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PROYECTO DE TP


Expediente 6344-D-2013
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY 23349, T.O. 1997 Y SUS MODIFICATORIAS -: MODIFICACIONES, SOBRE TRIBUTO DE LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO.
Fecha: 10/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES
ARTICULO 1° - Modifícase la ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, como se indica a continuación:
Derógase el inciso j) del artículo 28
Incorpórase como inciso g) del artículo 8 el siguiente:
"g) Las ventas, obras, locaciones y prestaciones de servicio efectuadas por las Cooperativas de Trabajo, promocionadas e inscriptas, en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, cuando el comprador, locatario o prestatario sea el Estado nacional, las provincias, las municipalidades o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus respectivas reparticiones y entes centralizados o descentralizados, excluidos las entidades y Organismos comprendidos en el artículo 1° de la ley 22.016."
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la actualidad los servicios prestados por los socios de cooperativas de trabajo a la propia cooperativa se encuentran exentos del impuesto al valor agregado, no así los servicios prestados luego por esa misma cooperativa a terceros. Siendo las cooperativas de trabajo un instrumento de reactivación económica ya comprobado resulta de vital importancia alentar su desarrollo a través de políticas fiscales y de promoción.
En el caso de "Las ventas, obras, locaciones y prestaciones de servicio efectuadas por las Cooperativas de Trabajo, promocionadas e inscriptas, en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, cuando el comprador, locatario o prestatario sea el Estado nacional, las provincias, las municipalidades o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus respectivas reparticiones y entes centralizados o descentralizados, excluidos las entidades y Organismos comprendidos en el artículo 1° de la ley 22.016." tributan una alícuota del 10,5%.
Según un informe avalado por la Oficina Internacional del Trabajo y la Oficina Regional para América Latina y el Caribe a través de la publicación: "El cooperativismo de trabajo en la argentina: contribuciones para el diálogo social" (pág. 21 - junio 2011)
"...El tercer modelo de CT, "inducida por el Estado" refleja la situación de cooperativas cuyos orígenes están basados en sujetos excluidos, para quienes la necesidad/situación de vida es el móvil prioritario..."
Gracias a la incorporación del monotributo social se logra formalizar a un sector postergado de la población permitiéndole el acceso a planes jubilatorios y cobertura social. Facilitando así también el primer trabajo a los jóvenes e incorporando la franja poblacional de entre 45 y 60 años de edad, la cual se encuentra prácticamente excluida de la demanda del mercado laboral.
Según datos aportados por el Ministerio de Desarrollo Social a través del REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y
ECONOMIA SOCIAL (REDLES), de los 600.000 efectores registrados casi 150.000 se encuentra asociados a cooperativas, lo que constituye aproximadamente el 25% del total. Sumado a esto, según cifras suministradas por el INAES, las cooperativas contribuyen en más del 8% al PBI nacional y en el ranking de "empleabilidad", se ubican en tercer lugar, después del sector público y de los supermercados.
Las políticas económicas aplicadas en la década del 90 sumieron al país en una profunda crisis, alcanzando su punto máximo en los años 2001-2002 y provocando el peor derrumbe social de la historia argentina.
A partir del 2003 con la asunción del expresidente Néstor Kirchner y continuando luego con la actual presidenta Cristina Kirchner la defensa de los sectores vulnerables de la población se convirtió y afianzó como política de estado, siendo el modelo de cooperativas de trabajo una herramienta fundamental a tal fin. Tal es así que el 17 de diciembre de 2003 se aprueba un proyecto enviado por el Ejecutivo reduciendo la alícuota del IVA a la mitad para las cooperativas de trabajo inscriptas como efectores sociales en el Ministerio de Desarrollo Social, hoy Ley 25.865.
Es en este espíritu que propongo ir un paso más adelante e incluir a las exenciones del impuesto al valor agregado a los servicios prestados por este modelo de cooperativas y de esta manera ayudar a los sectores de alta vulnerabilidad social.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOTTO, INES BEATRIZ FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DONKIN, CARLOS GUILLERMO FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZIEBART, CRISTINA ISABEL CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RUIZ, AIDA DELIA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
BASTERRA, LUIS EUGENIO FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
YAZBEK, RUBEN DAVID CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)