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PROYECTO DE TP


Expediente 6017-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA INCLUSION DEL SITIO TRASNACIONAL "QHAPAC ÑAN, SISTEMA VIAL ANDINO", EN LA LISTA DEL PATRIMONIO MUNDIAL DEL COMITE DE PATRIMONIO MUNDIAL DE UNESCO, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 06/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


A partir de la inclusión del sitio trasnacional Qhapac Ñan, Sistema Vial Andino, en la Lista del Patrimonio Mundial del Comité de Patrimonio Mundial de UNESCO, se solicita al Poder Ejecutivo informe:
1. Planes estratégicos u programas previstos para proteger, conservar y revalorizar el patrimonio cultural (sitios arqueológicos, tramos del camino, artefactos y otros elementos) incluido en este proyecto. Modalidades y cronogramas de ejecución.
2. Procesos de consulta previa, libre e informada llevados a cabo y consentimientos obtenidos en las comunidades indígenas.
3. Avance del relevamiento territorial de comunidades indígenas en los términos de la ley N° 26160 y sus prórrogas, en la región del Qhapac Ñan.
4. Capacitaciones realizadas y previstas con las comunidades indígenas y poblaciones locales. Modalidad, población objetivo, cantidad de participantes en cada una.
5. Partidas presupuestarias erogadas anualmente desde el inicio del proyecto y objetivo de las mismas.
6. Asistencia internacional, por parte del Fondo del Patrimonio Mundial de UNESCO recibida en la etapa preparatoria. Objetivos de dicha asistencia y montos desembolsados.
7. Partidas presupuestarias previstas para los próximos años y objetivo de las mismas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente pedido de informes se motiva en la poca información disponible sobre el proceso que llevó a la inclusión del Qhapac Ñan dentro de la Lista de Patrimonio Mundial de UNESCO. Específicamente, algunos de los requerimientos solicitados se originan en las declaraciones públicas de miembros de pueblos indígenas en cuanto al procedimiento inconsulto con el cual se avanzó. También, realizamos este pedido preocupados por los procesos de expoliación y degradación a los que se han visto sometidos otros sitios que fueran incluidos en listados internacionales de estas características.
La "Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural" de 1972, UNESCO constituye el Comité del Patrimonio Mundial compuesto por una cantidad determinada de Estados parte de esta convención. Siguiendo lo previsto en el artículo 11: "el Comité establecerá, llevará al día y publicará, con el título "Lista del patrimonio mundial", una lista de los bienes del patrimonio cultural y del patrimonio natural (...) que se considere que poseen un valor universal excepcional".
En junio de este año, el comité decidió la inclusión del sitio trasnacional Qhapac Ñan, Sistema Vial Andino, en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO. Se trata de un sitio compartido entre Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú. Dentro de nuestro país, el camino pre-colombino atraviesa las provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, La Rioja, San Juan y Mendoza.
Se trata de un esfuerzo conjunto de los países de la región, que llevó diez años de trabajo. Por ello, el presente pedido de informes tiene como objetivo aportar claridad al trabajo realizado por medio de la publicidad de las actividades, y en caso que no se hayan llevado a adelante procedimientos según lo prevén las leyes y los instrumentos internacionales, poder continuar la puesta en valor de este patrimonio cultural de manera responsable para garantizar su continuidad en el tiempo, y que los pueblos que viven en las cercanías puedan ser parte de este proceso de acuerdo a sus pautas culturales.
Teniendo experiencias en nuestro país, como la Declaración de Patrimonio de la Humanidad de la Quebrada de Humahuaca por parte de la UNESCO en 2003, es preciso reflexionar sobre los impactos que declaraciones de este tipo generan. En palabras de Troncoso (2009): "... existe un acuerdo en afirmar que en la actualidad los lugares y objetos patrimoniales son crecientemente consumidos turísticamente (...), en especial aquellos que reciben una distinción patrimonial como las que otorga la UNESCO (...). En efecto, en la actualidad los bienes y lugares patrimoniales constituyen elementos que atraen la atención del turismo y son exhibidos y promocionados con tal fin" (Op. Cit. 146). De aquí también se desprende la inquietud en relación a los impactos que el turismo y otros tipos de emprendimientos puedan generar sino son responsablemente gestionados.
También pueden desencadenarse conflictos territoriales como el que plantean miembros de comunidades de la Quebrada de Humahuaca: "Fueron apareciendo 'nuevos dueños' que se adjudicaban ser los titulares de tierras, llegaron con 'papeles' en mano y fueron enviando intimaciones y ordenes de desalojos - avalada por jueces jujeños que parecen desconocer la ley 26.160 - en contra de las comunidades indígenas. Como es el caso de la Comunidad Cueva del Inca, ubicada en Villa Florida en Tilcara" http://www.originarios.org.ar/index.php?pageid=13¬iciaid=15721). Por ello, solicitamos se informe el estado de avance del relevamiento territorial de comunidades indígenas en toda la extensión del sitio Qhapac Ñan.
Teniendo en cuenta el lugar de las comunidades indígenas como parte de los pueblos que en el pasado comenzaron a construir y utilizar el Qhapac Ñan, y que en el presente continúan usando, es que preguntamos por los procesos de consulta previa, libre e informada en los términos del Convenio 169 de OIT y por los consentimientos otorgados según lo previsto por la Declaración de Pueblos Indígenas de ONU.
Debemos tener en cuenta que la "Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural" es de 1972, es decir es previa a la aprobación del Convenio 169 en 1989 y por ello no considera la consulta a los Pueblos Indígenas. Sin embargo, y siguiendo dos principios rectores del derecho internacional de los derechos humanos- el de buena fe y pro persona-, entendemos que hoy la convención sobre la protección del patrimonio mundial debe leerse a la luz de los estándares marcados por el Convenio 169 - para los casos que corresponda- y así garantizar una mayor protección para los derechos humanos de determinados grupos sociales.
También es preciso considerar que en la declaración de Budapest de 2002 se valoriza el rol de las poblaciones locales para la conservación del patrimonio.
Por ello, creemos que la inclusión del Qhapac Ñan dentro de la Lista de Patrimonio Mundial de UNESCO debió realizarse sobre la base del trabajo conjunto con las comunidades indígenas que son las dueñas legítimas de los yacimientos y sitios arqueológicos, de las momias de Llullaillaco, etc y con las poblaciones locales. Y si el trabajo conjunto no se llevó a cabo en los diez años de preparación del proyecto, debe comenzarse cuanto antes a fin de no continuar vulnerando derechos que nuestro país ha reconocido y se ha comprometido a garantizar.
Por todo lo expresado, le solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA CORDOBA UCR
PETRI, LUIS ALFONSO MENDOZA UCR
COBOS, JULIO MENDOZA UCR
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES MENDOZA UCR
JUAREZ, MYRIAN DEL VALLE CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)