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PROYECTO DE TP


Expediente 6234-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA EL RETIRO DE LAS RESERVAS PRESENTADAS A LA "CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE POBLACION Y DESARROLLO - 1994" Y A LA "IV CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER - 1995 ".
Fecha: 06/11/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 158
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que corresponda, retire las reservas oportunamente presentadas a los siguientes instrumentos internacionales, a los que nuestro país ha adherido en Naciones Unidas, recurriendo a la tramitación apropiada:
1) Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, realizada en El Cairo, Egipto del 5 al 13 de septiembre de 1994.
2) Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer realizada en Beijing, China entre el 4 y el 15 de septiembre de 1995.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Observamos con satisfacción que en la Argentina se vienen produciendo cambios significativos en relación con el ejercicio de los derechos humanos en general y de las mujeres en particular, a partir de la inclusión en nuestra Carta Magna, a través del artículo 75 inciso 22, de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos.
Sin embargo, oportunamente nuestro país ha planteado reservas a los documentos emanados de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, realizada en El Cairo, en 1994, y a la Declaración de Beijing, resultante de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, que tuvo lugar en Beijing, China, en 1995.
De la Conferencia sobre Población y Desarrollo (CIPD) realizada en El Cairo, participaron delegaciones de 179 países en las negociaciones que condujeron a la elaboración de un Plan de Acción sobre Población y Desarrollo para los siguientes veinte años. Entre ellos, el nuestro.
En dicha Conferencia, por primera vez, un acuerdo internacional otorgó un papel primordial a la Salud y a los Derechos Sexuales y Reproductivos, superando los objetivos meramente demográficos y basándose en el desarrollo humano. Se reconoce el Plan de Acción y las Medidas Claves de implantación del mismo, aprobados por la mencionada Conferencia, como dos importantes y efectivas herramientas para diseñar políticas de salud, que se vienen llevando a cabo en los países de la región, a través de diversas acciones, programas y políticas en materia de Salud Sexual y Reproductiva, que constituyen importantes avances en la dirección planteada por el CIPD.
Cabe destacar que en los últimos años la República Argentina ha ratificado los acuerdos internacionales referentes a derechos de las mujeres en todo su contenido. Como ejemplo, podemos mencionar la participación de nuestro país en la Reunión de la Mesa Directiva Ampliada del Comité Especial sobre Población y Desarrollo de CEPAL, realizada en Santiago de Chile los días 10 y 11de marzo de 2004, en cuya Declaración se reafirma "el compromiso de los países de la Región con los principios, objetivos y acciones contenidos en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo y con las Medidas Claves" para seguir ejecutando el Programa de Acción en la CIPD.
De este modo, nuestro país se comprometió a continuar con el Plan de Acción de la Conferencia de El Cairo, estableciendo políticas de equidad de género, educación, salud y empoderamiento de la mujer, involucrando a los adolescentes y también a los hombres en las políticas de salud sexual y reproductiva, lo que redunda en el fundamental valor que tienen el acceso a la educación e información al respecto.
En concordancia con ello, podemos citar que en octubre de 2002, se aprobó la Ley 25.673 de Salud Sexual y Procreación Responsable, y se formuló el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, vigente desde marzo de 2003. La sanción de dicha Ley e implantación del Programa vienen a saldar una deuda histórica con la población argentina y constituyen un hito en relación con las políticas públicas que implican un claro compromiso con los derechos humanos básicos de la población en general y las mujeres en particular.
A partir de este hecho, se revierte la situación que se venía produciendo en nuestro país desde mediados del siglo XX, con ausencia de políticas públicas que dieran solución a las demandas de la población. Esta Ley y el Programa Nacional dan respuesta a la necesidad que tiene la sociedad de ejercer libremente sus derechos y que nuestro país ha consignado ante los Organismos Internacionales.
Asimismo, quedó claramente expresada la posición de nuestro país en el documento elaborado en la Ciudad de México, entre los días 10 y 12 de junio de 2004, conocido como "Consenso de México", emanada de la Novena Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe, donde se "reconocen los avances logrados en los ámbitos legislativo, educativo, de la salud, el trabajo, de la lucha contra la violencia, del desarrollo sostenible y del diseño de políticas públicas con equidad de género", y "reconoce también que esos avances son insuficientes y que aún se enfrentan múltiples obstáculos, por lo que se requiere redoblar los esfuerzos y los recursos disponibles, a fin de alcanzar las metas y los objetivos compartidos".
El referido Consenso, en su punto III, reafirma también el compromiso "con los objetivos de la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995), el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Población y el Desarrollo (El Cairo, 1994), el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague, 1995), el Programa de Acción de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia (Durban, 2001), la Declaración del Milenio (Nueva York, 2000), adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas y con los acuerdos posteriores en los que se reafirma la adhesión de los gobiernos a esta agenda internacional".
Y en su punto IV, reitera "que la plena y eficaz implementación de la Plataforma de Acción de Beijing, el Programa de Acción Regional para las Mujeres de América Latina y el Caribe, el Plan de Acción de la CARICOM y los compromisos enunciados en el párrafo anterior es una contribución para el logro de los objetivos de desarrollo que figuran en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas".
