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PROYECTO DE TP


Expediente 6125-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, CANCILLER HECTOR TIMERMAN, SOBRE EL TRAMITE DE EXHORTOS LIBRADOS POR LA JUSTICIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL.
Fecha: 02/09/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Citar, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional y del artículo 204 del reglamento de esta Cámara, al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, Canciller Héctor Marcos TIMERMAN, a concurrir al recinto de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación para que brinde informes acerca de exhortos de la Justicia en lo Criminal y Correccional Federal demorados por el Ministerio a su cargo, donde tramitan dichos requerimientos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por imperativo legal, y como así también establecen los usos y costumbres, los Exhortos a tribunales extranjeros o autoridades de otros países se diligencian por vía diplomática en la forma establecida por los tratados o costumbres internacionales.
Es así que el Código Procesal Penal de la Nación establece este mecanismo, que por ser el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto el encargado de llevar adelante las relaciones diplomáticas de nuestro país, lo obligan a diligenciar correctamente este tipo de requerimientos a autoridades extranjeras. Asimismo es su obligación tramitar debidamente las respuestas, asistencia y cooperación que pueda recibirse de otros países, especialmente cuando esas respuestas obedezcan a requisitorias de autoridades argentinas, como son los exhortos que libran los Jueces Federales en lo Criminal y Correccional.
Es sin duda también deber de dicho Ministerio prestar la asistencia debida a las autoridades judiciales a fin de que los exhortos que tramiten por la Cancillería Argentina cumplan los estándares, modos establecidos por los tratados o costumbres internacionales, por las leyes del país, o por la forma que se haya acordado en los convenios de cooperación firmados con otras naciones.
Como hubiera trascendido recientemente, en el marco de la causa N° 3017/2013 caratulada "BAEZ, Lázaro y otros s/encubrimiento, asociación...", en trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, se han solicitado, a través de exhortos, diferentes informes al menos a autoridades Suizas y Uruguayas.
Así es que la justicia Suiza habría rechazado pedidos de ampliación de información sobre operaciones de lavado de dinero vinculadas con el empresario Lázaro Báez.
Tal como publicaran distintos medios periodísticos se dijo que, "...desde Ginebra, fuentes del gobierno suizo se encargaron en aclarar que "no hubo un rechazo y falta de voluntad" del Ministerio Público de ese país por brindar información de cuentas bancarias. Por el contrario, en Suiza se investiga en forma paralela a 140 empresas con sus respectivas cuentas bancarias que podrían estar relacionadas con operaciones sospechosas de Báez. El problema es que en la Argentina el juez Casanello no cumplió con todos los requisitos necesarios para elevar el exhorto a Suiza." "Es un problema de la justicia y no de la Cancillería", se justificó un funcionario allegado a Timerman."
Pero por otro lado la misma información sostiene que "...en el Palacio San Martín hay un área de asistencia legal que no dio muestras suficientes para asesorar correctamente al juez argentino y elevar un pedido acorde con los requerimientos de Ginebra.". (1)
Al mismo tiempo se sabe que la justicia uruguaya envió a fines de mayo de este año exhortos al Juez a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 7, Sebastián Casanello, pidiendo información sobre la causa en que investiga a Lázaro Antonio Báez, pero esos pedidos nunca habrían llegado a ese juzgado. (2)
Por su parte el juez Casanello, envió exhortos a la justicia uruguaya con pedidos de información sobre la compra por parte de mandatarios de Lázaro Baez del campo "El Entrevero" pero ese requerimiento nunca habría llegado al a las autoridades uruguayas.
No es menor que el Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentre bajo sospecha de demorar, entorpecer o de cualquier modo encubrir con su accionar la investigación que la justicia argentina está realizando en torno al Sr. Lázaro Báez por lavado de dinero y otros delitos.
Es por demás preocupante que esto ocurra siendo el empresario investigado miembro del entorno de la Presidente de la Nación. Confirmar esto, supondría confirmar el delito de encubrimiento por parte de las más altas autoridades de la Nación.
Estos hechos ameritan el pedido de interpelación por parte de esta Cámara de Diputados al Canciller Héctor Timerman.
Frente a estos casos es nuestro imperativo constitucional como Diputados de la Nación ejercer la facultad que nos otorga el artículo 71 de la Constitución Nacional que nos faculta a que hacer venir a cada una de las Cámaras del Congreso a los ministros del Poder Ejecutivo para recibir las explicaciones e informes que estimemos convenientes.
Es por todo ello que solicita la pronta aprobación de este pedido de interpelación.
(1) "Crujen los resortes de la Cancillería" publicado el 21 de agosto de 2013 en el diario La Nación.
http://www.lanacion.com.ar/1612440-crujen-los- resortes-de-la-cancilleria
(2) "Caso Báez: denuncian que la Cancillería no envío a Uruguay un pedido de datos" Publicado el 18 de agosto de 2013 en el diario La Nación.
http://www.lanacion.com.ar/1611809-caso-baez- denuncian-que-la-cancilleria-no-envio-a-uruguay-un-pedido-de-datos
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES