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PROYECTO DE TP


Expediente 5888-D-2010
Sumario: DEROGACION DEL DECRETO 5158/55 SOBRE PROHIBICION DE EMPLAZAMIENTO DE ESTATUAS O MONUMENTOS DE PERSONAS VIVAS O LA DESIGNACION CON SUS NOMBRES DE CALLES, PLAZAS Y DEMAS LUGARES PUBLICOS O PRIVADOS.
Fecha: 12/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°- Derógase el decreto 5158 /1955.
Artículo 2°- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El decreto 5158 de 1955 es una norma dictada por el gobierno de facto surgido del golpe de Estado del 16 de septiembre de 1955. El decreto es fruto del revanchismo gorila y del afán de desterrar de la memoria colectiva la huella de diez años de realizaciones populares y conquistas sociales impulsadas por el gobierno del General Juan D. Perón.
El decreto prohibe el emplazamiento de estatuas o monumentos de personas vivas o la designación con sus nombres de calles, plazas y demás lugares públicos o privados. Esta normativa pretendía dar una pátina de legalidad al odio que arrasó con estatuas, bustos, monumentos, fotografías y todas las figuras representativas del movimiento popular, del peronismo y de Perón y Eva Perón. Todo lo que recordaba a Perón y su gobierno debía aniquilarse, como si de esa forma pudiera desaparecer el sentimiento arraigado profundamente en el alma del pueblo.
Pero este no es sólo un decreto antiperonista y antipopular. Este decreto impide homenajear y agradecer a una persona viva, refrenando de esta manera la posibilidad de reafirmar los valores sociales y culturales de un país por medio del justo reconocimiento a quienes encarnan el sentimiento, los anhelos y los sueños colectivos. La trayectoria, los logros y los avatares de algunos íconos de la cultura popular son muchas veces la síntesis misma de la historia de todo un país. ¿Qué sentido tiene impedir que se rinda homenaje en vida por parte del estado a destacadas personalidades del mundo de la cultura, del deporte, de la política, de la ciencia o del compromiso social?
Todos recordamos el merecido homenaje prodigado a Raúl Alfonsín en su condición de primer Presidente constitucional después de la dictadura, mediante el emplazamiento de su busto en la Casa de Gobierno. Dicho acto no tuvo ningún otro sentido más que el reconocimiento justo que los argentinos debemos a quienes han formado parte de nuestra historia.
El decreto en cuestión extiende a la nación, las provincias y los municipios la prohibición de rendir homenaje a personas vivas. Se trata de una intrusión abusiva en la órbita de atribuciones propias de los estados provinciales y municipales. De tal modo, a la inconstitucionalidad derivada de la ilegitimidad de origen se suma esta otra inconstitucionalidad fundada en el avasallamiento del federalismo y de las competencias exclusivas de las provincias y municipios.
Finalmente quisiera agregar que debemos hacer un esfuerzo para terminar con la necrofilia política en la Argentina, y atrevernos a reconocer en vida a quienes lo merezcan según el sentir popular. Por ese motivo es que presento este proyecto de ley, solicitando a los Sres. Diputados su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PASINI, ARIEL OSVALDO ELOY BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARLOTTO, REMO GERARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DIAZ ROIG, JUAN CARLOS FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARCIA, MARIA TERESA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PLAINI, FRANCISCO OMAR BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KUNKEL, CARLOS MIGUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
CULTURA