En el mismo sentido, los gobiernos de los países participantes en la novena Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe reafirman la decisión de "adoptar medidas, en todas las esferas y en particular las de los ámbitos políticos, social, económico y cultural, incluidas medidas legislativas y reformas institucionales, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de las mujeres de todas las edades, con el objetivo de garantizarle el acceso a la justicia y el ejercicio y goce de todos los derechos humanos, incluidos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los hombres";
"revisar e implementar la legislación que garantice el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y el acceso sin discriminación a los servicios de salud, incluida la salud sexual y reproductiva de conformidad con el Consenso de Lima"
Otro claro ejemplo de ratificación de los acuerdos internacionales es la participación de nuestro país en el XXX Período de Sesiones de la CEPAL, en el Comité de Población y Desarrollo, realizado en San Juan de Puerto Rico, entre los días 28 de junio y 2 de julio de 2004, en el que se ratificó el compromiso con el Plan de Acción de El Cairo y en él los derechos sexuales y reproductivos, población y equidad de género como parte de un componente central de los derechos humanos, acompañando las políticas que se venían llevando a cabo en la región.
Recientemente se han sancionado importantes leyes que la ciudadanía argentina venía reclamando desde hace mucho tiempo, principalmente las mujeres; como ejemplo de ello podemos mencionar la Ley N° 26.130, de ligadura de trompas de Falopio y vasectomía, aprobada por este Congreso en agosto de 2006, lo que constituye otro hecho de suma relevancia, porque además de dar cumplimiento con los compromisos asumidos por nuestro país ante la Comunidad Internacional, tiene en cuenta el derecho individual y la autonomía de la voluntad de hombres y mujeres a decidir sobre su propio cuerpo y elegir autónomamente sobre la cantidad de hijos que quieren tener y su periodicidad.
Por otra parte, nuestra Constitución Nacional, en su artículo 19º, declara: "Las acciones privadas de los hombre que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, y privado de lo que ella no prohíbe".
Tanto la Ley de Salud Sexual y Procreación Responsable como así también la Ley de ligadura de trompas y vasectomía vienen a saldar una deuda que el Estado argentino tenía, en el sentido de la adecuación y actualización de la legislación a las necesidades y reclamos de la sociedad.
Otro claro ejemplo de los avances en materia legislativa de nuestro país ha sido la sanción de la Ley 26.150, "Programa Nacional de Educación Sexual Integral", sancionada en el Congreso de la Nación el 4 de octubre de 2006 y promulgada el 23 de octubre del mismo año. Como colorario de las leyes antes mencionadas, el 16 de noviembre último el Congreso de la Nación ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer. Con este hecho político, la Nación Argentina ha dado un paso de suma importancia al completar el marco normativo que protege los derechos humanos en general y de las mujeres en particular.
Estas nuevas políticas en materia de derechos humanos tienen además efectos sinérgicos con otras dimensiones del desarrollo de nuestra Nación y constituyen herramientas importantes para disminuir la mortalidad materna, mejorar el acceso a la salud de las mujeres y los niños/as, y dirigirse hacia los Objetivos de Desarrollo del Milenio, documento que en su punto III enuncia: "Promover la igualdad de los sexos y el fortalecimiento de las capacidades de las mujeres".
De este modo, la República Argentina cumple con lo manifestado ante la comunidad internacional y expresa su voluntad de avanzar y profundizar en políticas de equidad de género, educación, salud y empoderamiento de las mujeres.
Tanto los Objetivos de Desarrollo del Milenio cuanto la Plataforma de Acción y Medidas Claves de El Cairo y Beijing impulsaron metas y objetivos compartidos por la comunidad internacional para contribuir a mejorar la participación de la mujer tanto en la vida pública como privada y garantizarle el disfrute de todos sus derechos
El Plan de Acción de El Cairo estableció metas por alcanzar, centradas en garantizar el acceso equitativo de la mujer a recursos tales como la educación, el empleo, la participación política, los servicios de salud, la vivienda, la nutrición y la planificación familiar.
En la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, en 1995, se realizó un llamamiento para la adopción de las siguientes medidas: "Proteger y promover los derechos humanos de la mujer y de la niña, erradicar la pobreza, eliminar todas las formas de violencia, eliminar los obstáculos que se oponen a la plena participación de la mujer en la vida pública, propender a la toma de decisiones en todos los niveles, promover la autonomía económica y fomentar la distribución equitativa de responsabilidades en el seno familiar".
A partir de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, se reafirmó que los derechos de las mujeres eran derechos humanos y que la igualdad entre los géneros era una cuestión de interés universal y de beneficio para todos y todas.
En las últimas décadas ha habido avances en algunos aspectos de la situación de las mujeres en nuestro país, así como en el resto del continente, pero a pesar de ello no han sido suficientes ya que siguen persistiendo obstáculos importantes que traen aparejado graves consecuencias que impiden el avance hacia el bienestar de la población. La transformación de valores, pautas culturales, los cambios sociales, políticos y económicos traen necesariamente aparejado el avance en el reconocimiento de derechos.
Es por todo lo expuesto que solicito el retiro de las reservas que la República Argentina realizó a la Declaración de Bejing y la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, China, 1995), como así también al Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y las Medidas Claves (El Cairo, Egipto, 1995), por entender que las mismas han sido superadas y no resultan ser concordantes con las posiciones presentadas por nuestro país en los últimos años ante los organismos internacionales, y en el entendimiento de que la plena ratificación de los instrumentos internacionales redunda en beneficio de la sociedad y garantiza el pleno goce de los derechos de las mujeres en particular.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DI TULLIO, JULIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)