PROYECTO DE TP


Expediente 6196-D-2009
Sumario: INTERPELACION AL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS, LICENCIADO AMADO BOUDOU, CONFORME ARTICULO 71 DE LA CONSTITUCION NACIONAL SOBRE LA CREACION Y ARTICULACION DEL "FONDO DEL BICENTENARIO PARA EL DESENDEUDAMIENTO Y LA ESTABILIDAD".
Fecha: 04/02/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 180
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar al Señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Licenciado Amado Boudou, a efectos de que, conforme lo dispone el artículo 71 de la Constitución Nacional, concurra al pleno de esta Cámara con el fin de informar sobre los aspectos de la creación y articulación del Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad, y las cuestiones relacionadas al mismo:
a) El contexto que motivo la decisión de adoptar tal medida y recurriendo, además, a un decreto de necesidad y urgencia. Efectos positivos y negativos de la decisión adoptada y de la repercusión posterior (a nivel nacional e internacional).
b) Política de renegociación de Activos y Pasivos del Sector Público Nacional. Estimaciones sobre el cumplimiento en el calendario de pagos de la deuda y posibles canjes de deuda. Las condiciones en las cuales se encuentra nuestro país frente a los distintos tenedores de deuda pública (organismos internacionales y tenedores privados).
c) Presupuesto Nacional: diferencias de estimaciones, nivel de recaudación, financiamiento del endeudamiento y ejecución del gasto, vinculado al punto a)
d) Políticas para reducir la inflación. Sistema Estadístico Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Argentina ha tenido en los últimos dos años un decrecimiento de su producto nacional en parte: por la crisis financiera internacional; por las políticas implementadas por el gobierno nacional (en materia de política económica, en materia de mantenimiento de reglas de juego y del respeto al sistema institucional); por carecer de información fidedigna y confiable que permita trazar las metas básicas de la política económica y por ende, la política presupuestaria.
El actual Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la Nacion, Lic. Amado Boudou, asumió la cartera económica estableciendo las prioridades de: recuperación de la confianza interna de los mercados y la recuperación del crédito internacional, como un elemento de disminución de una de las herramientas centrales de cualquier sistema de créditos para el crecimiento económico, la tasa de interés. Esta última, tiene un fuerte componente vinculado al riesgo país, el cual dada nuestra situación internacional, se ha agravado en los últimos meses.
Sobre ambos puntos, el plano interno y externo, creemos imprescindible la presencia del ministro en el recinto del parlamento nacional, ya que existen fuertes evidencias que en ambos casos, se cometieron graves errores, no se han avanzado en corregirlos y mucho peor, se utilizan los instrumentos procedimentales equivocados para intentar llevar adelante un uso de recursos, los cuales, necesitan un fuerte consenso con todas las fuerzas democrática para su utilización.
En el plano externo, nuestros principales interrogantes están vinculados a la violación de mecanismos constitucionales para respaldar el uso de reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA), la violación de la Carta Orgánica del BCRA y especialmente la carencia de necesidad y urgencia, motivos esenciales de los instrumentos utilizados
El 15 de diciembre se publica en el boletín oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 2010/09, con el cual se crea el Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad.
Observando los considerandos del DNU, podemos indicar que se hace mención al proceso de desendeudamiento iniciado en 2003 y, a la vez, la obligación de diseñar políticas de estado "necesarias" y de "previsión de pronta concreción". Ambos conceptos se argumentan como puntos coincidentes para dictar un DNU, pero en franca contradicción en sus fundamentos. Además, destacan que ello permite un mayor y mejor acceso al financiamiento tanto para el sector público, como para el sector privado.
En su oportunidad se aprobó el presupuesto 2010, en el cual se indica el nivel de deuda para tal año (analizado previamente por el Poder Ejecutivo), pero es el propio DNU el que nos revela que tal nivel no sería cierto o suficiente.
Ahora bien, el DNU, en su parte pertinente indica que para el desendeudamiento la utilización de los recursos necesarios, "tienen que surgir de un uso más eficiente de las reservas del Banco Central de la República Argentina, buscando obtener de ellas no sólo el respaldo a la moneda, sino también la obtención de un mayor provecho para que coadyuven al mayor desarrollo económico interno."
Precisamente, el párrafo citado precedentemente, nos pone en una seria contradicción con la Carta Orgánica del BCRA, independientemente de nuestra posición del rol del BCRA en la Política Económica y su misión dentro de un Estado Nacional, ya que cabe preguntarse: ¿En que parte de la Carta Orgánica se indica que las reservas deben tener tal utilización? ¿Dónde se establece que el PEN puede disponer libremente de esas reservas? ¿Y cuál es el uso más eficiente y por qué?
Recordemos qué dice la Carta Orgánica de nuestro Banco Central:
- Que es una entidad autárquica del Estado nacional.
- Que es misión primaria y fundamental preservar el valor de la moneda. Las atribuciones del Banco para estos efectos, serán la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en la economía y el dictado de normas en materia monetaria, financiera y cambiaria, conforme a la legislación vigente.
- Que deberá dar a publicidad, antes del inicio de cada ejercicio anual, su programa monetario para el ejercicio siguiente, informando sobre la meta de inflación y la variación total de dinero proyectadas.
- Que en la formulación y ejecución de la política monetaria y financiera el Banco no estará sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo nacional.
- Que el Banco no podrá asumir obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionar, restringir o delegar sin autorización expresa del Honorable Congreso de la Nación, el ejercicio de sus facultades legales.
- Que el Banco debe vigilar el buen funcionamiento del mercado financiero.
- Concentrar y administrar, sus reservas de oro, divisas y otros activos externos.
Por lo que, entre el DNU y la Carta Orgánica del BCRA encontramos una cantidad de contradicciones que necesariamente el Ministro de Economía debe explicar.
Pero además, debe explayarse sobre las siguientes situaciones:
1. De la lectura y análisis de los considerandos del DNU; el Presupuesto Nacional para el año 2010 y la Carta Orgánica, se desprenden interrogantes, fundamentalmente cuando se expresa que la Argentina estaría sacrificando crecimiento al mantener esos activos en el exterior con mínimo rédito, sin aprovechamiento alguno en el ámbito interno. Pero a la vez se indica: "Que, en suma, la estrategia precautoria -el seguro para reducir la posibilidad de incurrir en una crisis financiera- se estableció en los lineamientos de incrementar, tanto como se pudiese, la liquidez a través de la acumulación de reservas internacionales." O sea la acumulación de reservas evitaría incurrir en una crisis financiera, pero -a la vez- se considera necesario darle un verdadero aprovechamiento interno (a la vez recordemos la función "respaldo" de la reservas frente a la base monetaria y otros pasivos de la Institución). Nos preguntamos, ¿no es el Congreso Nacional el ámbito para consensuar cual es el límite de reservas necesaria para respaldar la base monetaria y generar confianza y previsibilidad en los mercados, y garantizar un permanente resguardo de las reservas de todos los argentinos?
2. "Aportes de Otras Fuentes": Para el Poder Ejecutivo Nacional, es muy claro (según lo escrito en el DNU) "que para apuntalar la política de desendeudamiento, además de los esfuerzos domésticos para generar superávit primarios persistentes, son necesarios aportes sustantivos de otras fuentes, como el exceso de reservas internacionales, para procurar reducir el stock de deuda, mejorar el perfil de vencimientos, y abaratar el costo financiero cuando corresponda."En otro párrafo se vuelve hacer mención a ello cuando se dice: "Que si bien la acumulación de reservas internacionales contribuye al crecimiento a través de la estabilidad financiera, es decir, reduciendo la incidencia del ciclo ataques especulativos-crisis financieras, tal acumulación puede resultar demasiado onerosa si se lleva adelante muy por encima de niveles óptimos, al -como se dijo- sub utilizar recursos." Estos párrafos creemos son un grueso error para generar confianza, ya que los decisores de inversiones, ante la expresión "aportes de otras fuentes", y con la historia de este gobierno, tiende a hacer analogías, entendiéndose como utilizar recursos de distintas cajas (letras entre organismos públicos como AFIP, PAMI, Banco Nación, etc. y el nuevo sistema provisional). Mañana a que se hará alusión cuando se hable de "son necesarios aportes sustantivos de otras fuentes". Esta es una fuerte señal negativa para la confianza que necesita recobrar la Argentina, y especialmente el sostenimiento de reglas claras de funcionamiento institucional.
Es cierto, lo que expresa los fundamentos del DNU cuando indica que: "Que las reservas internacionales se quintuplicaron entre comienzos de 2003 y diciembre de 2009, pasando de US$ 8.245 millones a US$ 47.539 millones; aun a pesar de haber pagado con ellas US$ 9.530 millones al Fondo Monetario Internacional a principios de 2006. Como porcentaje del producto bruto interno, las reservas pasaron de 9.5% a alrededor de 16.4% en el mismo período." Este argumento, tampoco puede soslayar un debate parlamentario sobre que % del producto bruto interno es aceptable como cantidad de reservas, generando un consenso sobre la misma e impedir que arbitrariamente cada ministro, cada gobierno se crea en condiciones para cambiar, alternar o interpretar los niveles de reservas/PBI que le parezca mas conveniente para la coyuntura y nada mas.
Creemos Sr. Presidente que la confianza se genera cuando se establecen consensos transparentes e institucionales en el corto, mediano y largo plazo y no justamente, "tomando" un supuesto excedente para resolver problemas financiero del año corriente que se actúa.
Finalmente, no sólo resulta complejo comprender los fundamentos del DNU, sino que algunas expresiones indicarían que no se trata de una medida positiva. Como ejemplo se puede transcribir lo siguiente: "Que en las condiciones actuales el uso acotado de reservas no tendrá mayor impacto sobre la política monetaria...", esta afirmación es cierta solamente en el caso en que se cancele a tenedores no residentes. Otro ejemplo sería: "Que si estas acciones no se llevaran a cabo se podrían constituir en un factor crucial que dificultaría el crecimiento de importantes sectores económicos en el mediano y largo plazo."
