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PROYECTO DE TP


Expediente 5932-D-2009
Sumario: CIRUELAS: SE SUSTITUYE EL REINTEGRO A LA EXPORTACION EXTRAZONA - RE - ASIGNADO A LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR - NCM -.
Fecha: 30/11/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo I - Sustituyese el Reintegro a la Exportación Extrazona (R.E.) asignado a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) como a continuación se indica:
N.C.M. Descripción del Producto R.E. %
0809.40.00 CIRUELAS EN FRESCO En envase inferior o = a 2,5 kg. 12
0809.40.00 CIRUELAS EN FRESCO En envase superior .a 2,5 kg
y hasta 20 kg. 8.1
0813.20.10 CIRUELAS SECAS En envase inferior o = a 1 kg. 12
0813.20.10 CIRUELAS SECAS En envase superior a 1 kg. 10
Artículo 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El cultivo de ciruelas supera las 15.500 has plantadas, además en el caso de las cultivadas para deshidratar el nuestro es el tercer país en importancia en el mundo.
La gran mayoría de esta superficie cultivable se encuentra en las provincias cuyanas, además de Neuquén y La Rioja.
Existen en el país cerca de 3800 productores con superficies promedio menores a las 2 has cultivadas, siendo comunes las explotaciones mixtas con duraznos o viñedos.
Debe tenerse en cuenta que estos cultivos son parte de la amplia diversificación productiva lograda en los últimos años.
El presente Proyecto de Ley busca mejorar la situación por la que atraviesan los productores y exportadores sanjuaninos de estos Sectores Agrícolas y Agroindustriales debido a la pérdida de competitividad internacional.
Los actuales niveles del tipo de cambio nominal y los precios internacionales no garantizan niveles de rentabilidad aceptables, a la hora de estos análisis es fundamental tener en cuenta la gran diversidad en la oferta exportable de nuestro país.
Otra cuestión es que estos productos de las economías regionales están gravados directamente sobre su precio FOB, con lo que en realidad en lugar de gravar al producto, se grava al mismo más todo su valor agregado (incluyendo la mano de obra, insumos, packing y packaging, frío, fletes a puerto, etc...). situación muy distinta e inequitativa si analizamos como funciona con otro tipo de producto.
Con el fin de solucionar esta problemática se propone el incremento de las alícuotas de Reintegros, retrotrayéndolas a las que instrumentaban la Resolución ME Nº 1044/2000 o el Decreto PE 191/2002, incluyendo en esta solución las exportaciones de todas las variedades o clases de productos y subproductos correspondientes al sector de los complejos exportadores señalados.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
COMERCIO
PRESUPUESTO Y HACIENDA