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PROYECTO DE TP


Expediente 5854-D-2009
Sumario: POLICIA FEDERAL ARGENTINA: NOTIFICACIONES Y CITACIONES JUDICIALES.
Fecha: 26/11/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 168
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


NOTIFICACIONES Y CITACIONES
A TRAVÉS DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
Artículo 1º: Cuando los organismos jurisdiccionales o administrativos de todas las instancias y los Ministerios Públicos, tanto fiscal, como pupilar, requieran la notificación y/o citación de ciudadanos a través de la Policía Federal Argentina, éstos deberán confeccionar las cédulas en cuatro ejemplares, para dar cumplimiento a las diligencias de notificación o citación y enviarlas al Sr. Jefe de la Policía Federal Argentina, con un Oficio formalizando tal solicitud.
Artículo 2º: Un ejemplar de la cédula quedará dentro del expediente que la originó. Los otros tres se enviarán a la Jefatura Policial, junto con el Oficio en duplicado, para que uno de ellos sea entregado al destinatario, (a través de la delegación que corresponda), otro integre el Registro de Cédulas que a estos efectos llevará la Jefatura Policial y el tercero sea devuelto a la autoridad que lo solicitó, para su inclusión en el expediente, junto con la copia del Oficio que ordenaba la notificación o citación.
Artículo 3º: El Registro de Cédulas que llevará la Jefatura Policial, deberá contener una copia de cada cédula de notificación o citación que diligencie, con los resultados de la misma, y la fecha en que se realizó y la de devolución a la autoridad requirente. A iguales efectos, la Jefatura Policial archivará por orden cronológico cada Oficio que reciba con requerimiento de notificaciones o citaciones, y la fecha de devolución del mismo al requirente.
Artículo 4º: A partir de la sanción de esta ley, la Policía Federal Argentina no tendrá más a su cargo la confección de las cédulas de notificación o citación, sino que solo se encargará de su diligenciamiento, cuando las mismas reúnan las condiciones exigidas en el artículo 2º de esta ley, caso contrario, serán devueltas a la autoridad que las envió, sin diligenciar.
Artículo 5º: De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La crisis por la que atraviesa la Policía Federal Argentina, exige tomar medidas de racionalización y optimización de los recursos disponibles.
Existe una costumbre inveterada, - aceptada en su momento por la Policía -, que consiste en el requerimiento por parte de los organismos jurisdiccionales y administrativos de todas las instancias y los Ministerios Públicos -tanto fiscal como pupilar-, de notificación y/o citación de ciudadanos.
Por sí mismo, ello no acarrearía inconvenientes, sino que el problema se genera cuando estos organismos delegan en las unidades policiales, la confección de las cédulas para dar cumplimiento a las diligencias de notificación o citación.
Hubo casos, en los que se ha requerido la notificación de un centenar de ciudadanos, en otros casos superan los 10 por diligencia, lo que provoca la afectación de efectivos policiales a dicha tarea, en desmedro de la función específica de seguridad que posee la fuerza.
Es por tal motivo, que se requiere la instrumentación de un mecanismo que facilite el cumplimiento de la colaboración que se requiere de la Policía, sin asignarle a la misma tareas que son propias del organismo judicial o administrativo.
A esos fines, a partir de la sanción de esta ley, cuando un organismo perteneciente al Poder Administrador o al Poder Judicial (Cámaras, Juzgados -de cualquier fuero- y Ministerios Públicos Fiscales y Pupilares), necesiten diligenciar a través de la Policía Federal Argentina una citación o notificación, deberán dirigir un Oficio en duplicado, al Jefe de la Policía Federal, y adjuntar a dicho oficio, las citaciones pertinentes, en tres ejemplares, con los recaudos formales correspondientes.
En caso de que los requerimientos de citación/notificación, no cumplan con tal recaudo, éstos serán devueltos sin diligenciar al organismo oficiante.
Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ACUÑA, HUGO RODOLFO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL