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PROYECTO DE TP


Expediente 6310-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL "PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS";
Fecha: 19/02/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 183
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, informe sobre los siguientes puntos vinculados al PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS.-
1).- Cual es el importe total percibido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en concepto de comercialización por si o por terceros de los derechos de explotación primarios y secundarios desde la fecha de celebración del contrato con la Asociación de futbol Argentino al presente.-
2).- Informe acerca de la totalidad de los gastos efectuados por todo concepto en la implementación del Programa "Fútbol Para Todos": pagos o adelantos realizados a la AFA, salarios de personal contratado (periodistas, técnicos o asistentes), contrataciones para la distribución satelital de las imágenes o todo otro concepto que signifique una erogación por parte del Estado Nacional en el marco del Programa "Futbol Para Todos".
3).- Cuales son los criterios valorados para arribar a la cifra garantizada de un piso de PESOS SESISCIENTOS MILLONES ($ 600.000.000) anuales cuyo pago se garantiza a la AFA.-
4).- Informe sobre la comercialización de los productos de AFA realizada por si o por terceros, dando cuenta de los clientes y los montos facturados a cada uno por periodos mensuales.-
5).- Explique en qué términos y bajo qué procedimientos se adjudicó a "La Corte S.R.L" la distribución de las imágenes, en la televisación de los partidos pertenecientes al Campeonato Argentino de Primera División.-
6).- Informe si se ha obtenido algún excedente y en su caso cuanto fue destinado al fomento de los deportes olímpicos.-
7).- Informe por que razón no se prevén mecanismos de ajustes del valor garantizado para el supuesto de resultar el acuerdo deficitario y perjudicial para los intereses del Estado.-
8).- Informe cual es la política o estrategia que se planificó para el presente año, a efectos de llevar adelante un esquema de recaudación que redunde en beneficios para el Estado y en su caso el Organismo a cargo del mismo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 6 de Agosto del año 2009 la Asociación del Fútbol Argentino (en adelante AFA) celebró un contrato con la Jefatura de Gabinete de Ministros (en adelante JGM) por el cual aquella le otorgaba a ésta la exclusividad de los derechos de explotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, por cualquier sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos, creados o a crearse, de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada uno de los encuentros de los torneos de fútbol de primera categoría organizados por la AFA, para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital Federal, el interior y exterior del país, durante la vigencia de dicho Acuerdo, a fin de permitir el acceso libre y gratuito por televisión abierta en todo el territorio de la República.
Por otro lado, el 11 de Agosto del año 2009 la AFA rescindió unilateralmente el contrato de licencia de derechos de transmisión que oportunamente celebrara con Televisión Satelital Codificada S.A.
Por medio del contrato asociativo firmado el 6 de agosto lo que se procuraba era permitir el acceso gratuito por televisión abierta en todo el territorio de la República para todos los ciudadanos. Asimismo también se tuvo en miras compartir el producido de la comercialización de los "Productos AFA", debido a que -según lo establecido en los considerandos del mentado contrato- "resulta imprescindible fortalecer a los clubes -asociaciones civiles sin fines de lucro- que se agrupan en AFA, con alternativas que les permitan mejorar sus ingresos, posibilitando que el fútbol argentino progrese de formador de jugadores de nivel mundial a generador de espectáculos deportivos, a partir del mejor nivel de sus torneos" (consid. II) y que "no será posible si en el marco de crecimiento del negocio televisivo, la ganancia de los tenedores de los derechos televisivos continúa creciendo en detrimento de clubes cada vez más empobrecidos." (consid. XIV).
La sesión de los derechos televisivos tendrá una vigencia de diez años contados a partir del 20 de Agosto de 2009 venciendo en consecuencia el 19 de Agosto de 2019.-
Por este contrato la JGM abonaría la suma de PESOS SEISCIENTOS MILLONES ($600.000.000) como ingreso mínimo anual garantizado. Asimismo dado el carácter asociativo del contrato, la JGM se comprometió a abonar a AFA el 50 % de las sumas totales netas percibidas por JGM resultantes de la comercialización. Específicamente, se establece que una vez que la JGM obtenga otra suma igual al ingreso mínimo anual que se garantiza a AFA, el excedente será distribuido por mitades, acordando las partes que la AFA destinará su 50% excedente a los clubes afiliados a la misma, y JGM destinará su 50% excedente al fomento de los deportes olímpicos.-
En la cláusula sexta se faculta a la JGM a comercializar por sí y/o por terceros la totalidad de los productos AFA a terceros, incluyendo -pero sin limitarse a- operadores de cable, DTH, aéreo, televisión abierta, Internet, empresas de telefonía fija y/o celular, así como cualquier otra plataforma creada o a crearse que pudiera difundir los productos AFA, contando para ello con las más amplias facultades para decidir las condiciones, el modo y la forma de comercialización que considere más conveniente para potenciar los beneficios. Sin que implique enumeración taxativa, se encuentran incluidos los derechos de comercialización al interior y exterior del país, con las reservas que para goles y/o jugadas relevantes decida JGM, transmisión de partidos e imágenes por telefonía celular, contenidos exclusivos para programas deportivos, contenidos en Internet mediante sistema "a demanda" y diario digital, derechos de explotación y comercialización de publicidad durante la transmisión, comercialización de publicidad asociada a imágenes y contenidos exclusivos y derechos de explotación y comercialización de contenidos asociados.-
