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PROYECTO DE TP


Expediente 5783-D-2014
Sumario: REGIMEN PENAL Y CONTRAVENCIONAL PARA LA VIOLENCIA EN ESPECTACULOS DEPORTIVOS: LEY 23184; INCORPORACION DEL ARTICULO 5 BIS SOBRE COOPERACION O AYUDA A LOS BARRA BRAVAS.
Fecha: 23/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 92
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Incorpórese como artículo 5 bis de la ley 23.184 modificada por la Ley N°24.192 el siguiente texto:
"Artículo 5 bis: En la misma pena a la prevista en el artículo anterior incurrirá el que de cualquier modo sostenga, coopere o ayude financieramente, o contribuya con dádivas o beneficios de cualquier tipo o especie, al mantenimiento, subsistencia u operatividad de grupos destinados a cometer alguno de los delitos previstos en el presente capítulo."
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La violencia en espectáculos deportivos es un flagelo existente en nuestra sociedad que nadie desconoce y que ya se ha cobrado cientos de víctimas, muchas de ellas fatales.
De acuerdo a la ONG "Salvemos al Fútbol" (1) la cantidad de víctimas fatales como consecuencia de incidentes de violencia en el fútbol asciende actualmente a 286, de las cuales 73 fallecieron en la última década.
Este fenómeno, en constante aumento, obedece principalmente a la existencia de los que se organizan bajo las denominadas "barras bravas" que, mediante la práctica de actividades ilícitas, perjudican el normal desarrollo de los espectáculos deportivos generalmente por disputas de poder entre distintas hinchadas o entre facciones de una misma hinchada.
Que una de las causas estructurales que posibilitan e incluso favorecen el desarrollo y mantenimiento de actividades ilícitas por parte de "barras bravas", se debe en gran medida al financiamiento, estructura de apoyo y soporte que les brindan y/u obtienen desde las propias entidades deportivas, como así también de agrupaciones políticas y sindicales, ya sea mediante la provisión de entradas para ingresar a los encuentros deportivos o para proceder a su reventa, sea mediante la liberación de zonas dentro o en los alrededores de los estadios para explotar ilegalmente sus negocios, por sólo mencionar algunas.
Que, en ese contexto, la falta de sanción penal para aquellos actores que en forma directa o indirecta contribuyen a estos actos de violencia genera una situación de impunidad que trae aparejada, como consecuencia, la promoción y/o multiplicación de estos grupos.
Mediante la sanción de la ley 23.184 y sus leyes modificatorias se estableció un régimen penal y contravencional para la prevención y represión de la violencia en espectáculos deportivos que en su artículo 5° reprime con prisión de uno a seis años al que instigare, promoviere o facilitare de cualquier modo, la formación de grupos destinados a cometer alguno de los delitos previstos en su capítulo I.
Sin embargo, a fin de erradicar la violencia en espectáculos deportivos, resulta necesario no sólo sancionar penalmente las acciones relacionadas con la formación de grupos destinados a cometer delitos, sino también a todo aquel que de cualquier modo sostenga, coopere o ayude financieramente, o contribuya con dádivas o beneficios de cualquier tipo o especie, al mantenimiento, subsistencia u operatividad de este tipo de agrupaciones delictivas, lo que actualmente configura un vacío legal que debe ser contemplado legislativamente.
Por lo expuesto, solicito a nuestros pares acompañen el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
STURZENEGGER, FEDERICO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEPORTES (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/11/2014 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
10/03/2015 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
09/06/2015 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
22/09/2015 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría