PROYECTO DE TP


Expediente 5948-D-2013
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LAS DECLARACIONES DE LA EX SENADORA HILDA GONZALEZ DE DUHALDE, DISCRIMINATORIAS HACIA LAS MUJERES Y SU PARTICIPACION POLITICA.
Fecha: 26/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar repudio por las declaraciones de la ex senadora Hilda González de Duhalde discriminatorias hacia las mujeres y su participación política.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El pasado 15 de Agosto de 2013 la ex senadora nacional Hilda González de Duhalde demostró su incapacidad de debatir las políticas públicas vigentes y se dedicó a intentar horadar la figura presidencial, basándose en su condición de mujer. La ex funcionaria hizo públicas declaraciones en una radioemisora nacional donde sostuvo que sería preciso contemplar "en el debate nacional, si la mujer está preparada per se, con sus características, con sus condiciones y convicciones, para la política, o si simplemente va a acompañar el proyecto de alguien". Sus afirmaciones, no sólo son falaces sino que constituyen un acto discriminatorio y promueven patrones culturales de desigualdad y violencia hacia las mujeres, atentando contra una larga construcción política por la igualdad de derechos en todos los ámbitos de la vida política, social, económica y cultural.
Las medidas de eliminación de la discriminación entre mujeres y varones se encuentran establecidas por la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (2009) y por el Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas y aprobado por la Ley 26.171 (2006).
La Ley 26.171 condena "la discriminación contra la mujer en todas sus formas" en tanto que recuerda la conveniencia de "seguir por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer". Asimismo, recuerda la prohibición explícita de la discriminación por motivos de sexo por parte de Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos.
Por otra parte la misma ley promueve y garantiza la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida tanto como la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres y establece el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia.
La legislación actual entiende por violencia hacia las mujeres a "toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal (...) Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón".
Las declaraciones de González se corresponden con manifestaciones de violencia mediática en tanto difunden mensajes a través de medios masivos de comunicación que discriminan, humillan y atentan contra la dignidad de las mujeres "legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres" (Artículo 6, Inciso f de la Ley 26.485).
Las expresiones de la ex senadora González son violatorias de la Ley 23.592, que condena actos discriminatorios, ya que se asientan sobre el menoscabo del pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres. Al contrario, los derechos políticos de las mujeres vienen siendo reconocidos por numerosas medidas que los celebran, como la ley 24.785, que establece la conmemoración del Día Nacional de los Derechos Políticos de la Mujer en todo el territorio nacional.
Los logros conseguidos por la lucha por la equidad de género tienen más de sesenta años. El punto de partida inicial fue la Ley 13.010 de Derechos Políticos de la mujer (1947), conocida como Ley de voto femenino, que posibilitó el sufragio universal. Luego le sucedió la Ley 24.012 de Cupo Femenino (1991) y la Ley 25.674 que reglamenta la participación femenina en asociaciones sindicales (2002) que, entre otras numerosas leyes, determinan la voluntad cada vez más firme del Estado de avanzar sobre la consolidación de un modelo de igualdad de género.
En este marco, la promoción de patrones, mensajes y discursos sexistas no solo alientan la conservación de relaciones sociales desiguales entre varones y mujeres sino que fomentan e incitan a actos de violencia que padecen miles de mujeres diariamente. Nuestro país fue pionero en medidas y políticas de erradicación de la discriminación y la violencia hacia las mujeres. Nuestra legislación establece un punto de partida fundamental para la equidad de género. No obstante, es preciso seguir profundizando en una cultura que no admita discursos, acciones o mensajes discriminatorios sino que, al contrario, nos permita seguir avanzando sobre las bases de una igualdad plena.
Por lo expuesto, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BRAWER, MARA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
NEBREDA, CARMEN ROSA CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GUTIERREZ, MONICA EDITH CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
AVOSCAN, HERMAN HORACIO RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARCIA, ANDREA FABIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KOSINER, PABLO FRANCISCO JUAN SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BALCEDO, MARIA ESTER BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZAMARREÑO, MARIA EUGENIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
JUNIO, JUAN CARLOS ISAAC CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE NUEVO ENCUENTRO
ARENA, CELIA ISABEL SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PILATTI VERGARA, MARIA INES CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SEGARRA, ADELA ROSA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARRANDEGUY, RAUL ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
09/09/2013 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2479/2013 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 28/2013 19/09/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SEGARRA ADELA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARRANDEGUY RAUL (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO METAZA MARIO (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 16/10/2013 APROBADO