También se establece que las partes analizarán al finalizar el primer año de vigencia del acuerdo, la evolución de la comercialización y los valores de mercado a fines de adoptar una nueva modalidad de ajuste, en referencia al Ingreso.-
El convenio en cuestión, se presentaba como una recuperación del espectáculo deportivo para que pudiera ser gozado por todos los argentinos.-
Es valioso el objetivo de garantizar la igualdad de derechos a todos los ciudadanos, pero tal propósito no puede dejar de considerar necesidades urgentes y prioritarias que tiene el país y que por su trascendencia requieren una especial atención por sobre otros temas.-
El acuerdo, comienza incluyendo en sus consideraciones una afirmación que compartimos plenamente, y que lamentamos no se advierta concretada en el resto del articulado.-
Al inicio del texto suscripto entre la AFA y el Jefe de Gabinete de Ministros se acuerda: "Que ningún convenio asociativo puede subsistir sobre la base del enriquecimiento de uno y el empobrecimiento de otro;" (El resaltado me pertenece).-
No obstante esta afirmación inicial, en el resto del articulado se advierte que la AFA se sitúa en una posición ventajosa respecto del Estado, distrayendo de esta manera un volumen importantísimo de fondos que podrían ser destinados a palear alguna de las acuciantes necesidades que por estos meses vive nuestro país.-
Adquiriendo el Estado los derechos de comercialización por si o por medio de terceros de la televisaciòn de los diferentes partidos, se obliga a una prestación que no pareciera prima facie, representar una justa composición de intereses y consecuentemente resguardar un equilibrio contractual indispensable en un acuerdo.-
El Estado establece un piso que garantiza a la AFA de PESOS SEISCIENTOS MILLONES ($ 600.000.000), que se obliga a abonar de manera inexcusable durante los diez años de vigencia del contrato.- La posibilidad de reajustar el precio es siempre a favor de la AFA y no se prevé en el texto del acuerdo ningún mecanismo que permita revisar la cifra mencionada cuando la misma se torne gravosa para el Estado y resulte definitivamente perjudicial para sus arcas.-
A ello se suma como circunstancia agravante la publicación en el Boletín Oficial de la Decisión Administrativa Nº 41/2010, suscripta por el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros y el Sr. Ministro de Economía a mérito de la cual, se reasignan partidas presupuestarias para destinar más fondos al programa Futbol para todos, en lo que aparece como un reconocimiento de las inequidades que se dan en el contrato que hasta ahora solo parece haber representado erogaciones para el Estado Nacional.-
La reasignación de partidas necesariamente implica que alguien sufrió el recorte y en este caso son las provincias las afectadas.- Si se tiene en cuenta que el gobierno nacional ha venido, en los últimos días remitiendo partidas para auxiliar a las administraciones provinciales que no podían afrontar sus compromisos, resulta claramente inadecuada la decisión adoptada.-
Mientras tanto, la pobreza crece en el país y la necesidad de recurrir a programas como la Asignación universal por hijo, revela el grado de la emergencia social que demanda en consecuencia la necesidad de fijar prioridades.-
Es por eso que para determinar cuales son las ventajas y desventajas del acuerdo es necesario conocer la mecánica y los resultados que ha venido teniendo en su instrumentación y aplicación concreta.-
Por cuanto como bien se expresa en la redacción del contrato "...ningún convenio asociativo puede subsistir sobre la base del enriquecimiento de uno y el empobrecimiento de otro;" y sobre todo cuando ese empobrecimiento apareja la desatención de otras necesidades básicas de millones de argentinos.-
Es indispensable que tengamos los elementos necesarios para evaluar el desarrollo de este acuerdo y las ganancias o pérdidas que el mismo le está reportando al Estado.-
Por todo ello, es que consideramos sumamente necesario intentar trasparentar el adecuado manejo de los fondos públicos tendientes a instrumentalizar el proyecto "Futbol Para Todos".-
Este requerimiento no hace más que intentar viabilizar las finalidades propuestas en los considerandos del contrato del 20 de agosto de 2009 entre la AFA y la JGM que dispone: "Que ello requiere también un fuerte compromiso para instalar un sistema de administración que otorgue transparencia y facilite los controles institucionales." (consid. III del contrato AFA-JGM).-
Siendo la Jefatura de Gabinete de Ministros el órgano jerárquico superior al resto de los organismos requeridos, es que demandamos la respuesta a la información solicitada.-
Dado el carácter de la información solicitada, en razón de la envergadura de los montos utilizados en la explotación del negocio, la razonabilidad de las dudas que se generan sobre el equilibrio contractual con la consiguiente afectación del patrimonio del Estado, y considerando que este requerimiento se funda en el principio republicano de gobierno de transparencia de las decisiones públicas, es que solicitamos a nuestros pares acompañen el presente proyecto de resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA