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PROYECTO DE TP


Expediente 6168-D-2010
Sumario: COMISION ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE EL TRASPASO ACCIONARIO Y CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA PAPEL PRENSA: CREACION EN EL AMBITO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.
Fecha: 24/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1°) Créase en el ámbito de la H. Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora que tendrá por objeto:
a. el conocimiento, investigación, esclarecimiento y determinación de eventuales irregularidades en el proceso de traspaso accionario y cambio de titularidad de la empresa Papel Prensa ocurrido en los años 1976 y 1977;
b. el conocimiento, investigación, esclarecimiento y determinación de la existencia de un compromiso de silencio y resguardo mediático a la dictadura militar por parte de los adquirentes de Papel Prensa (Clarín, La Nación y La Razón) como moneda de cambio por el irregular mecanismo de adquisición de sus acciones;
c. la existencia de presuntos móviles discriminatorios y antisemitas en el despojo irregular de las acciones cuya titularidad estaba en cabeza de los herederos y socios de David Graiver;
d. El conocimiento, investigación y esclarecimiento de los mecanismos de adquisición y venta del papel provisto por Papel Prensa a la prensa gráfica de nuestro país, y la determinación del modo en que estos mecanismos pudieron incidir y/o afectar la libertad de prensa en nuestro país.
2°) Serán atribuciones de la Comisión:
a. Requerir y recibir información y documentación relativas al objeto de su actuación;
b. Tomar vista de las actuaciones administrativas y judiciales referidas a los hechos que se investigan;
c. Recibir denuncias de terceros interesados en el esclarecimiento de los hechos que son objeto de la comisión;
d. Requerir y recibir declaraciones testimoniales.
e. Efectuar careos, en su caso.
f. Solicitar pericias técnicas.
g. Realizar inspecciones oculares.
h. Solicitar informes a otros poderes del Estado Nacional y a otras jurisdicciones.
i. Solicitar informes a toda persona jurídica de existencia física o ideal.
j. Solicitar el comparendo y colaboración de personas físicas o jurídicas con competencias técnicas en los hechos investigados.
k. Solicitar el auxilio de la fuerza pública en el caso de ser necesaria.
l. Efectuar las denuncias penales correspondientes en el caso de encontrarse frente a la presunta comisión de delitos de acción pública, acompañando los elementos de prueba recopilados.
3°) La Comisión estará conformada por nueve diputados, designados por el Presidente de la Cámara a propuesta de los diferentes bloques.
4°) La Comisión elegirá a su presidente, vicepresidente y secretario. Posteriormente dictará su reglamento interno, rigiendo de manera supletoria el Reglamento Interno de la H. Cámara de Diputados.
5°) La sede de la Comisión Investigadora será el Congreso de la Nación Argentina, pero podrá reunirse, constituirse y actuar en cualquier lugar que resultase necesario a los efectos de su actuación.
6°) La Comisión tendrá un plazo de ciento ochenta días para el cumplimiento de su objeto, a contar desde el día de la reunión constitutiva. El plazo de duración de la Comisión podrá prorrogarse por resolución de la Cámara.
7°) La Comisión tendrá hasta treinta días hábiles, luego de expirado el plazo de su funcionamiento, para elevar al a Cámara un informe referido a los hechos investigados, prueba acreditada y conclusiones finales. Sin perjuicio del informe final, la Comisión podrá ir informando periódicamente a la Cámara y a la sociedad en su conjunto acerca de los avances producidos en su tarea de investigación.
8°) La H. Cámara de Diputados de la Nación dispondrá las medidas pertinentes para garantizar la infraestructura, la apoyatura técnica y el personal necesario para el cumplimiento del objeto de la Comisión.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Asamblea General de accionistas de Papel Prensa S. A. celebrada el día 20 de mayo de 2010 contó con los testimonios espeluznantes de Lidia Papaleo de Graiver y de José Pirillo, ambos referidos al proceso que dio lugar al cambio de titularidad de las acciones de dicha empresa durante los años de la dictadura militar. A estos testimonios se sumó el de Rafael Ianover en la Asamblea General Ordinaria de accionistas de la misma empresa celebrada el 3 de junio de 2010.
De los testimonios allí aportados surge la presunción grave de estar frente a la existencia de delitos de lesa humanidad concebidos como mecanismo de despojo patrimonial y enriquecimiento ilícito. Sucintamente, de los testimonios ofrecidos se colige que el cambio de titularidad de las acciones de Papel Prensa ocurrido durante los años 1976 y 1977 fue a través de medios coercitivos que vulneraron la autonomía de la voluntad de los participantes. Los dueños de las acciones de Papel Prensa fueron secuestrados, desaparecidos y brutalmente torturados al efecto de obtener su firma para una operación de traspaso accionario. En el caso de algún accionista se llegó incluso al asesinato en el medio de una sesión de tortura.
