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PROYECTO DE TP


Expediente 5787-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA APLICACION DE SANCIONES A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE AEREO DE CABOTAJE EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO.
Fecha: 29/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que por medio de la Subsecretaría de Transporte Aerocomercial se proceda a extremar la fiscalización y, de ser el caso, la aplicación de sanciones a las empresas de transporte aéreo de cabotaje en los casos de constatación de incumplimientos de horarios, itinerarios, cancelación de vuelos y denegación de embarque. Asimismo.
Solicita que se instrumente una campaña de difusión de los derechos que les asisten a los pasajeros ante tales contingencias.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las aerolíneas que realizan los servicios regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, están incumpliendo con los horarios, itinerarios y aún cancelando y reprogramando vuelos en forma creciente, con grave perjuicio para los pasajeros atento el no reconocimiento y prestación de los servicios que les asiste, ante tales contingencias.
Es así que en los principales aeropuertos del país se observa la demora en la salida de los vuelos por espacio de varias horas, algunas veces superando las doce horas, sin que las transportadoras suministren información veraz y oportuna a los pasajeros, y en las que se omite ofrecer siquiera mínimamente los servicios incidentales que la normativa regulatoria les acuerda a los pasajeros, por lo que muchas veces vemos pasajeros dormitando en incómodos sillones de aeropuertos cuando tendrían que estar alojados en hoteles con cargo a las empresas de transporte, o juntando monedas para hacer llamadas telefónicas, consumir comidas y refrigerios y hasta pagar medios de transportes desde y hacia los aeropuertos, cuando deberían gozar de tales servicios en forma absolutamente gratuita y proporcionados por los transportistas responsables del incumplimiento.
En este sentido, voceros de Aerolíneas Argentinas admitieron que, del total de vuelos de julio 2005, el 20 % salió con demoras de más de 30 minutos, mientras que en 2006, esa cifra aumentó al 27%, y en lo primeros días de septiembre, la Subsecretaría de Transporte Aerocomercial informó que las demoras de más de una hora afectan al 26% de los vuelos. Los motivos dados por la compañía son "desperfectos técnicos"; "cuestiones meteorológicas"; "porque el avión no llegó" o "porque hubo amenaza de bomba". Sin embargo, lo mas grave de esta situación es que la gente que se queja no obtiene ningún tipo de respuestas por parte de la compañía.
Desde las asociaciones de pilotos y de técnicos aeronáuticos señalaron que las demoras se deben a que una parte importante de la flota está sin volar, por cuestiones de mantenimiento. Esto es admitido incluso desde las misma Aerolíneas Argentinas, "Aerolíneas y Austral cuentan con una flota de 44 aviones. Lo normal sería tener 9 en mantenimiento, pero actualmente, por la crisis, tenemos 13 aviones parados".
Es así que, si la venta de pasajes se realiza sin tener en cuenta la cuestión anteriormente mencionada, no queda lugar a otro desenlace más que las demoras y problemas que vemos actualmente. Una cuestión adicional que debemos tener siempre presente es que el usuario esta cautivo, particularmente hacia los destinos NEA donde Aerolíneas Argentinas mantiene el monopolio total del servicio.
Vale la pena recordar lo establecido por la Resolución Nº 1532/98 del ex Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación. Ésta norma prevé la obligatoriedad del cumplimiento de itinerarios y horarios, y ante cualquier circunstancia de índole operativa, técnica, meteorológica o inclusive comercial, que determine que el transportador "cancele o demore un vuelo o la entrega de equipaje por más de CUATRO (4) horas, o deniega el embarque porque no puede proporcionar espacio previamente confirmado (overbooking o sobreventa), o no puede hacer escala en el punto de parada - estancia o de destino del pasajero, o causa a un pasajero la pérdida de un vuelo de conexión para el que tenía una reserva confirmada, el pasajero, tendrá el derecho a:
- su inclusión obligatoria en el vuelo inmediato posterior del mismo transportador para su destino, o
- al endoso de su contrato de transporte, incluyendo conexiones con espacio confirmado, cuando sea aceptable para el pasajero, o
- a ser reencaminado por otra ruta hacia el destino indicado en el contrato, por los servicios del transportador o en los servicios de otro transportador, o por otro medio de transporte, en estos últimos casos sujeto a disponibilidad de espacio.
Si la suma de la tarifa, el cargo por exceso de equipaje y cualquier otro cargo de servicio aplicable por la nueva ruta es mayor que el valor de reintegro del billete o de la porción aplicable del mismo, el pasajero no abonará ninguna tarifa o cargo adicional y el transportador reintegrará la diferencia si la tarifa y cargos para la ruta reprogramada son menores:
- a la compensación por embarque denegado de acuerdo a las regulaciones del transportador.
- a la inmediata devolución, si le correspondiere, del precio del contrato de transporte no utilizado y conforme a las modalidades de pago efectuadas.
También y en forma fundamental les asiste a los pasajeros el derecho a la prestación por parte de los transportistas de servicios incidentales, el cual es ampliamente violado por las empresas transportadas.
Los servicios incidentales gratuitos abarcan rubros muy diversos como el de "comunicación telefónica o cablegráfica al punto de destino y comunicaciones locales"; "comidas y refrigerios de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo"; "alojamiento en hotel, en el aeropuerto o en la ciudad, cuando la demora de un vuelo exceda las CUATRO (4) horas"; "transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto".
Es por esto que solicito a mis pares me acompañen con este proyecto para el beneficio de todos aquellos afectados por estas violaciones a la ley y a los derechos de los ciudadanos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MACCHI, CARLOS GUILLERMO CORRIENTES PARTIDO NUEVO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
31/10/2006 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1444/2006 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION 24/11/2006
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 06/12/2006 APROBADO