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PROYECTO DE TP


Expediente 6481-D-2014
Sumario: PREVENCION Y PROTECCION DE RIESGOS DERIVADOS DE LA EXPOSICION A LOS RAYOS ULTRAVIOLETAS: REGIMEN.
Fecha: 20/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PROYECTO DE LEY DE PREVENCION Y PROTECCION DE RIESGOS DERIVADOS DE LA EXPOSICION A LOS RAYOS ULTRAVIOLETAS
Artículo 1: La presente ley tiene por objeto promover la disminución de la incidencia de los daños a la salud derivados de la exposición a la radiación ultravioleta (UV).
Artículo 2: Son objetivos de la presente ley
a) Prevenir los efectos nocivos de la exposición a la radiación UV.
b) Disminuir la incidencia de las afecciones provocadas por la exposición a la radiación UV.
c) Concientizar y promover la adopción de conductas saludables vinculadas a la radiación UV.
Artículo 3: La autoridad de aplicación de la presente ley será la que determine el Poder Ejecutivo.
Artículo 4: Son funciones de la autoridad de aplicación las siguientes:
a) Promover la difusión de información estandarizada y masiva sobre los riesgos de la exposición a los rayos UV y de las precauciones necesarias a adoptar.
b) Realizar campañas de concientización que se intensificarán en las fechas que disponga la reglamentación.
c) Difundir los requisitos de la protección necesaria según el dato de altura sobre el nivel del mar, actividad y tiempo de exposición
d) Promover medidas de autocuidado y de foto protección
e) Promover la adopción de las medidas administrativas, de ingeniería y de protección personal necesarias para las distintas actividades.
f) Promover mecanismos de evaluación y monitoreo de las medidas adoptadas.
g) Generar la articulación de las acciones entre las diferentes áreas competentes y las jurisdicciones.
Artículo 5: El Ministerio de Educación a través del Consejo Federal de Educación promoverá la difusión de información y acciones de prevención y concientización en todos los niveles de la educación formal.
Artículo 6: El Ministerio de Salud a través del Consejo Federal de Salud, promoverá la adopción de las medidas necesarias a fin de que las actividades al aire libre se realicen en horarios en los que descienda la intensidad de la radiación UV.
Artículo 7: Los empleadores deberán adoptar las medidas necesarias para proteger a los trabajadores cuando estén expuestos a radiaciones ultravioletas, debiendo la reglamentación disponer el tipo de protección según actividad
Artículo 8: Los empleadores que cuenten con trabajadores que realizan su actividad a la intemperie deberán publicar diariamente el índice de radiación ultravioleta y las medidas recomendadas de protección
Artículo 9: La presente ley será reglamentada dentro de los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial
Artículo 10: Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 11: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los efectos de la radiación ultravioleta, impactan decisivamente en la salud. Es un efecto silencioso porque es acumulativo y durante mucho tiempo no produce síntomas con el agravante de ser irreversible.
Los efectos más conocidos de la exposición excesiva a la radiación ultravioleta son un envejecimiento prematuro de la piel como consecuencia de la degeneración de las células del tejido fibroso y de los vasos sanguíneos. También puede producir reacciones oculares de tipo inflamatorio y debilitamiento del sistema inmunológico.
La OMS señala que los efectos crónicos de la exposición a la radiación comprenden dos grandes problemas sanitarios: los canceres de piel y las cataratas que pueden derivar en una ceguera.
La Organización Mundial de la Salud dice que el 5% de los casos de ceguera se atribuye a la exposición al sol La circunstancia de asociarse el bronceado a standares de belleza, constituye un factor que atenta contra la prevención y contra la exposición solar en horarios no recomendados. Además, en no pocas ocasiones, se emplean las pausas laborales del almuerzo para la práctica de deportes al aire libre en un horario que es claramente perjudicial para la salud por la intensidad de los rayos
El índice IUV es una medida de la intensidad de la radiación. Conocer el índice constituye una herramienta importante a los fines de la prevención.
Existen factores extrínsecos que agravan la exposición a la radiación UV y ellos son la ubicación geográfica, por el debilitamiento de la capa de ozono, la altitud , la latitud y el tipo de terreno.
En este sentido a mayor altitud la atmosfera es más delgada con lo cual se facilita el paso de los rayos ultravioleta a través de ella.
Con relación al tipo de superficie, la nieve refleja hasta un 80% de los rayos UV, la arena clara y seca un 15% y el mar hasta un 25%.
Podemos señalar entre las afecciones más frecuentes respecto de quienes el sol es un factor disparador fundamental las siguientes:
a) Carcinoma basocelular: es la neoplasia maligna más frecuente en los seres humanos. Según el profesor Mario Marini, en las dos últimas décadas se incrementó en más del 20%. Si bien su origen es multifactorial, la exposición a los rayos solares constituye un disparador fundamental de la enfermedad.
b) Carcinoma espino celular que es el segundo tipo de cáncer más frecuente. Tiene un crecimiento rápido y potencial metastásico.
c) Melanoma es un tipo de cáncer que generalmente se presenta como el más grave.
d) Cataratas: son una afección ocular que produce la paulatina pérdida progresiva de la visión.
Ante la exposición a la radiación, existen grupos que son más vulnerables como el de los niños, ya que su piel absorbe tres veces más el sol que la piel de los adultos y además transpiran en menor medida. A ello se suma que, generalmente juegan expuestos al sol. Si bien las estadísticas no ponen la incidencia de estos tipos de afecciones en los niños, hay que destacar que el desarrollo de la enfermedad tiene que ver con la acumulación y esta acumulación comienza desde la infancia.
También constituyen grupos de riesgo, las personas de raza blanca y las personas inmunodeprimidas como sucede por ejemplo con quienes han recibido un trasplante de órganos.
En este marco de situación, es necesario adoptar medidas que protejan a nuestra población de contraer estas enfermedades, extremando las acciones de prevención tendientes a garantizar la calidad de vida de las personas y asimismo, disminuir el impacto económico de los tratamientos de estas enfermedades en el sistema de salud
Por ello es que entre las acciones que proponemos están las de la concientización, la difusión de información adecuada y precisa.
Asimismo, se definen obligaciones cuyos titulares son los empleadores que tienen a su cargo a trabajadores que por la naturaleza de la actividad, trabajan al aire libre y expuestos a la radiación UV.
El Sistema Meteorológico Nacional, contiene en su sitio oficial información sobre el IUV durante todo el año. Este dato es fundamental y lo que tenemos que hacer es generar la conciencia de la necesidad y conveniencia de su consulta habitual y oportuna. La OMS dice que el índice UV solar mundial debe constituir un componente importante de un enfoque de salud pública integrado y de largo plazo para la protección solar.
Es importante la adopción de programas de prevención y protección solar a través de los cuales se den a conocer los riesgos de exposición, las mejores maneras de prevenir los efectos nocivos y las precauciones que deben adoptarse.
Es necesario llegar antes que el efecto acumulativo de la exposición impacte provocando serios daños en la salud. Para ello la prevención y la educación son herramientas indispensables que permitirán generar en la población una conciencia clara que se traduzca en el autocuidado y en las acciones concretas que resulten eficaces para aportar a la salud de la población y una vida con calidad.
Por las razones expuestas solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
SEMHAN, MARIA DE LAS MERCEDES CORRIENTES ENCUENTRO POR CORRIENTES
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
EDUCACION
LEGISLACION DEL TRABAJO
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/06/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
23/09/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones