Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 6327-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL INSTRUYA AL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION Y A LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD A FIN DE RESTABLECER LAS PRESTACIONES A LOS AFILIADOS A LA OBRA SOCIAL PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE (OSPLAD).
Fecha: 07/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que, instruya al Ministerio de Salud de la Nación y a la Superintendencia de Servicios de Salud sobre la falta de prestaciones de los servicios a los afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD), lo siguiente:
1) Se adopten las medidas necesarias, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud, para que en forma urgente y en el menor plazo se restablezcan los servicios y prestaciones a los afiliados de OSPLAD en todo el territorio nacional;
2) Se inicien las acciones correspondientes para que la obra social OSPLAD haga efectivo, a la brevedad, los reintegros solicitados por los afiliados carentes de servicios y prestaciones;
3) Se inicien las investigaciones correspondiente a efectos de determinar si Organismos del Estado tuvieron responsabilidad, por acción u omisión, en la situación de desprotección que padecen miles de afiliados a la obra social OSPLAD:
a) Si la Administración de Programas Especiales (APE), hoy transferida a la Superintendencia de Servicios de Salud, giró en tiempo y forma los fondos correspondientes a las obras sociales;
b) Si la Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la Gerencia y/o Gerencias que correspondieran, realizó todas las acciones necesarias para garantizar los servicios y prestaciones a las obras sociales; y
c) Si el Defensor del Beneficiario de la Superintendencia de Servicios de Salud actuó en consecuencia protegiendo los derechos de los afiliados a la obra social OSPLAD;
En caso de determinarse responsabilidad de algún/os Organismo/s del Estado que haya contribuido con sus acciones u omisiones, dilaciones, inobservancia de las normas legales vigentes, etc. a la grave situación que llevó a esta obra social ha desamparar total o parcialmente a sus afiliados en algún momento y en algún lugar de nuestro país, se actúe sobre la responsabilidad de los funcionarios a cargo de dichos Organismos por vía administrativa o judicial según correspondiere; y
4) Se informe a ésta Honorable Cámara de lo actuado por el Ministerio de Salud y por la Superintendencia de Servicios de Salud sobre la falta de prestaciones de los servicios a los afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La solicitud para que el Poder Ejecutivo instruya al Ministerio de Salud y a la Superintendencia de Servicios de Salud para que adopten medidas, inicien acciones e investigaciones y brinden información de lo actuado sobre la falta de prestación de servicios a los afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD), responde a:
Denuncias en medios periodísticos, a continuación detallamos algunas:
El Diario | Paraná | Miércoles 16 de Mayo de 2012
Se agrava la falta de servicios en la Osplad
"La situación de la Obra Social para la Actividad Docente (Osplad) continúa siendo complicada: desde hace un mes y medio que los bioquímicos han suspendido prestaciones por falta de pago, y desde principios de este mes la Federación Médica de Entre Ríos (Femer) adoptó idéntica actitud, seguida por los farmacéuticos. (...)"
Diario El Argentino | Gualeguaychú | 28 de Junio de 2012
Los afiliados de OSPLAD viven un calvario
"Los afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente (Osplad) viven un calvario sin poder en Gualeguaychú y en toda la provincia, lograr tener el prometido servicio de prestación en materia de salud. (...)"
APFDigital | Paraná | 02 de Septiembre de 2012
AMET CRITICO LA "MALA ADMINISTRACION" DE CTERA EN OSPLAD Y PROPUSO QUE LA MAYORIA DE LOS FONDOS SE QUEDEN EN ENTRE RIOS
"(...) La postura institucional de AMET es que Osplad no es deficitaria en Entre Ríos y que la mala administración o gestión de los fondos de lo que se hace desde Buenos Aires, donde CTERA tiene la mayoría, es la causante primordial de que hace ocho meses no tengamos servicio", lanzó Andrés Besel.(...)
En la página web de la de la propia Obra Social OSPLAD, la carta a los afiliados del Consejo de Administración titulada "La Unica Verdad es la Realidad" de Marzo de 2012 firmada por el Presidente del Consejo Profesor Daniel R. Perata, aún publicada en la fecha, donde detallan deudas a cobrar por la Obra Social.
Propuestas legislativas como el Expte N° 4300-D-2012 del 26/06/2012 de autoría del Diputado Fabián Rogel y otros Señores Diputados, destinado a la Comisión de Acción Social y Salud Pública, que no tuvo tratamiento a la fecha pese a la gravedad del asunto.
La Constitución Nacional en su Artículo 14bis consagra el derecho a la protección integral de la familia y la obligación del Estado de otorgar los beneficios de la seguridad social; y en algunos de los tratados detallados en el inciso 22 del Artículo 75 se consagra el derecho a la vida. En este marco, la salud de los habitantes es una obligación impostergable de la autoridad en favor al bienestar de todos los ciudadanos.
Las Leyes N° 23.660 de Obras Sociales y N° 23.661 Sistema Nacional de Seguro de Salud sancionadas a fines de 1988, más la Ley N° 24.445 Prestaciones obligatorias que deben incorporarse sancionada en 1995, con sus reglamentaciones y modificaciones, constituyen la base del sistema de salud vigente.
Durante el gobierno del Presidente Dr. Carlos S. Menem, y dentro del marco de la Ley N° 24.629 de Reorganización Administrativa del año 1996, el Poder Ejecutivo dicta el Decreto N° 1615/96 por el cual constituye la Superintendencia de Servicios de Salud que tiene como misión y objetivos los siguientes: "... regulación y control de los actores del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Su misión es supervisar, fiscalizar y controlar a las Obras Sociales y a otros Agentes del Sistema, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a gozar las prestaciones de salud establecidas en la legislación. (...)" - (fuente: pagina web del organismo) y crea la Dirección de Programas Especiales dentro del Ministerio de Salud, con la misión de atender los planes establecidos por la Ley N° 23.661. En el año 1998, el Poder Ejecutivo por Decreto N° 53/98 crea la Administración de Programas Especiales (APE) la que absorbió las funciones de la Dirección antes mencionada.
En Marzo del corriente año, éste gobierno por Decreto N° 366/12 transfiere la Administración de Programas Especiales (APE) al ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud y en Julio por Decreto N° 1.198/12 dispone la absorción de la Administración de Programas Especiales dentro de la estructura organizativa de la Superintendencia de Servicios de Salud en jurisdicción del Ministerio de Salud.
Informe de la Auditoría General de la Nación aprobado por Resolución Nº 30/12 sobre la gestión de fondos realizada por la Administración de Programas Especiales (APE).
Ante las innumerables denuncias públicas -algunas las detallamos anteriormente- que indican un resentimiento en la prestación de los servicios de salud por parte de OSPLAD, ya que sus afiliados sufren, en algunos lugares de nuestro país, problemas en la atención; al reconocimiento del titular de la Obra Social de problemas financieros que adjudica a deudas pendientes de cobro de algunas Provincias, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, algunos Organismos Nacionales, Instituciones educativas privadas y con el APE; al informe de la Auditoría General de la Nación sobre la gestión del APE; y que es responsabilidad del Estado Nacional velar por el bienestar de los ciudadanos; que corresponde a los Organismos antes citados y que actúan en jurisdicción del Ministerio de Salud el control y fiscalización de las Obras Sociales y la administración de los programas especiales, es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)