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PROYECTO DE TP


Expediente 5903-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA ABSTENERSE DE DESIGNAR COMO JUEZ NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL AL DOCTOR LUIS OSVALDO RODRIGUEZ, POSTULANTE DEL CUESTIONADO CONCURSO 140 DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.
Fecha: 30/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 183
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que se abstenga de designar como Juez Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal al Dr. Luis Osvaldo Rodríguez, el cual resultara integrante de la lista complementaria correspondiente a la terna vinculante del Concurso Nº 140 del Consejo de la Magistratura, por encontrarse este ultimo tachado de irregularidades y en franca contradicción con los principios rectores de los procesos de selección de los magistrados.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El jueves 10 de Noviembre del presente año el plenario del Consejo de Magistratura dicto la resolución 181/11 aprobando el Concurso Nº 140 destinado a cubrir cuatro cargos de juez en los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal número 2, 7, 8 y 9 de la Capital Federal. Debe tenerse en especial consideración que se tratan de juzgados estratégicos en materia de lucha contra la corrupción y de control de los funcionarios federales.
La terna vinculante que resultara de dicho concurso quedo conformada de la siguiente manera: 1º) Marcelo Pedro Hernán Martínez De Giorgi, 2º) Juan Pablo Salas y 3º) Marcelo Javier Goldberg. Por su parte la terna complementaria a la que alude el artículo 47 del Nuevo Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución 614/09) quedo integrada por los siguientes doctores: 4º) Luis Osvaldo Rodríguez, 5º) Sebastián Roberto Ramos y 6º) Sebastián Norberto Casanello.
Dicho concurso fue tachado de fraudulento, quedando sujeto a diversas denuncias que esgrimen la existencia de graves irregularidades que afectan de manera alarmante la transparencia en el proceso de selección de los jueces. El largo proceso estuvo plagado de denuncias de plagios y de entrega anticipada de las preguntas a realizarse en los exámenes. Dicha situación llevo a que los representantes de la UCR en el Consejo propiciaran la realización de un nuevo concurso.
A su vez deben remarcarse las denuncias existentes respecto de un acuerdo político destinado a retirar al Dr. Carlos Ferrari de la terna de candidatos con el objetivo de que en su lugar ingrese el Dr. Luis Osvaldo Rodríguez, quien al igual que Ferrari se encontraban acusados de presunto plagio, cuyas causas recayeron en el juzgado de la Dra. Servini de Cubría
El presunto acuerdo político entre el Pro y el Kirchnerismo radica en la renuncia de Ferrari, posibilitando de ese modo que el Dr. Rodríguez cubra la vacante del juzgado en el que se encuentra investigado el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por espionaje.
La transparencia durante el proceso de designación de los jueces es de extrema importancia, ya que la credibilidad de los mismos es la única fuente de legitimidad de las decisiones judiciales.
Corresponde a nosotros, en nuestro carácter de representantes del pueblo velar por el cumplimiento minucioso del proceso estipulado, no dando lugar a suspicacias a la hora de designar jueces que puedan verse tentados a tomar una decisión por su sola conveniencia política.
No debemos olvidarnos que más del 30 % de los Juzgados Federales de la Capital Federal dependen de un concurso amañado y cuestionado causando que concursos como el citado conlleven un plazo superior a los 6 años quedando subrogados esos juzgados durante dicho periodo.
Si el oficialismo en cinco minutos y en los pasillos hizo que el primer aspirante de este concurso renunciara ser juez ni imaginar lo que podría conseguir en los futuros decisorios de los magistrados designados con tales cuestionables procedimientos.
Debe tenerse en cuenta que el Dr. Fargosi, quien había sido electo por expresiones críticas al Kirchnerismo y enarbolando las banderas irrestrictas de la independencia del poder judicial termine avalando un proceder hecho a medida de aquellos que eventualmente deben ser investigados por su desempeño en el ejercicio de la función pública. Este consejero reconoció públicamente haber establecido un acuerdo en nombre del Pro con el Kirchnerismo luego de reunirse con representantes del oficialismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La independencia de nuestros magistrados ha venido siendo cuestionada desde diversos enfoques. En mi carácter de Diputado de la Nación he presentado el Expediente 3298-D-2011 solicitando a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal la realización de una Auditoria exhaustiva de funcionamiento del sistema de sorteo de juzgados de causas en dicho fuero, debido a la sospechas en la asignación de jueces "amigos" para entender en procesos en que se encontraban involucrados funcionarios alineados al oficialismo.
La esencia de nuestro sistema republicano radica en la división, independencia y control de los tres poderes. Si un poder busca injerir sobre otro, influenciarlo o coartar su poder, está avasallando los valores primigenios de nuestra Nación.
Por los motivos expuestos es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
JURI, MARIANA MENDOZA UCR
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
22/05/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 21/03/2012