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PROYECTO DE TP


Expediente 6281-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONTRATACION DIRECTA POR URGENCIA N 48/13, LLEVADA A CABO POR EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, PARA LA ADQUISICION DE ANTICONCEPTIVOS HORMONALES.
Fecha: 05/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 126
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
1) Antecedentes técnicos de la Contratación Directa por Urgencia Nº 48/2013 llevada a cabo por el Ministerio de Salud, cuya decisión fuera aprobada mediante Decisión Administrativa 655/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros con fecha 27 de agosto de 2013, cuyo objeto es la adquisición de anticonceptivos hormonales.
2) Cuáles fueron las circunstancias objetivas que dieron lugar a la urgencia o emergencia que impidieron la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno para la satisfacción de una necesidad pública.
3) Acompañe copia fiel del Expediente por el cual tramitó la mencionada contratación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con fecha 03 de septiembre de 2013 se publico en el Boletín Oficial de la República Argentina, la Decisión Administrativa 655/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se aprobó la Contratación Directa por Urgencia Nº 48/2013, que tuvo por objeto la adquisición de anticonceptivos hormonales.
La Contratación Directa por Urgencia que cuestionamos se encuadra en el artículo 25, inc. d), apartado 5 del Decreto Delegado 1023/2001. El mismo establece que la selección por contratación directa por urgencia se utilizara cuando "...probadas razones de urgencia o emergencia que respondan a circunstancias objetivas impidan la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno, lo cual deberá ser debidamente acreditado en las respectivas actuaciones, y deberá ser aprobado por la máxima autoridad de cada jurisdicción o entidad..." (El subrayado y negrita me corresponden).
En este sentido, el Decreto 893/2012, reglamentario del Decreto Delegado 1023/2001 y sus modificaciones, establece en su artículo 24 que para utilizar el procedimiento de selección previsto en la causal establecida en el artículo 25, inc. d), apartado 5 (por urgencia o emergencia) deberá probarse la existencia de circunstancias objetivas que impidan la realización de otro modo de contratación.
Ninguna de las condiciones impuestas por las normas citadas para utilizar justificadamente el método de contratación directa por urgencia fue acreditada ni surge de los considerandos de la Decisión Administrativa 655/2013. Si bien se invocan supuestas razones de urgencia, no existe ningún elemento que dé cuenta de dicha circunstancia.
Por ello, es que solicitamos se informe, explique y pruebe, en los términos de lo explícitamente requerido por los Decretos 1023/2001 (Art. 25, inc. d), apartado 5), y Decreto 893/2012 (Art. 24 Anexo con la modificación introducida por la Oficina Nacional de Contrataciones), las circunstancias objetivas de urgencia que impidieron la relación de otro procedimiento de selección e impusieron la selección por la contratación directa.
A su respecto, aclaramos que el Decreto Reglamentario 893/2012, artículo 24 (Anexo con la modificación introducida por la Oficina Nacional de Contrataciones) establece "...Serán razones de urgencia las necesidades apremiantes y objetivas que impidan el normal y oportuno cumplimiento de las actividades esenciales del organismo contratante. Se entenderá por casos de emergencia: los accidentes, fenómenos meteorológicos u otros sucesos que creen una situación de peligro o desastre que requiera una acción inmediata y que comprometan la vida, la integridad física, la salud, la seguridad de la población o funciones esenciales del Estado Nacional...".
Por lo tanto, y teniendo en cuenta lo expuesto, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
ESPINDOLA, GLADYS SUSANA CORDOBA UCR
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA CORDOBA UCR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)