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PROYECTO DE TP


Expediente 5847-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26914, DE SALUD PUBLICA,
Fecha: 29/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para requerirle que, por intermedio del Ministerio de Salud de la Nación, informe las medidas adoptadas en cumplimiento de la Ley 26.914, que modifica la ley 23.753 sobre Diabetes y en particular, se sirva informar las acciones destinadas a:
a) Implementar la reglamentación de dicha ley;
b) asegurar la efectiva cobertura asistencial de las personas afectadas con diabetes por las obras sociales y empresas de medicina prepaga.
c) Potenciar el trabajo y la participación de ONG y asociaciones de pacientes y sus familiares, en la formulación de políticas, estrategias y acciones relacionadas con dicha problemática.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene por objeto requerir información oficial sobre el grado de cumplimiento de la Ley 26.914, sancionada el 27 de Noviembre de 2013 y promulgada el 17 de Diciembre del 2013, sobre las medidas necesarias para la divulgación de la problemática derivada de la enfermedad diabética y sus complicaciones.
En el artículo 3° de la presente ley establece la realización de la primera revisión y actualización dentro de los 30 (treinta) días, plazo que ya fue cumplido. Por lo tanto esta norma legal no ha sido aún reglamentada por el Poder Ejecutivo nacional, por lo que se continúa postergando la puesta en marcha de un programa nacional de salud para la debida atención de esta afección.
Fundamentos de la ley refieren a la necesidad de la institución de un nuevo régimen legal de prevención, tratamiento y control de la diabetes en nuestro país, que se basa en la necesidad de actualizar las prestaciones del Programa Nacional de Diabetes y ampliar los niveles de cobertura y tratamiento, apuntando a una provisión integral de medicamentos, insumos y reactivos para diagnóstico, que demandan la atención de los pacientes diabéticos.
La ley 23753 sancionada en septiembre de 1989 contiene previsiones sobre aspectos relevantes de la prevención de la diabetes y distintos problemas derivados de la atención de los pacientes diabéticos pero la necesidad de actualización de dichas disposiciones dio lugar a la sanción de la nueva ley que aún no ha sido reglamentada por consiguiente quienes se encuentran afectados por esta enfermedad no puede gozar de estos beneficios.
Conociendo la implicancia de esta afección debemos potenciar e implementar las medidas que fueron sostenidas en esta ley para reducir los riesgos de complicaciones diabéticas generadoras de discapacidad y potencialmente letales, otorgando a una gran parte de la población la oportunidad de llevar una vida digna. Es sabido que la diabetes no puede curarse pero si puede tratarse con éxito y evitar las complicaciones que ocasiona con un manejo cuidadoso de los niveles de azúcar en sangre, control de la presión arterial y niveles de colesterol. Se dispone en la actualidad de una extensa base científica para el tratamiento de la diabetes, que permite mejorar la calidad de vida presente y futura de quienes la padecen y que una buena política de salud debe poner al alcance todos, con mayor énfasis en los sectores más desfavorecidos de la sociedad. Para lograrlo, es imprescindible fortalecer la respuesta estatal a la diabetes y establecer una actualización periódica de los tratamientos, prevención y control, tanto de los medicamentos como de los demás insumos y reactivos de diagnóstico, de acuerdo a los avances y conocimientos científicos disponibles.
Por las razones expuestas, pido a los Señores Legisladores dar aprobación al presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)