Recordemos que el primer párrafo recuerda las luchas de independencia, y lo curioso es el nombre real de este fondo "FONDO DEL BICENTENARIO PARA EL DESENDEUDAMIENTO Y LA ESTABILIDAD", teniendo como objetivo llevar adelante los pagos de la deuda pública del Tesoro Nacional con vencimiento en el año 2010. Poco o nada tiene que ver aludir a las históricas luchas por la independencia de nuestro País, cuando por imposición del Ejecutivo (y para algunos especialistas en clara contradicción al marco legal) se obliga a un "organismo autárquico" hacer algo no permitido y poner en pie de igualdad la independencia de un País - la deuda pública - la estabilidad - la imposición sin fundamento real.
El Poder Legislativo, debe estar claramente informado sobre el contexto y desarrollo de tal medida. Medida que numerosos legisladores entendemos que se debía articular a través de un Proyecto de ley (o incluir en el Proyecto de Presupuesto Nacional).
Recordemos que nuestra Constitución Nacional indica en su artículo 75 que corresponde al Congreso:
- Contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación.
- Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación.
- Fijar anualmente, el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional, en base al programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas.
En estas semanas, distintos funcionarios públicos y especialistas realizaron diversas expresiones o argumentaciones frente a importantes interrogantes que la medida produjo. Interpretaciones que, lejos de aclarar, generaron mayor incertidumbre.
Algunas incertidumbres surgen en consideración a la vía optada por el Poder Ejecutivo para la creación y articulación del Fondo. Otras si lo decretado no contradice el artículo 19 de la Carta Orgánica del Banco Central. Ello por encontrarse prohibido:
- conceder préstamos al gobierno nacional, a los bancos, provincias y municipalidades (con la excepción del artículo 20);
- colocar sus disponibilidades en moneda nacional o extranjera en instrumentos que no gocen sustancialmente de inmediata liquidez;
Debemos indicar que la excepción del art. 20, se refiere a que el Banco podrá hacer adelantos transitorios al Gobierno Nacional hasta una cantidad equivalente al 12% de la base monetaria.
Claramente, se puede interpretar que en el marco normativo actual, se determina un camino por el cual se puede dar uso a una cierta parte de las reservas, para su utilización responsable.
Asimismo, el Poder Ejecutivo tiene la posibilidad de remitir al Poder Legislativo un proyecto de ley a través del cual se disponga la creación de un fondo o la utilización de cierto porcentaje de las reservas con fundamentos técnico-políticos razonables.
Señor Presidente, el Presupuesto Nacional, vuelve a entrar en una discusión sobre su fuentes de financiamiento, para los gastos estimados, pero esencialmente para el apartado respecto del nivel de deuda del mismo, y nada indica que la estimación de la recaudación optimista del gobierno, se pueda concretar y por tanto, cabe reflexionar si toda esta situación generada por el uso de las reservas, no está vinculada a garantizar las fuentes de financiamiento para hacer mínimamente consistente el programa financiero y el programa de gastos del Estado Nacional. Pero, también, es de público conocimiento en versiones periodísticas que existe la intención de redireccionar el uso de las reservas hacia las provincias y los municipios, con el objetivo de lograr la aprobación del DNU en cuestión. Somos concientes de la crisis financieras de la mayoría de las provincias argentinas, del nivel de estrangulamiento que desde el Estado Nacional se las somete, ya que la mayoría de los recursos que incrementaron su recaudación son escasamente coparticipables o no coparticipables. Por lo que, el Ministro de Economía, debe explicar a los legisladores realmente como se prevé garantizar el sistema federal, desde el punto de vista financiero y esencialmente como ese presupuesto, que creemos inconsistentes por los elementos planteados, puede hacer frente a la pobreza y la desocupación en todo el territorio nacional.
Por último, Sr. Presidente, decíamos al inicio de los fundamentos que la confianza, es el eje central de las políticas que quiere recrear el Gobierno Nacional, a través, del Ministerio de Economía, y es de público conocimiento que el actual ministro se puso al frente de revertir la pésima imagen del INDEC, esencialmente para recuperar el sistemas de medición y estadística nacional, entre otras cosas, porque arroja un dato sumamente relevante para la planeación de la política económica: la tasa de inflación. Pero también, revela los niveles de pobreza, desocupación, ocupación informal y otros que afectan seriamente a las decisiones de política económica, y tiene consecuencias muy severas en las políticas presupuestarias.
Por estas razones, es que solicitamos se ponga en funcionamiento el mecanismo previsto en la Constitución nacional que, en su artículo 71, establece que "cada una de las cámaras puede hacer venir a su sala a los ministros del Poder Ejecutivo para recibir las explicaciones e informes que estime convenientes." En este marco, es que decidimos convocar a esta Cámara al Señor Ministro Boudou para que brinde las explicaciones que corresponden a la medida adoptada de clara consonancia para la economía y finanzas de nuestro país.
Por los motivos expuestos solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES GEN
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
FINANZAS
ASUNTOS CONSTITUCIONALES