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PROYECTO DE TP


Expediente 6374-D-2014
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL 20° ANIVERSARIO DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994.
Fecha: 15/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su beneplácito por el beneplácito por el 20° Aniversario de la Reforma Constitucional de 1994, en la que se incorporaron novedosas aportes al diseño constitucional del Estado Argentino y que fueran incorporadas para optimizar el cumplimiento de los principios y las finalidades consagrados en el Preámbulo de nuestra Carta Magna.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


TEMA: Su beneplácito por el beneplácito por el 20° Aniversario de la Reforma Constitucional de 1994, en la que se incorporaron novedosas aportes al diseño constitucional del Estado Argentino y que fueran incorporadas para optimizar el cumplimiento de los principios y las finalidades consagrados en el Preámbulo de nuestra Carta Magna.
Sr. Presidente:
La reforma de la Constitución de la Nación Argentina de 1994 es una importante modificación realizada al texto constitucional. Modernizó la misma y definió el texto constitucional, sobre cuya legitimidad plena no existía consenso. Entre otros cambios, introdujo los derechos de tercera y cuarta generación, normas para defensa de la democracia y la constitucionalidad, las características de los órganos de gobierno, y nuevos órganos de control.
Se convocaron a elecciones de constituyentes, que se realizan en abril con un amplio triunfo del justicialismo, aunque en la Capital Federal se impone una lista del Frente Amplio. La Convención Constituyente se reúne el 25 de mayo en la ciudad de Santa Fe. Durante dos meses se llevan a cabo amplios debates y, finalmente, se aprueba el texto de la nueva carta magna, que es jurada por los convencionales el 24 de agosto en el Palacio San José, antigua residencia del general Justo José de Urquiza, ubicada en Entre Ríos.Durante tres meses, y en las ciudades de Santa Fe (sede tradicional de varias convenciones constituyentes) y Paraná se realizaron las deliberaciones que terminaron por reformar 43 artículos.
Sobre un total de 305 constituyentes, 134 correspondieron al peronismo, 74 al radicalismo, 32 a partidos de distrito e independientes, 31 al Frente Grande, 21 al Movimiento por la Dignidad y la Independencia (MODIN), 7 a Fuerza Republicana, 3 al Partido Demócrata Progresista, y otros 3 a la Unión de Centro Democrático (UCeDe).
Entre otros convencionales, se destacaron: Augusto José María Alasino, Raúl Alfonsín, Mauro Aguirre, Álvaro Alsogaray, Carlos "Chacho" Álvarez, Carlos Auyero, Eduardo Barcesat, Rodolfo Barra, Antonio Berhongaray, Alfredo Bravo, Leopoldo Bravo, Oraldo Britos, Antonio Cafiero, Juan Pablo Cafiero, Elisa Carrió, Carlos Corach, Adelina Dalesio de Viola, Jorge De la Rúa, Enrique de Vedia, Francisco Delich, Eduardo Duhalde, Guillermo Estévez Boero, Cristina Fernández de Kirchner, Graciela F. Meijide, María Cristina Guzmán, Aníbal Ibarra, César Jaroslavsky, Néstor Carlos Kirchner, Norberto Laporta, Fernando Justo López de Zavalía, Juan Carlos Maqueda, Héctor Masnatta, Diego J. May Zubiría, Eduardo Menem, Alberto Natale, Alicia Oliveira, Enrique Paixao, Alberto Piccinini, Adriana Puiggrós, Luis Rébora, Jorge Pedro Busti, Carlos A. Reutemann, Aldo Rico, Jesús Rodríguez, Adolfo Rodríguez Saa, José Romero Feris, Horacio Rosatti, Elva Roulet, Fernando "Pino" Solanas, Héctor Tizón, Eugenio Zaffaroni.
Son muy importantes la introducción en la Constitución de normas para impedir los golpes de estado, los derechos ambientales, del consumidor, a la información, y la acción colectiva y el amparo, el voto directo, el ballotage, la posibilidad de traslado de la Capital de la República, la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
El 22 de agosto de 1994 se aprobó definitivamente la reforma constitucional en la localidad de Olivos, en la provincia de Buenos Aires.
La Convención Reformadora agregó a la Primera Parte de la Constitución Nacional, que constaba de un único capítulo (Declaraciones, derechos y garantías: del artículo 1 al 35), un segundo capítulo titulado Nuevos derechos y garantías, que pasó a contener ocho artículos (del artículo 36 al 43).
Respecto de la Segunda Parte de la Constitución Nacional (Autoridades de la Nación), la Convención modificó algunos artículos y agregó otros. En consecuencia, el articulado de la Segunda Parte fue numerado de nuevo. Se incluyó la participación de ciudadanos en partidos políticos, la consulta popular y la reelección presidencial (el presidente y el vicepresidente de la Nación duran cuatro años en su cargo y pueden ser reelectos por un solo período consecutivo).
Además, se introdujeron un conjunto de disposiciones tendientes a la atenuación del presidencialismo, a garantizar la independencia del Poder Judicial, a la incorporación de mecanismos de democracia semidirecta y a la afirmación de derechos sociales. También se agregaron cláusulas para el fortalecimiento del federalismo, para garantizar la protección del medio ambiente y de los derechos de los consumidores. Asimismo, se otorgó jerarquía constitucional a los tratados firmados por nuestro país con organismos internacionales o con otros países.
Señor Presidente, por todo lo expuesto es que solicito a mis pares, me acompañen en la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/10/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1008/2014 ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 34/2014 29/10/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 25/11/2014 APROBADO