El aparato represivo del Estado fue puesto al servicio de la consolidación de intereses económicos específicos, despojando de sus derechos patrimoniales a quienes detentaban la legítima titularidad de Papel Prensa en beneficio de nuevos actores. Estos actores consolidaron una importante posición en Papel Prensa a cambio de un presunto pacto de cobertura mediática a la dictadura militar que había usurpado el poder político de la Nación, conforme los testimonios de referencia. El pacto de cobertura mediática suponía el silencio cómplice ante las gravísimas violaciones a los derechos humanos producidos en aquel tiempo. Este cuadro consagraba así un perverso sistema de violencia estatal subordinada al interés pecuniario de grupos mediáticos que garantizaban silencio, complacencia y complicidad.
Los testimonios refieren la existencia de prácticas profundamente discriminatorias de carácter antisemita, pues durante las sesiones de tortura se hacía constante hincapié en la condición de judíos de quienes detentaban la titularidad de las acciones de Papel Prensa hasta entonces. El 10 de noviembre de 1976 se realizó una conferencia de prensa en ADEPA, donde los directivos de Clarín, La Nación y La Razón expresaron que la "adquisición se había efectuado con el fin de
rescatar a Papel Prensa SA para la prensa argentina, evitando que su control estuviera en manos de personas extrañas al periodismo nacional" (¡!)
Los testimonios refieren la existencia de presiones y mecanismos coercitivos varios, sumados a los secuestros seguidos de tortura y de muerte, para efectuar la transferencia de acciones. Los herederos y los socios de David Graiver fueron secuestrados y desaparecidos en el centro de detención clandestino Puesto Vasco, a cargo del tristemente célebre Ramón Camps, y en el Pozo de Banfield.
La presunta existencia de delitos de lesa humanidad, de carácter imprescriptible, nos pone en la necesidad de transitar el camino de la verdad. A ello debemos agregar que estamos frente a un caso en el cual el interés público adquiere un nuevo punto de interés, puesto que el despojo patrimonial estuvo referido a una empresa que detentó un cuasi monopolio en la provisión de papel a la prensa gráfica argentina. Así, la consolidación de la nueva titularidad fue concebida para garantizar la mayor presencia en el mercado de diarios de los diarios Clarín, La Nación y La Razón, desplazando paulatinamente a otras publicaciones. El mecanismo fue sencillo: el cobro de precio diferenciado de papel según se tratara de los diarios titulares de Papel Prensa o de otros diarios o publicaciones. De tal modo se manipuló el precio para favorecer a unos y perjudicar a otros, provocando importantes diferencias que consagraban una desigualdad económica imposible de sostener en el tiempo. Este mecanismo, tantas veces denunciado por distintos actores del mercado
editorial, se torna aún más grave a partir de la aparición de los testimonios que refieren el modo irregular de adquisición de la titularidad de Papel Prensa por parte de Clarín, La Nación y La Razón.
A los testimonios ofrecidos en las asambleas accionarias de Papel Prensa durante el presente año hay que agregar la existencia de los autos "Raffo, José Antonio y otros s/desaparición forzada", en trámite por ante el Juzgado Federal Nro. 3 de La Plata, que contienen testimonios y demás actuaciones probatorias respecto de los hechos aquí consignados, y que se han elevado a juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro.1 de La Plata. Asimismo existen actuaciones producidas por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, también referidas a los mismos hechos.
Independientemente de las actuaciones judiciales en marcha, es necesario que esta Cámara de Diputados investigue cómo se desarrollaron los hechos y su impacto en el ejercicio de la libertad de prensa en nuestro país. Concretamente queremos saber: ¿cómo se puede utilizar el terror estatal
para despojar patrimonialmente a unos, enriquecer a otros, construir monopolios que favorezcan a los actores cómplices del terror y desplazar a otros actores en perjuicio de la diversidad, la pluralidad
y la existencia de múltiples voces en la prensa argentina? ¿De qué manera un monopolio mal habido en la provisión de papel puede afectar la libertad de opinión y la libertad de prensa?
La determinación de la VERDAD de los hechos es un ejercicio insoslayable en el afán de construir una sociedad que pueda afrontar la construcción de su futuro con la serenidad de haber procesado su pasado sin negaciones ni dobleces. La determinación de la VERDAD es un mecanismo de defensa para evitar la repetición de los mismos horrores y las mismas injusticias. La determinación de la VERDAD es el paso necesario para la eventual adopción de medidas que puedan corregir tantos desatinos, tantos horrores y tantos atropellos.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PASINI, ARIEL OSVALDO ELOY BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GULLO, JUAN CARLOS DANTE CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KUNKEL, CARLOS MIGUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PLAINI, FRANCISCO OMAR BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BASTEIRO, SERGIO ARIEL BUENOS AIRES NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO
CARLOTTO, REMO GERARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
COMUNICACIONES E INFORMATICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA