y 2010, despierta fuertes sospechas sobre un negocio que distintas fuentes estiman como multimillonario.
El virtual secreto de Estado que protege esta erogación pública se basa en el Decreto 749/2002, firmado por el ex presidente Eduardo Duhalde y el ex ministro de Economía Roberto Lavagna que delegó la facultad de representar al Estado -y contratar los servicios legales necesarios- en la Procuración del Tesoro de la Nación. Un dato que contradice el relato oficial, que intenta en todo momento diferenciarse de las gestiones que lo antecedieron. El ciclo actual - iniciado en 2003 - mantuvo el contrato con el estudio CGS&H, que se inició con el citado decreto. Más aún, este mismo instrumento legal detalla en sus considerandos que el despacho jurídico se encargó de la reestructuración de la deuda a través del Plan Brady, durante la gestión del ex presidente Carlos Menem, al justificar la conveniencia de la elección.
Ya en el decreto de 2002, se adjuntaba el contrato con el estudio legal y se indicó que los abogados senior cobrarían hasta US$ 625 por hora. Sin embargo, distintas fuentes con experiencia de litigio en el exterior indicaron que esta suma asciende en la actualidad, al menos, a 800 dólares más los gastos, que también se facturan al cliente, como viáticos y comidas. Las estimaciones más altas apuntan a 1.500 dólares por hora de asesoramiento legal. Desde 2002, el Estado no realizó ninguna publicación sobre los nuevos contratos que se firmaron con el estudio, amparado en la delegación de la responsabilidad en la Procuración del Tesoro que, a su vez, se basó en las competencias que cedió el Congreso al Ejecutivo desde la crisis de 2001.
La excepcionalidad que rodea el contrato por los juicios de de la deuda con los fondos NML Elliott y Aurelius Capital, entre otros, queda en evidencia por el modo en que maneja esta misma información el Banco Central en los casos por pedidos de embargos de los holdouts. La entidad pública informa cada pago realizado como contratación directa en la tercera sección del Boletín Oficial.
De allí, el blog Eliminando Variables realizó un relevamiento de los pagos del Central al estudio CGS&H, por servicios de asistencia legal: entre 2008 y 2012, la autoridad monetaria argentina abonó US$ 2.127.814,50. Si se toman los datos de las 33 contrataciones directas de servicios legales en el exterior, realizadas por el BCRA entre 2008 y 2013, que incluye otros estudios, el total se eleva a más de 22 millones. Sin duda, la facturación por el caso a cargo de la Procuración del Tesoro en la contienda con los buitres debería ser muy superior a esta cifra.
En base a precios de referencia provistos por abogados con experiencia en litigios internacionales, el diario Perfil pudo estimar que desde la primera audiencia ante el juez del Segundo Distrito de Nueva York, Mr. Thomas Poole Griesa, tras la negativa de la Corte Suprema norteamericana a revisar el caso, el pasado 18 de junio, el país ya gastó más de US$ 1,1 millón en costas. Esta suma resulta de multiplicar las 14 jornadas de trabajo por 80 mil dólares, una estimación conservadora sobre la cantidad de horas que se facturarían para la preparación de cada audiencia con el juez o instancia de mediación con su representante, el abogado Daniel Pollack.
Sin embargo, la facturación final, que el país debe abonar trimestralmente, alcanzaría un número mucho más abultado, porque los abogados de CGS&H y sus asistentes dedican muchas horas de trabajo al asesoramiento del Gobierno para cada paso que da en el frente interno, como la presentación del proyecto de ley sobre "pago local soberano", enviado a este Congreso la semana pasada. Entre los funcionarios de carrera del Ministerio de Economía, hay un comentario frecuente sobre el estudio de abogados: sería el único dispuesto a aceptar las marchas y contramarchas del Gobierno. A diferencia de otros, el tiempo facturado juega gananciosamente a su favor.
Por todo lo expuesto, solicito el acompañamiento de mis pares a fin de aprobar esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)