PROYECTO DE TP


Expediente 6460-D-2016
Sumario: ESTABLECESE QUE EN TODOS LOS ORGANISMOS DEL ESTADO QUE TENGAN AREAS DE ATENCION GENERAL AL PUBLICO, DEBERAN CONTAR COMO MINIMO CON UN AGENTE CAPACITADO EN LA "LENGUA DE SEÑAS" PARA FACILITAR LA ATENCION DE LAS PERSONAS SORDAS O HIPOACUSICAS.
Fecha: 21/09/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1° Establécese que en todos los organismos del Estado que tengan áreas de atención general al público, deberán contar como mínimo con un agente capacitado en la Lengua de Señas con el objeto de facilitar a las per-sonas sordas o hipoacúsicas a realizar los trámites que necesiten.
Asimismo, deberán garantizar la capacitación del personal para comunicarse por la Lengua de Señas Argentina.
Artículo 2°: Todo establecimiento o dependencia estatal, con acceso al pú-blico, deberá contar con señalización, avisos, información visual y sistemas de alarmas o de emergencias luminosos aptos para su reconocimiento de personas con discapacidad auditiva.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se tiene por objeto la remoción de barreras comunicacionales a fin de conseguir la equiparación de oportunidades para personas sordas e hipoacúsicas en el ámbito Estatal y fortalecer la inclusión en la Administración Pública. A tal fin se instrumentarán las acciones tendientes a disponer de los recursos humanos y tecnológicos necesarios para asistir en forma efectiva a las personas discapacitadas con el objetivo de garantizar la accesibilidad en la comunicación y en la información de todos los ciudadanos haciendo un estado más igualitario e inclusivo.
El lenguaje permite a los seres humanos la comunicación a distancia, a tra-vés del tiempo, y ha tenido una participación decisiva en el desarrollo de la sociedad y sus numerosas culturas. El lenguaje hablado es la principal vía por la que los niños aprenden lo que no es inmediatamente evidente, y desempeña un papel central en el pensamiento y el conocimiento. Sin em-bargo, los oyentes, no suelen prestar atención a las necesidades inmediatas de la gente que padece hipoacusia, en cualquiera de sus facetas. La sociedad no se adapta o no quiere hacerlo .La comunicación gestual normatizada a través de la Lengua de Señas Argentina tiene altas probabilidades de una implementación amplia y efectiva que nos permita incluir a quienes tienen dificultades de comunicación mediante la palabra; es decir con personas que no escuchan y/o no hablan.
No existen datos exactos de sobre cual es el total de la población de sordos e hipoacúsicos. Se estiman que el número es mayor a 90.000 sordos y que también hay más de 540.000 personas con algún grado de discapacidad au-ditiva.
Queda entonces en manos del propio Estado, la responsabilidad integrar a los hipoacúsicos en la sociedad. Esta es una cuenta pendiente de este y mu-chos gobiernos pero también es una cuenta pendiente de la propia sociedad.
Por ello, es que solicito de mis pares el acompañamiento y aprobación del presente Proyecto de Ley.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA