PROYECTO DE TP


Expediente 6232-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DICTADO POR PARTE DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - AFIP - DE LA RESOLUCION GENERAL 3510/13, SOBRE EL CONTROL DE LA ACTIVIDAD DE LOS JUEGOS DE AZAR.
Fecha: 04/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a fin de que informe respecto del dictado de la Resolución General 3510/13:
1) Motivos por los cuales esa Administración no cuenta con un sistema informático propio de control de la actividad de los juegos de azar
2) Razones por las que el control fiscal de esa actividad, en especial vinculado con las maquinas electrónicas de juegos de azar, se realiza en base a la información emanada del contribuyente
3) Qué tipo de mecanismo de verificación especifico tiene implementado esa Administración para cotejar la información que brindará el explotador con la realidad de la recaudación de cada juego y maquina de juegos
4) Cuál es el impedimento o inconveniente técnico para disponer que las maquinas de juegos de azar electrónicas puedan ser controladas y auditadas on line y en tiempo real.
5) Porque dicha Administración no genera un sistema informatico tipo para el control interno de la actividad por parte de cada explotador, a los fines de uniformar la información fiscal y facilitar el contralor de lo informado
6) Por cual motivo no se aprovecha la información que on-line y en tiempo real reciben ya varios organismos de aplicación de diversas jurisdicciones (v.g. provincia de Buenos Aires) para hacer las determinaciones tributarias en base a esos informes
7) Motivos por los que no se exige a la empresa concesionaria Hipódromo Argentino de Palermo Sociedad Anonima, la conexión de todas sus máquinas el1042ectrónicas de juegos de azar a un sistema on-line y de control en tiempo real.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La L. 25.246 tiene como propósito brindar un marco normativo que permita perseguir y castigar a los sujetos que se encuentren implicados en el lavado de dinero y blanqueo de capitales.-
Su art. 20 inc. 3 supone que la actividad lúdica es proclive a ser utilizada para el lavado o disimulación de activos de origen ilícito y de allí la necesidad de un exigente control, estableciendo que las personas fisicas y/o jurídicas que exploten juegos de azar, se encuentran obligadas a informar operaciones que se supongan sospechosas.-
De consuno con esta proclividad, la UIF mediante diversas Resoluciones (17/03, 11/11 y 199/11, entre otras) dispuso la aprobación de diversas reglamentaciones referidas a la actividad de los juegos de azar, las que quedan rápidamente desactualizadas y por la importancia de bien jurídico tutelado, ameritan que muchas de esas reglamentaciones sean elevadas al rango de ley, máximo teniendo en cuenta las recomendaciones del propio GAFI en la materia.-
En el contexto de una actividad tan delicada como lucrativa como es la del juego, es esperable que la Administración Federal de Ingresos Públicos actúe de manera seria, implacable y congruente con esta política pública de combate contra el lavado o disimulación de activos y no con una pusilánime norma como la que antecede a este proyecto, seguramente adecuada a los designios de los prestadores oficialistas.-
El dictado de la Resolución General 3510/13 de la AFIP, lejos está de abastecer un procedimiento transparente y de efectivo control del juego tanto en el país como especialmente en la Capital Federal, donde radica la principal sala de juego electrónico, explotada por la empresa Hipódromo Argentino de Palermo SA, propiedad del empresario oficialista Cristóbal López.-
A través del presente proyecto pretendemos conocer los reales alcances de dicha magra Resolución, que mantiene un esquema vetusto a esta altura del desenvolvimiento institucional y tecnológico, ya que pretende que la verificación de las cargas tributarias sigan haciéndose por medio de declaraciones juradas electrónicas.-
Era esperable y en base a numerosos precedentes, que desde la AFIP se exigiera la implementación de un sistema on line y en tiempo real de toda la actividad, que no solo permitirá un efectivo y eficaz control fiscal sobre toda la actividad, sino que además ayudará a combatir la evasión y el lavado de activos.-
Resulta casi risueño que la AFIP no tenga un sistema informático de contralor propio y que no exija a los concesionarios la implementación de uno común oficialmente diseñado, para poder así tener un solo procedimiento de control de la actividad.-
Los sistemas de contralor deben ser unificados, e incluso con acceso público a la información que brinden a través de páginas web.-
Quiero mencionar un antecedente. En mi condición de diputado provincial en la provincia de Buenos Aires, encabecé la Comisión Investigadora de lo Actuado por el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de esa provincia, en el año 1999.-
A través del accionar de esta Comisión -avalada judicialmente, con la valiente colaboración de otros legisladores y un calificado cuerpo de asesores- pude escudriñar los vericuetos de una actividad hasta ese momento desconocida y que no permitía contralor alguno.-
Se descubrieron importantes falencias e irregularidades, entre las que destaco, la absoluta falta de control estatal en la recaudación del juego electrónico y por ende, un grave perjuicio fiscal, facilitante de esquemas de corrupción, evasión fiscal y de lavado de dinero.-
Hoy en la provincia de Buenos Aires, todo el juego electrónico se encuentra monitoreado en tiempo real y el haber hecho públicas las conclusiones de dicha Comisión, motivó el cambio radical de la normativa reguladora y el presupuesto 2011 se nutrió con mas de 2000 millones provenientes del juego, contra magros 7 millones que obtenía a principios del milenio.-
Según datos oficiales de la Contaduría General de esa provincia, la recaudación por el juego llegó casi a los 9 mil millones en 2010.-
A nivel Lotería Nacional los guarismos también son elevados. Solo en la CABA se recaudaron más de mil millones durante el año 2010.-
Pareciera que la AFIP desconoce todos estos antecedentes.-
Resulta de trascendente importancia conocer los motivos por los cuales el gobierno nacional no quiere ir a fondo con el control del juego electrónico, cuando en la sumatoria de los 2 principales distritos del país, la recaudación supera holgadamente los 10.000 millones de pesos.-
Solicito la aprobación del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)