Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 6112-D-2008
Sumario: EXPRESAR ADHESION AL "DIA DE LA DEFENSA CIVIL", A REALIZARSE EL DIA 23 DE NOVIEMBRE.
Fecha: 30/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 153
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su adhesión al "Día de la defensa civil", a realizarse el 23 de noviembre de cada año, en conmemoración del sismo que destruyó la localidad de Caucete de la Pcia. de San Juan ocurrido el 23 de noviembre del año 1.977.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Fue asignado mediante un decreto el día 23 de noviembre, recordando el sismo que destruyó la localidad de Caucete el 23 de noviembre de 1977.
El 23 de noviembre, Día de la Defensa Civil, se recuerda una de las mayores catástrofes sufridas en nuestro país: el terremoto de Caucete en la Provincia de San Juan, ocurrido en el año 1977. Día Nacional de la Defensa Civil, establecido por decreto Nº 1988/81 del Poder Ejecutivo Nacional.
La Defensa Civil en la Rep. Argentina se remonta al 6 de junio de 1939: creación del Comando de Defensa Antiaérea en el área del Ejercito Argentino.
Por Decreto No. 8732/68 las funciones de la Defensa Antiaérea Pasiva, pasa al área del Ministerio de Defensa, creándose un Servicio Civil de Defensa (Ley 17.192/67).
Autonomía de la Defensa Civil - Ley 23. 554.Siguiendo con el paralelismo efectuado de la Defensa Civil en la historia institucional argentina y su contexto internacional, es mediante la Ley de Defensa Nacional, (vigente) en que se reemplaza el nombre de Antiaérea Pasiva por Defensa Civil. Aun así se continúa aplicando la Teoría de la Doble Imposición, lo positivo es el progreso en la materia, se presta mayor atención a la prevención o preparación de las acciones de respuesta ante los efectos de los desastres y se respeta la finalidad originaria de su creación (para casos de guerra).
El día de Defensa Civil fue asignado mediante un decreto el día 25 de noviembre, recordando el sismo que destruyó la localidad de Caucete el 25 de noviembre de 1977. La transferencia de las competencias en materia de Defensa Civil del Ministerio de Defensa al Ministerio del Interior, en virtud de la Segunda Reforma del Estado, ha generado la necesidad de actualizar doctrinalmente todo lo referente a Defensa/Protección Civil y adaptar estos cambios a la nueva organización.
Esto se vio plasmado en un Anteproyecto de ley de Protección Civil, el que fuera elevado oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.
Este día es un homenaje a un servicio comunitario de esencia netamente altruista y solidaria, cuyas acciones y esfuerzos están destinadas a preservar tanto vidas y bienes personales como el patrimonio nacional, sin distingo de edades, credos o razas y acudir en su socorro.
Por eso, la fecha es una buena ocasión para enfatizar cuál es su función en la comunidad: Este organismo coordina el sistema de protección pasiva de la población con el objetivo de limitar los daños causados por desastres de origen bélico, naturales, accidentales o provocados por el hombre.
La Defensa Civil es una función del gobierno, tanto a nivel provincial como a nivel municipal. Cada uno en su jurisdicción tiene la respectiva competencia en cuanto a la seguridad que se brinda a los ciudadanos en cuanto al manejo de las amenazas presentes en el lugar.
¿Cómo actúa Defensa Civil? Las situaciones de emergencia o desastres que afectan o pueden afectar a la comunidad, hacen necesarios estudios que permitan una adecuada difusión de prevención, para concientizar a la población ante los riesgos naturales o provocados por el hombre.
La Dirección General Defensa Civil organiza y planifica su accionar antes de producirse el desastre, mediante hipótesis de riesgo destinadas a proteger al individuo y su grupo familiar ante situaciones como: inundaciones pluviales y sudestadas, incendios, derrames de sustancias peligrosas, derrumbes y todo tipo de siniestros, con el fin de evitar o minimizar los daños ante el evento.
La prevención es uno de los pilares fundamentales de la defensa civil, por ello en forma permanente se dictan charlas en los Municipios de la Provincia, en los distintos organismos de la comunidad que lo solicitan, con la intervención de personal técnico de la Dirección General, como así mismo se realizan seminarios, congresos y otras actividades de preparación y mitigación.
El propósito de esta conmemoración es alentar a la ciudadanía a la realización de acciones altruistas que preserven la vida de la población. Nuestra provincia cuenta con un instrumento legal, la ley Provincial 8094, que data del año 1977, siendo por lo tanto una de las pioneras en este aspecto. Esta ley establece la conformación de las Juntas Comunales y Municipales de Defensa Civil; organismos conformados por el estado y las (ONG) Organizaciones No Gubernamentales de las localidades para trabajar en la organización de la población ante emergencias y desastres de origen natural o provocados por el hombre.
En ocasiones, la gente precisa algo más que su propia voluntad para superar tragedias o problemas inesperados. Grupos organizados de conciudadanos con una gran pasión solidaria están preparados para ayudar en los momentos más difíciles.
Cuando determinados acontecimientos, por su magnitud o imprevisión, desbordan la capacidad básica de autodefensa de una población, se pone en marcha un cuerpo social preparado especialmente para cada ocasión en particular.
Este cuerpo es el de Defensa Civil, un organismo de protección de la población, creado para ayudar a disminuir los daños causados por catástrofes naturales, accidentes de gran escala, desastres provocados por el hombre o magnicidios de origen bélico.
Es por su importancia una función que depende del gobierno, por lo que tanto en situaciones de normalidad como en emergencias su funcionamiento está a cargo de los gobernadores de cada provincia y de los intendentes municipales. Ellos son los que evalúan y deciden su movilización y la utilización de sus medios y recursos, aunque por supuesto que supeditadas al Gobierno Nacional cuando el desafío es de gran magnitud.
Defensa Civil es un servicio a la comunidad, creado para asistir a sus habitantes y a cualquiera de sus organizaciones sociales, públicas, privadas, estatales o no gubernamentales, de cualquier naturaleza. Se rige por los principios de la "solidaridad social" (sus integrantes poseen un sentimiento natural y hasta un impulso por socorrer de inmediato al prójimo ante cualquier desgracia) y la "ayuda mutua" (por el que entienden que al ayudar al prójimo hay una conveniencia recíproca, ya que el que se ofrece termina recibiendo también una gran satisfacción por sentirse útil).
Los servicios de la Defensa Civil son funciones especializadas que están comprendidas dentro de todo esquema de prevención y defensa de una comunidad. Estos servicios se desarrollan fundamentalmente en ocasión de las emergencias, y se aplican en función de planes y procedimientos operativos ya establecidos de antemano. Los más frecuentes son: asistencia sanitaria; salvamento; comunicaciones y transporte; asistencia social y rehabilitación de servicios esenciales.
En el día de la Defensa Civil, es válido extender el reconocimiento a todas las personas que trabajan en silencio para alivianar el sufrimiento ajeno, una práctica tan valorable como necesaria y, más aún, indispensable.
A continuación se detalla la legislación vigente por la que se rige la Defensa/Protección Civil en nuestro país.
Legislación vigente
Decreto Ley 6.250/58 de Defensa Antiaérea Pasiva Territorial, convalidada por Ley 14.467
Decreto 270/90. Coordinación de la respuesta nacional en situaciones de desastres.
Ley No. 24.059 de Seguridad Interior.
Decreto 660/96.
Decreto 1410/96. Aprueba la estructura organizativa del Ministerio del Interior. Decreto No. 1015/97. Modifica la estructura organizativa de la Secretaría de Seguridad Interior, incorporándose tres Subsecretaría:
1. Subsecretaría de Seguridad
2. Subsecretaría de Planeamiento y Protección Civil
3. Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Seguridad
Con el Decreto 660/96 se transfiere la Dirección Nacional de Defensa Civil, al Ministerio del Interior, antes en la órbita del Ministerio de Defensa.
Con el Decreto 1410/96 pasa, la Defensa/Protección Civil a ser responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Interior.
Por todas estas consideraciones Sr. Presidente solicito a los Sres. Legisladores que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)