PROYECTO DE TP


Expediente 6068-D-2008
Sumario: ADHERIR A LA CONMEMORACION DEL "DIA DEL EMPLEADO LEGISLATIVO NACIONAL", A CELEBRARSE EL 11 DE NOVIEMBRE DE 2008.
Fecha: 29/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Adherir a la conmemoración del "Día del Empleado Legislativo Nacional", a celebrarse el 11 de noviembre del corriente año.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ya en los albores de la Argentina como Nación, los empleados legislativos fueron imprescindibles auxiliares en la administración del Estado. En el Congreso de Tucumán de 1816 se destacaron en su organización como abogados y escribientes. El 11 de noviembre de 1852, colaboran en la realización de la primera reunión preparatoria de la que sería la Asamblea Constituyente de 1853. Precisamente, esta es la fecha que fue simbólicamente establecida para conmemorar el "Día del Empleado Legislativo Nacional".
Dicha conmemoración fue instituida el 11 de noviembre de cada año por la ley Nº 24.600 - Estatuto del Personal Legislativo - en su artículo treinta y cuatro, desde la sanción de la misma el 22 de noviembre de 1995.
Es propicia la oportunidad para revalorizar la tarea de quienes, en un trabajo conjunto con los Legisladores Nacionales, elaboran la base jurídica de nuestro país, consolidan la integración democrática y promueven el federalismo real plasmado en los hechos y las acciones concebidas en el ámbito del Congreso de la Nación.
Los Legisladores Nacionales, mediante este Proyecto de Resolución, rendimos homenaje y reconocimiento a los trabajadores legislativos que mantienen su vocación de servicio brindada cotidianamente en favor del bien común.
Por estas razones solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIOJA, JUAN CARLOS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERRA DE BARTOL, MARGARITA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LOPEZ, ERNESTO SEGUNDO SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)