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PROYECTO DE TP


Expediente 5960-D-2015
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744: MODIFICACION DEL ARTICULO 158 INCISO E, SOBRE LICENCIA POR EXAMEN.
Fecha: 17/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 155
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Modificase el art. 158 inciso e) de la ley 20744 (t.o 1976) que quedará redactado de la siguiente forma:
"Inciso e): Para rendir examen en la enseñanza media, terciaria, universitaria, 3 días por examen con un máximo de 30 días por año calendario. Cuando la licencia otorgada por el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad, sea más beneficiosa para el trabajador, se estará a los plazos y condiciones allí fijados".
Artículo. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se propone modificar el art. 158 inciso e) del Capítulo II Régimen de Licencias Especiales Título V de las Vacaciones y otras Licencias de la ley 20.744, con el fin de ampliar los plazos de licencias por estudio medio y universitario, de dos a tres días por examen, y agregar también, la licencia para los estudios terciarios.
Motiva la modificación propuesta la necesidad de facilitar a los trabajadores el tiempo necesario con el que deben contar para rendir exámenes, ya sea a nivel medio, terciario o universitario.
Esto es una manera de mejorar las condiciones laborales de quienes deben trabajar y estudiar simultáneamente, permitiendo de tal forma que todos los ciudadanos tengan garantizado el derecho a la educación en igualdad de condiciones.
Es una forma de propender al desarrollo de la cultura.
Si bien resulta un aporte importante a la formación de los estudiantes la creación de nuevas universidades; institutos universitarios; técnicos, de formación docente, y colegios públicos y privados, ésta diversidad de instituciones educativas requiere que sea posible la concurrencia de alumnos a las mismas, dando a ellos igualdad de oportunidades para rendir exámenes. Es decir, que cualquier ciudadano que trabaja tenga el tiempo suficiente para rendir exámenes requeridos, por aquellas carreras por las que opte. De no tomarse medidas que faciliten el estudio de aquellos que trabajan se estaría desperdiciando parte del esfuerzo económico efectuado para crear nuevos institutos educacionales.
El derecho a la educación ha sido reconocido a nivel global, el art. 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales de 1966 de las Naciones Unidas, establece el derecho de toda persona a la educación. Permitamos que todos los ciudadanos puedan acceder a ella, formarse, capacitarse, y contribuir al bien común del país, en igualdad de oportunidades.
Por lo expuesto solicito a los señores Diputados me acompañen en el presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)